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PROYECTO DE TP


Expediente 5561-D-2010
Sumario: DECLARAR DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACION EL INMUEBLE DONDE FUNCIONABA LA CONFITERIA "EL MOLINO", UBICADA EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, AVENIDA RIVADAVIA ESQUINA CALLAO.
Fecha: 04/08/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 105
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


SANCIONAN CON FUERZA DE LEY
Artículo 1°.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, atento a su interés cultural e histórico, el inmueble donde funcionaba la confitería "El Molino", ubicado en la Avenida Rivadavia 1801/07/15, esquina Avenida Callao 10/20/28/30/32, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, partidas 2311578 y 2311579, identificado según mensura bajo la nomenclatura catastral: circunscripción 11, sección 9, manzana 74, parcela 23.
Artículo 2°.- Declárase de utilidad pública y sujetos a expropiación, atento a su interés cultural e histórico, la marca "Del Molino" registrada por ante el Instituto Nacional de la Propiedad Intelectual (Clase 42, Resolución N° 1590589) y los bienes muebles e instalaciones originales existentes en el inmueble referido en el artículo 1° de la presente ley.
Artículo 3°.- La determinación de los bienes a expropiar se hará de acuerdo a lo dictaminado por el Tribunal de Tasaciones de la Nación, de acuerdo con lo dispuesto en el Título IV de la Ley N° 21.499 (B.O. 21/1/1977).
Artículo 4°.- Las erogaciones que demande la expropiación serán atendidas con los recursos que, a tal efecto, destine el presupuesto general de la Administración Pública Nacional, a cuyo fin se autoriza al Poder Ejecutivo Nacional a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente ley, durante el ejercicio financiero de su entrada en vigencia.
Artículo 5°.- El Poder Ejecutivo Nacional procederá a la restauración y puesta en valor del inmueble expropiado, incluida su fachada y la cúpula.
Artículo 6°.- Los subsuelos, la planta baja y el primer piso del inmueble expropiado serán concesionados por el Poder Ejecutivo Nacional, conforme la normativa vigente, para su uso exclusivo como confitería, restaurant, elaboración de productos de panadería y fábrica pastelera, salón de fiestas y sus usos complementarios.
Los términos de la concesión deberán garantizar la recuperación y conservación integral de las características de estilo, ornamentos y decoración originales de la confitería "El Molino" y el funcionamiento de las actividades comerciales e industriales que la misma desarrollaba.
Artículo 7°.- Los pisos restantes serán destinados al Congreso de la Nación con el objeto de constituirse en un espacio cultural que promueva la manifestación de diversas expresiones artísticas, la vinculación entre ambas Cámaras y la ciudadanía, la realización de actividades de extensión legislativa y la difusión de los valores y prácticas de la democracia y el federalismo.
Artículo 8°.- Créase una Comisión Bicameral destinada al desarrollo de dicho espacio cultural, que tendrá a su cargo el seguimiento de los trabajos de restauración y puesta en valor del inmueble expropiado y la planificación y ejecución de las acciones enumeradas en el artículo 7º de la presente ley.
Dicha Comisión estará integrada por cuatro miembros del Senado de la Nación y cuatro miembros de la Cámara de Diputados, designados por cada una de ellas respetando la proporción de su integración, a propuesta de los bloques parlamentarios.
Sus cargos serán honorarios y durarán en los mismos cuatro años, pudiendo ser reelectos.
La Comisión dictará su propio reglamento interno y designará, entre sus miembros, a un presidente/a que la representará ante terceros.
A efectos del cumplimiento de sus funciones, podrá convocar a título consultivo, especialistas y personalidades del mundo de la cultura.
Artículo 9°.- Los gastos que demande el funcionamiento de la Comisión y el cumplimiento de sus funciones se imputarán al presupuesto de la jurisdicción 01 - Poder Legislativo Nacional.
Artículo 10°.- Comuníquese, etc.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La confitería "El Molino" es un símbolo de la vida política y cultural de nuestro país que, emplazado en pleno corazón de Buenos Aires, se encuentra en una grave situación de abandono que pone en peligro la posibilidad de su preservación.
Funcionó en la esquina de Callao y Rivadavia por ochenta años y debe su nombre al primer molino harinero que se instaló en la Ciudad, a una cuadra y media de esa intersección: el Molino "Lorea".
Había nacido en 1821, cuando bajo el nombre de "Confitería del Centro", el italiano Constantino Rossi abrió sus puertas en la intersección de las calles por entonces conocidas como "Las Torres" y "Somavilla" - más tarde "Federación" y "Garantías" - hoy denominadas Rivadavia y Rodríguez Peña. Hacia 1850 la rebautizó en homenaje a ese Molino que impulsaba el desarrollo de la zona.
Sin dudas, su historia daría un vuelco, cuando en 1886 la adquirió otro italiano, Cayetano Brenna - un maestro pastelero de reconocidas y originales creaciones - que no tardó en proyectar una gran confitería, a partir de la compra de la ochava de Callao y Rivadavia - en donde el comercio funcionó a partir de 1905 - la casa de renta de Callao 82 y el inmueble de Rivadavia 1815.
De la fusión de esos tres terrenos y la maravillosa obra del joven arquitecto Francisco Gianotti al que Brenna contrató, nació el "El Molino" que muchos de nosotros llegamos a conocer; el de las marquesinas, los mármoles traídos de Italia, las cerámicas esmaltadas y la cristalería, mosaicos de colores, estatuas de bronce, los ciento cincuenta metros cuadrados de vitrales, las cornisas rectas y festoneadas, la baranda artística de la azotea, la torre aguja y el juego de grandes aspas replicadas en herrería.
Una obra característica del Art Nouveau y "vanguardia de la Belle Epoque" que se inauguró en el año 1917, frente al entonces flamante Palacio de los Dos Congresos. En el subsuelo se desarrollaba una fábrica de pastelería que incluía a toda la cadena de producción de confituras, desde la elaboración del chocolate hasta el hielo. En la planta baja funcionaba la confitería, en el primer piso un salón de fiestas y en las plantas restantes oficinas y departamentos de alquiler.
Por sus mesas transitaron reconocidos personajes políticos de la historia de nuestro país como Alfredo Palacios, José Ingenieros, Lisandro de la Torre, Marcelo T. de Alvear, Eva Perón y Juan Domingo Perón.
También fue lugar de encuentro y reunión de importantes personalidades del mundo de la cultura como Amado Nervo, Leopoldo Lugones, Libertad Lamarque, Enrique Santos Discepolo, Anibal Troilo, Niní Marschall, Tita Merello, Ramón Gómez de la Serna, Roberto Arlt y Oliverio Girondo que comparó los ojos de las chicas de Flores con "las almendras azucaradas" de la confitería "El Molino".
Relata la historia que Carlos Gardel encargó especialmente a Brenna, la creación de un postre para agasajar a su amigo Irineo Leguisamo que, combinando de manera inigualable bizcochuelo, hojaldre, merengue, crema y almendras con otros tantos ingredientes, fue conocido con ese nombre.
En el marco del golpe de estado de 1930, un tiroteo entre ocupantes de las oficinas de los pisos superiores de la confitería y cadetes del Colegio Militar que se trasladaban en distintos vehículos por la zona, desencadenaron una serie de destrozos y focos de incendio que la mantuvieron cerrada hasta comienzos de 1931.
Con la muerte de Brenna, pasó a ser administrada primero por Renato Varesse, hasta 1950, y más tarde por Antonio Armentano, hasta 1978. Después fue transferida a un grupo que, tras una serie de idas y vueltas judiciales que incluyeron una orden de desalojo, se declaró en quiebra.
Los nietos de Cayetano Brenna la recuperaron pero no pudieron continuar explotándola y así, desde enero de 1997, la confitería "El Molino" ha permanecido con sus puertas cerradas al público.
No impidió que eso ocurriera que, con el retorno de la democracia, se convirtiera en escenario de reunión del Foro del Pueblo Argentino contra el terrorismo de Estado, convocado por organizaciones como Madres de Plaza de Mayo, la Asamblea por los Derechos Humanos, la Asociación de Familiares de Detenidos y Desaparecidos y la Central de Trabajadores de la República Argentina (CGT).
Tampoco que, desde entonces, funcionara como una suerte de proyección del Congreso Nacional, usina de proyectos e iniciativas, espacio de debate político, acuerdos y desacuerdos. Anécdotas mitad verdad, mitad leyenda, cuentan que alguna vez se pensó en hacer sonar en "El Molino", la campanilla que llama a los diputados y senadores a la sesión.
En reconocimiento de su valor histórico, cultural y patrimonial, la confitería "El Molino" fue declarada, en 1992, Área de Protección Histórica de la Ciudad de Buenos Aires y monumento histórico nacional mediante el Decreto N° 1110/97, del 24 de noviembre de ese año.
Pese a ello, el proceso de deterioro que atraviesa es notable y distintas organizaciones sociales especialistas en la preservación de inmuebles de valor patrimonial, han llamado reiteradamente la atención sobre el peligro que significa que un monumento pueda ser abandonado hasta su destrucción y, consecuentemente, desembocar en su demolición.
Al poco tiempo del cierre, en 1998, la Cámara de Diputados dio media sanción a un proyecto para expropiar la confitería que perdió estado parlamentario, como también el dictamen emitido en el mismo sentido por las Comisiones de Cultura y Presupuesto hacia fines de 2006.
Actualmente se encuentran en tratamiento, tanto en el Congreso Nacional como en la Legislatura de la Ciudad, diversas iniciativas que, con matices, procuran garantizar la puesta en valor de este valioso edificio porteño.
Nuestra banca quería sumarse al planteo de la urgente necesidad de recuperar la confitería "El Molino", como emblema de nuestro patrimonio común, como ámbito de extensión legislativa y como espacio de encuentro ciudadano, cultural y político, presentando este proyecto de ley cuyo tratamiento y pronta aprobación solicitamos.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CORTINA, ROY CIUDAD de BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
ALFONSIN, RICARDO LUIS BUENOS AIRES UCR
PAROLI, RAUL OMAR CATAMARCA FRENTE CIVICO Y SOCIAL DE CATAMARCA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
CULTURA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
18/08/2010 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
01/09/2010 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
22/09/2010 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
13/10/2010 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen
13/07/2011 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones
09/11/2011 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen
10/11/2011 DICTAMEN Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 3008/2011 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 2966-D-2010, 4010-D-2010 y 5561-D-2010 CON MODIFICACIONES 24/11/2011
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO PAROLI (A SUS ANTECEDENTES) 16/03/2011