PROYECTO DE TP
Expediente 5534-D-2015
Sumario: PROGRAMA NACIONAL DE PROMOCION DEL SISTEMA AGROALIMENTARIO DE AVES. CREACION.
Fecha: 13/10/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 139
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTÍCULO 1º: PROGRAMA. Créase el
Programa Nacional de Promoción del Sistema Agroalimentario de Aves.
ARTÍCULO 2º: OBJETIVOS. El
Programa creado por el artículo uno de la presente Ley en el marco del Plan
Estratégico Nacional de Proteínas de Alta Calidad (PRO- ARGENTINA) tiene los
siguientes objetivos:
a) Fortalecer el crecimiento de la
producción, industrialización y comercialización tanto interna como externa de
aves;
b) Favorecer la articulación entre los
componentes sectoriales del sistema productivo y cadena de valor de la carne de
aves e incrementar el valor agregado en cada uno de ellos;
c) Asegurar la disponibilidad y
abastecimiento a un precio accesible, de carne de aves fresca, embutidos y
derivados para el consumo interno;
d) Apoyar y estimular la permanente
y creciente participación en los mercados internacionales de la carne de aves,
embutidos y sus derivados;
e) Promover el aumento de la
producción mediante una estrategia ordenada y sostenible de asistencia económica
y tecnológica, orientado a cerrar la brecha tecnológica existente entre similares
sistemas de producción, en particular a través de la Universidades Nacionales y
organismos estatales;
f) Garantizar la gestión de la calidad a
través de certificar el origen, las buenas prácticas de manejo y la sanidad porcina
en todas las etapas de la cadena de valor.
ARTÍCULO 3º: FACÚLTASE al
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca a través de la dependencia que
considere conveniente, a realizar la implementación del presente Programa y
convocar a los diferentes actores de la cadena de valor del sistema agroalimentario
de carne aviaria, y conformar el FORO PERMANENTE DE ESTIMULO A LA CADENA
AGROALIMENTARIA DE CARNE DE AVES.
ARTÍCULO 4º: INSTRÚYASE al
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, a través de la dependencia que
considere conveniente, a realizar en un término de 60 (sesenta) días contados a
partir de la promulgación de la presente Ley, la reglamentación pertinente.
ARTÍCULO 5º: FINANCIAMIENTO. Los
diferentes proyectos ejecutivos que se desprendan de la presente ley, así como los
refuerzos presupuestarios necesarios para su aplicación por parte de las
dependencias nacionales en virtud de los gastos incrementales, tendrán como
fuente de financiamiento la prevista en el Plan Estratégico Nacional de Proteínas
de Alta Calidad de Origen Animal (PRO- ARGENTINA). Invitase a las Provincias que
adhieran a la presente Ley, a la creación de un FONDO PARA LA PROMOCIÓN
AVIARIA PROVINCIAL al cuál la Nación transferirá los fondos anuales que surjan
de los proyectos a financiar con la presente Ley y la Ley PRO-ARGENTINA, sin
perjuicio que cada jurisdicción provincial lo amplíe con los recursos que estime
necesarios.
ARTÍCULO 6º: PROYECTOS
ELEGIBLES. Tendrán preferencia de financiamiento aquellos proyectos que
cumplan al menos con uno de los objetivos de la presente ley, entre otros los
que:
a) Favorezcan la efectiva
implementación de la reglamentación vigente del SENASA (614/97), presentando
un proyecto ejecutivo que incorporen el personal técnico capacitado y/o soliciten
transferencia tecnológica para diseñar instalaciones, manejo, programas de buenas
prácticas de manejo y de bioseguridad, de libre o bajo control de
enfermedades.
b) Promuevan la habilitación de
laboratorios de diagnósticos avícolas públicos o privados en las principales regiones
de producción, que permitan agilizar la entrega de resultados.
c) Promuevan la habilitación de
Centro de Distribución de Aves, para facilitar los controles y el abastecimiento de
pequeñas cantidades de aves bebe o recriadas, pudiendo abastecer a granjas
pequeñas o comercios, utilizando un sistema de guías elaborados por ellos, en la
que se indique el camino que recorren las aves hasta llegar a destino, pudiendo
manejar entregas a establecimientos de tipo C, conforme a lo detallado en el
artículo 8 de la presente ley, con una entrega máxima de 100.000 (cien mil) aves
mensuales.
d) Faciliten la colaboración de
profesionales capacitados en la temática de las diferentes instituciones públicas, a
favor del cumplimiento de los objetivos de la presente ley.
e) Logren la evaluación del impacto
ambiental de las explotaciones, conforme a la normativa vigente.
f) Unifiquen e informaticen a escala
nacional la elaboración de DTA, considerando los diferentes criterios
existentes.
g) Promuevan el aumento de la
producción mediante la transferencia de tecnología, orientado a cerrar la brecha
tecnológica existente para niveles tecnológicos semejantes entre productores de
alta y baja eficiencia productiva;
h) Fomenten el asociativismo para el
desarrollo de explotaciones que puedan producir aves, tanto en su
comercialización, como en las etapas de producción y asesoramiento técnico
productivo-sanitario que la optimicen.
i) Incorporen material genético de
probada eficiencia productiva; que el diseño de las instalaciones, el manejo de los
animales y el alimento aseguren índices productivos acordes a los nacionales de
alta productividad.
j) Modernicen la infraestructura de
faena y procesamiento de carne de aves y sus derivados y embutidos.
k) Acompañen el esfuerzo de
aumento de la producción, gestión de la calidad y captura de valor agregado, bajo
la forma jurídica de consorcio, sociedades de economía mixta para abrir nuevos
mercados internacionales y consolidar los locales e internacionales actuales;
l) Promuevan el trabajo en toda la
cadena cárnica, en aspectos relacionado con su competitividad (producción,
calidad y precios), responsabilizándose además de la promoción de los productos
faenados tanto en el mercado interno como externo y de la estrategia de
articulación de toda la cadena alimentaria aviaria;
m) Desarrollen el material genético de
acuerdo a las demandas y exigencias nacionales e internacionales, que faciliten la
incorporación de material genético mejorado.
ARTÍCULO 7°: ZONIFICACIÓN: La
autoridad de aplicación, en acuerdo con las provincias firmantes, reglamentará la
zonificación e identificará las zonas críticas, teniendo en cuenta la densidad de
animales y la capacidad de asimilación de residuo del ambiente.
ARTÍCULO 8°: CATEGORÍAS Y
REQUISITOS: Las granjas se categorizan, conforme a la cantidad de
animales:
A: Más de 80.000. Se requiere la
habilitación del SENASA, controlado en forma permanente por un veterinario del
Servicio.
B: Entre 79.999 y 30.000. Se requiere
la habilitación del SENASA, con inspecciones periódicas. Deberá contar con un
asesor veterinario responsable ante el Servicio sanidad, movimiento de aves,
control de insectos y roedores, entre otros.
C: Menos de 30.000. Se requiere la
habilitación del SENASA, con un control periódico de un veterinario privado
capacitado y habilitado por el SENASA.
En consecuencia, todo
establecimiento debe contar con un profesional capacitado y habilitado que con
periodicidad verifique el estado sanitario de los animales en producción, siendo el
responsable del cumplimiento de la normativa vigente y sus modificaciones, siendo
él quien libre el acta de salida de animales de la granja y del guano, con el
certificado de calidad sanitaria.
En todos los casos, se propenderá a
la estandarización de honorarios y viáticos de los profesionales de campo que
controlen los establecimientos de las diferentes categorías.
ARTÍCULO 9°: AUTORIDAD DE
APLICACION estará a cargo el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la
Nación, y será quien ejercerá el poder de policía de la misma, y podrá actuar por
medio de las Provincias a través de la adhesión a la presente Ley, los entes
municipales, comunales y/o regionales con la firma de un convenio marco
específico.
ARTÍCULO 10º. ALCANCE
TERRITORIAL: Es propósito de esta ley beneficiar a toda la cadena agroalimentaria
porcina, colocando el énfasis en la producción agropecuaria por constituir la
actividad económica con mayor distribución territorial y ser la base para
generación de los productos alimenticios destinadas a la industria de alimentación,
constituyéndose en un sector económico estratégico para el desarrollo de las
economías regionales y locales.
ARTICULO 11º. ADHESION. Invítese a
todas las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherirse a la
presente Ley
ARTICULO 12º DISPOSICION
TRANSITORIA: Durante los tres (3) primeros años de ejecución del programa de
desarrollo establecido por la presente Ley, el 60% como mínimo de los recursos se
destinarán al apoyo de los ítems a), b), c), d) y p) del artículo 6° de esta Ley.
ARTÍCULO 13º. Comuníquese al
Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La industria avícola argentina enfrenta
una serie de desafíos en un contexto de fuerte competencia internacional, pero se
ha sabido posicionar en estos últimos diez años como un jugador fuerte en el
concierto de naciones de la mano de distintas herramientas financieras y de
promoción al sector. Hoy, sin embargo, tenemos el desafío de incluir en ese
proceso de expansión a los productores medianos y pequeños.
Se estima que el consumo interno
equilibre su tendencia al alza de los últimos años. Las condiciones sanitarias del
país, así como la capacidad de producción de las plantas siguen siendo excelentes,
lo cual convierte a la Argentina en un jugador clave para satisfacer la creciente
demanda global. El pronóstico para el 2015 es que la producción de pollos
parrilleros crecerá 3.4% ciento en comparación con el año 2014, y se proyecta
alcanzará un nuevo récord de 2.15 millones de toneladas métricas (MTM).
Este aumento se llevará a cabo
principalmente por posibles aumentos de las exportaciones a Rusia. Argentina
pretende capitalizar la oportunidad de abastecer el mercado ruso tras el anuncio
de dicho país de prohibir las importaciones de alimentos procedentes de los
Estados Unidos, la Unión Europea, Australia y Canadá como parte de la disputa
diplomática sobre Ucrania. Contactos dentro de la industria avícola declararon que
serían capaces de incrementar la producción y coordinar todas las acciones
necesarias para satisfacer los requisitos de Rusia.
Entretanto, la demanda interna
experimentará una desaceleración de las tasas de crecimiento observadas en años
anteriores. El mercado interno está cerca de llegar a su punto de saturación con
un consumo de 41 kilos anuales, un volumen elevado teniendo en cuenta que los
argentinos están en el mundo entre los mayores consumidores de carne de res, y
que el consumo de carne avícola hace 10 años era 22 kg per cápita.
Se pronostica para el año 2015 una
producción de 2,100 MTM. Los costos de producción, en especial la alimentación,
energía y mano de obra han aumentado dramáticamente debido a la inflación, con
un impacto directo en los márgenes del productor. La situación financiera de la
industria durante los cuatro o cinco primeros meses del año ha sido muy difícil
debido a los bajos precios internos y los altos costos de producción. Durante el
período de marzo a mayo de 2014, la producción fue ligeramente menor en
comparación con el mismo período en 2013, pero se espera se recupere en el
último trimestre del año.
La industria local está verticalmente
integrada de tal manera que permite la eficiencia de producción, excelente calidad
del producto, estandarización de productos y una buena trazabilidad. En los
últimos años la industria avícola argentina ha hecho grandes mejoras en cuanto a
expansión de plantas y compra de equipo.
Esta modernización se refleja
directamente en la mayor eficiencia y el incremento de la producción. Argentina
tiene una presencia relativamente nueva en el mercado avícola mundial y ahora
ocupa el número ocho en producción después de los Estados Unidos, China, Brasil,
Unión Europea, India, México y Rusia. Sus ventajas naturales como productor de
maíz y soya y sus excelentes condiciones sanitarias lo hacen pieza clave para
satisfacer la creciente demanda global.
En 58 plantas inspeccionadas por el
estado se procesa en todo el país aproximadamente 80% del total de la
producción nacional. El resto lo producen pequeñas empresas autorizadas y
controladas por autoridades provinciales, que venden sólo en las zonas donde se
encuentran, y no están aprobadas para la exportación. La mayoría de las empresas
en el país son propiedad de nacionales y no reciben inversión extranjera.
Los pollos parrilleros argentinos para
el mercado de exportación se benefician generalmente a los 38-40 días, mientras
que los parrilleros para el mercado interno se benefician a los 49-51 días y son
generalmente grandes (el peso de la canal es entre 2.2 y 2.4 kg) para satisfacer la
demanda del consumidor tanto de aves enteras así como de cortes.
Los pronósticos para el 2015 de
consumo nacional de pollos parrilleros permanece en los mismos niveles estimados
para el año 2014, en 41 kg per cápita. Esta es una desaceleración de la anterior
tendencia al alza en el consumo, ya que el mercado parece estar cerca de alcanzar
su supuesto punto de saturación, y también debido a la recesión en la economía
durante el 2014, y la alta inflación que impactó el poder adquisitivo de los
consumidores. Los consumidores argentinos se encuentran entre los mayores
consumidores de carne vacuna en el mundo, y con el fin de mantener los precios
bajo control, el gobierno ha limitado las exportaciones de carne de res. Por lo
tanto, los argentinos pueden comprar carne a precios muy competitivos.
Además, los consumidores argentinos
han alcanzado un máximo en el consumo de proteína animal. De los 114 kg de
consumo per cápita de proteína animal, 64 kg provienen de carne de res, 41 kg de
pollo y 9 kg de cerdo. No hay estadísticas oficiales que diferencien el consumo de
pollos de engorde del de aves enteras y piezas. Los consumidores argentinos
todavía prefieren los pollos enteros grandes.
El consumo nacional de pollo en
partes (en comparación con el ave entera) se mantiene estable en 35%. En
respuesta, los procesadores argentinos de aves están cambiando sus estrategias
de ventas hacia piezas de pollos de engorde (generalmente cuartos traseros y
carne de pechuga) y hacia productos procesados con valor agregado tales como
platos pre cocidos, platos de pollo congelados, nugets de pollo y hamburguesas de
pollo.
La Argentina importa cantidades muy
pequeñas de aves y de productos avícolas. Debido al fuerte sistema de restricción
a las importaciones impuesto por el gobierno de Argentina, el pronóstico para el
2015 está en 1.2 miles de toneladas métricas, incluso inferior a las 2 mil toneladas
estimadas para el año 2014. En 2014 el 91% de las importaciones han venido de
Brasil y 9% de los Estados Unidos. Se pronostica que las exportaciones argentinas
de carne de pollos parrilleros para el año 2015 serán 400,000 toneladas, lo más
alto registrado (este volumen no incluye las exportaciones de patas de pollo a
China y Hong Kong). Este pronóstico se basa en el marco de exportación del
acuerdo firmado por los gobiernos de Rusia y Argentina durante la visita de la
delegación comercial a Moscú en agosto de 2014.
La Argentina busca explotar la
oportunidad de abastecer el mercado ruso tras el anuncio que ese país ha
prohibido la importación de alimentos procedentes de los Estados Unidos, la Unión
Europea, Australia y Canadá como parte de la disputa diplomática sobre Ucrania.
El sector argentino ha invertido en incrementar la capacidad, y está listo para
enfrentar los desafíos de la demanda de nuevos mercados, especialmente de los
mercados asiáticos.
En el año 2015 la industria avícola
argentina espera ser capaz de enviar 150,000 toneladas para abastecer el mercado
ruso. Con el fin de acelerar el proceso, el gobierno ruso ha anunciado que todas
las plantas argentinas ya aprobadas para exportar a la Unión Europea, están
también aprobadas para exportar a Rusia. No se requiere ninguna aprobación
adicional.
La Argentina continúa ampliando sus
mercados internacionales, a pesar de la devaluación del peso argentino que sigue
su marcha a un ritmo más lento que la inflación. Este factor podría hacer las
exportaciones argentinas menos competitivas. Sin embargo, las condiciones
sanitarias del país así como capacidad de producción de las plantas siguen siendo
excelentes.
En el 2014 Venezuela continúa siendo
el mayor mercado de exportación de la Argentina, y representa 41% del total de
exportaciones. Con el aumento de las exportaciones a Rusia, los productores
argentinos esperan ser capaces de cambiar algunos de los volúmenes destinados a
Venezuela hacia el mercado ruso.
Siguiendo en importancia, otros
mercados de exportación de Argentina son Sudáfrica (8.6%) y China (8%).
Las exportaciones a Rusia
representan 3.4% del total de las exportaciones. Se calcula que el volumen total
exportado en el 2014 será 61% de pollo entero, 2% de pechuga y 2% de cuartos
traseros. Otros productos conforman el saldo restante de exportación. Se estima
que las exportaciones de patas en el 2014 permanecerán en aproximadamente
29,000 toneladas, en niveles similares al año 2013. Basado en datos del comercio
de exportación argentino, las exportaciones argentinas de patas durante el primer
semestre de 2014 fue 17,300 toneladas. Los principales mercados para patas son
China y Hong Kong. (Fuente: FAS Buenos Aires basado en el Atlas de Comercio
Mundial Octubre 2014).
Además de su histórica importancia,
este importante sector productos de proteínas de origen animal para consumo
humano, ha mostrado una capacidad de respuesta muy importante, aún en las
condiciones de contexto más desfavorables.
Por ello, resulta necesario consolidar
el crecimiento sectorial en función de su aporte a la oferta de alimentos tanto para
consumo doméstico como para la exportación, con el consecuente aporte de
divisas al país y su impacto en el empleo. En tal sentido, solicito a mis pares, den
curso favorable a este proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ASSEFF, ALBERTO | BUENOS AIRES | UNIR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |