PROYECTO DE TP
Expediente 5566-D-2012
Sumario: CODIGO PENAL: INCORPORACION DE ARTICULO 24 BIS, SOBRE ABIGEATO.
Fecha: 14/08/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 102
El Senado y Cámara de Diputados...
Articulo 1ro : Incorpórese como
artículo 24 bis del Código Penal , el siguiente texto:
En los casos de hurto o robo de
ganado mayor o menor regulados en los artículos 167 ter, 167 quater, y 167
quinquies, se deberá conceder la exención de prisión o la excarcelación bajo
caucion real con el fin de garantizar el daño causado .- La estimación del monto
se hará de acuerdo a las circunstancias del caso , no pudiendo ser menor a cinco
veces el valor de plaza de los bienes sustraídos.-
Artículo 2do : Comuníquese al
Poder Ejecutivo Nacional
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El eje central de
la iniciativa legislativa es unificar determinadas garantías procesales mínimas
con el objetivo de que no existan contradicciones en las regulaciones
provinciales para los casos de delitos de hurto o robo de ganado mayor o menor
previsto en los artículos 167 ter, 167 quater y 167 quinquies.-
El criterio de
unificación ya está contemplado en el Código Penal, mas específicamente en el
artículo 24 que establece la forma de computar la prisión preventiva.- Es decir que
se trata de un criterio que asegura un mismo tratamiento procesal para todo el
país y en determinados casos y al mismo tiempo, dado que se garantiza la
igualdad ante la ley conforme la CN, no avasalla la autonomía provincial ya que
las jurisdicciones manifiestan expresamente su apoyo a ese criterio tal como lo
demuestra la vigencia del artículo 24 del CP.-
Cabe preguntarse
las razones que llevan a aplicar el criterio de unificación de ciertas garantías
procesales en el delito de hurto o robo de ganado mayor o menor.- La respuesta
se basa en varios ejes , uno de los cuales es la gran cantidad de cabezas de
ganado sustraídas en distintas provincias a partir de los cambios que hay en la
realización de dichos delitos que pasaron de ser hechos aislados , perpetrados
por pocas personas a ser hechos frecuentes y planificados por grupos
organizados, que en algunos casos implica una cadena de encubrimiento
importante y extendida.- Por otra parte ,estos delitos se cometen en ámbitos
rurales, en donde una de las principales características es el aislamiento.-
Otro eje relevante es el
creciente mercado negro de la carne y su contrabando lo cual implica una
amenaza para la salud pública ya que no hay protocolos de seguridad y calidad.-
Finalmente, está el eje
del impacto económico en los damnificados ya que muchas veces son pequeños
y medianos ganaderos a quienes reponer su capital les requiere un esfuerzo
financiero que no siempre pueden concretar.-
En consecuencia, se
propone que la eximición de prisión y excarcelación, beneficios vinculados con la
libertad personal de los imputados, se concedan bajo caución REAL, por un lado y
por el otro, la estimación del monto debe estar sujeto a cada caso concreto pero,
en todos los casos, mínimamente debe ser equivalente a cinco veces el valor de
plaza de los efectos sustraídos.-
Por todo lo expuesto, solicito
a mis pares su voto favorable a la presente iniciativa por su importancia en
materias de salud pública, seguridad de los ciudadanos y salvaguarda de sus
bienes.-
Regulación existente en la
materia
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DONKIN, CARLOS GUILLERMO | FORMOSA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
BASTERRA, LUIS EUGENIO | FORMOSA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
DIAZ ROIG, JUAN CARLOS | FORMOSA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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