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PROYECTO DE TP


Expediente 5534-D-2015
Sumario: PROGRAMA NACIONAL DE PROMOCION DEL SISTEMA AGROALIMENTARIO DE AVES. CREACION.
Fecha: 13/10/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 139
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTÍCULO 1º: PROGRAMA. Créase el Programa Nacional de Promoción del Sistema Agroalimentario de Aves.
ARTÍCULO 2º: OBJETIVOS. El Programa creado por el artículo uno de la presente Ley en el marco del Plan Estratégico Nacional de Proteínas de Alta Calidad (PRO- ARGENTINA) tiene los siguientes objetivos:
a) Fortalecer el crecimiento de la producción, industrialización y comercialización tanto interna como externa de aves;
b) Favorecer la articulación entre los componentes sectoriales del sistema productivo y cadena de valor de la carne de aves e incrementar el valor agregado en cada uno de ellos;
c) Asegurar la disponibilidad y abastecimiento a un precio accesible, de carne de aves fresca, embutidos y derivados para el consumo interno;
d) Apoyar y estimular la permanente y creciente participación en los mercados internacionales de la carne de aves, embutidos y sus derivados;
e) Promover el aumento de la producción mediante una estrategia ordenada y sostenible de asistencia económica y tecnológica, orientado a cerrar la brecha tecnológica existente entre similares sistemas de producción, en particular a través de la Universidades Nacionales y organismos estatales;
f) Garantizar la gestión de la calidad a través de certificar el origen, las buenas prácticas de manejo y la sanidad porcina en todas las etapas de la cadena de valor.
ARTÍCULO 3º: FACÚLTASE al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca a través de la dependencia que considere conveniente, a realizar la implementación del presente Programa y convocar a los diferentes actores de la cadena de valor del sistema agroalimentario de carne aviaria, y conformar el FORO PERMANENTE DE ESTIMULO A LA CADENA AGROALIMENTARIA DE CARNE DE AVES.
ARTÍCULO 4º: INSTRÚYASE al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, a través de la dependencia que considere conveniente, a realizar en un término de 60 (sesenta) días contados a partir de la promulgación de la presente Ley, la reglamentación pertinente.
ARTÍCULO 5º: FINANCIAMIENTO. Los diferentes proyectos ejecutivos que se desprendan de la presente ley, así como los refuerzos presupuestarios necesarios para su aplicación por parte de las dependencias nacionales en virtud de los gastos incrementales, tendrán como fuente de financiamiento la prevista en el Plan Estratégico Nacional de Proteínas de Alta Calidad de Origen Animal (PRO- ARGENTINA). Invitase a las Provincias que adhieran a la presente Ley, a la creación de un FONDO PARA LA PROMOCIÓN AVIARIA PROVINCIAL al cuál la Nación transferirá los fondos anuales que surjan de los proyectos a financiar con la presente Ley y la Ley PRO-ARGENTINA, sin perjuicio que cada jurisdicción provincial lo amplíe con los recursos que estime necesarios.
ARTÍCULO 6º: PROYECTOS ELEGIBLES. Tendrán preferencia de financiamiento aquellos proyectos que cumplan al menos con uno de los objetivos de la presente ley, entre otros los que:
a) Favorezcan la efectiva implementación de la reglamentación vigente del SENASA (614/97), presentando un proyecto ejecutivo que incorporen el personal técnico capacitado y/o soliciten transferencia tecnológica para diseñar instalaciones, manejo, programas de buenas prácticas de manejo y de bioseguridad, de libre o bajo control de enfermedades.
b) Promuevan la habilitación de laboratorios de diagnósticos avícolas públicos o privados en las principales regiones de producción, que permitan agilizar la entrega de resultados.
c) Promuevan la habilitación de Centro de Distribución de Aves, para facilitar los controles y el abastecimiento de pequeñas cantidades de aves bebe o recriadas, pudiendo abastecer a granjas pequeñas o comercios, utilizando un sistema de guías elaborados por ellos, en la que se indique el camino que recorren las aves hasta llegar a destino, pudiendo manejar entregas a establecimientos de tipo C, conforme a lo detallado en el artículo 8 de la presente ley, con una entrega máxima de 100.000 (cien mil) aves mensuales.
d) Faciliten la colaboración de profesionales capacitados en la temática de las diferentes instituciones públicas, a favor del cumplimiento de los objetivos de la presente ley.
e) Logren la evaluación del impacto ambiental de las explotaciones, conforme a la normativa vigente.
f) Unifiquen e informaticen a escala nacional la elaboración de DTA, considerando los diferentes criterios existentes.
g) Promuevan el aumento de la producción mediante la transferencia de tecnología, orientado a cerrar la brecha tecnológica existente para niveles tecnológicos semejantes entre productores de alta y baja eficiencia productiva;
h) Fomenten el asociativismo para el desarrollo de explotaciones que puedan producir aves, tanto en su comercialización, como en las etapas de producción y asesoramiento técnico productivo-sanitario que la optimicen.
i) Incorporen material genético de probada eficiencia productiva; que el diseño de las instalaciones, el manejo de los animales y el alimento aseguren índices productivos acordes a los nacionales de alta productividad.
j) Modernicen la infraestructura de faena y procesamiento de carne de aves y sus derivados y embutidos.
k) Acompañen el esfuerzo de aumento de la producción, gestión de la calidad y captura de valor agregado, bajo la forma jurídica de consorcio, sociedades de economía mixta para abrir nuevos mercados internacionales y consolidar los locales e internacionales actuales;
l) Promuevan el trabajo en toda la cadena cárnica, en aspectos relacionado con su competitividad (producción, calidad y precios), responsabilizándose además de la promoción de los productos faenados tanto en el mercado interno como externo y de la estrategia de articulación de toda la cadena alimentaria aviaria;
m) Desarrollen el material genético de acuerdo a las demandas y exigencias nacionales e internacionales, que faciliten la incorporación de material genético mejorado.
ARTÍCULO 7°: ZONIFICACIÓN: La autoridad de aplicación, en acuerdo con las provincias firmantes, reglamentará la zonificación e identificará las zonas críticas, teniendo en cuenta la densidad de animales y la capacidad de asimilación de residuo del ambiente.
ARTÍCULO 8°: CATEGORÍAS Y REQUISITOS: Las granjas se categorizan, conforme a la cantidad de animales:
A: Más de 80.000. Se requiere la habilitación del SENASA, controlado en forma permanente por un veterinario del Servicio.
B: Entre 79.999 y 30.000. Se requiere la habilitación del SENASA, con inspecciones periódicas. Deberá contar con un asesor veterinario responsable ante el Servicio sanidad, movimiento de aves, control de insectos y roedores, entre otros.
C: Menos de 30.000. Se requiere la habilitación del SENASA, con un control periódico de un veterinario privado capacitado y habilitado por el SENASA.
En consecuencia, todo establecimiento debe contar con un profesional capacitado y habilitado que con periodicidad verifique el estado sanitario de los animales en producción, siendo el responsable del cumplimiento de la normativa vigente y sus modificaciones, siendo él quien libre el acta de salida de animales de la granja y del guano, con el certificado de calidad sanitaria.
En todos los casos, se propenderá a la estandarización de honorarios y viáticos de los profesionales de campo que controlen los establecimientos de las diferentes categorías.
ARTÍCULO 9°: AUTORIDAD DE APLICACION estará a cargo el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, y será quien ejercerá el poder de policía de la misma, y podrá actuar por medio de las Provincias a través de la adhesión a la presente Ley, los entes municipales, comunales y/o regionales con la firma de un convenio marco específico.
ARTÍCULO 10º. ALCANCE TERRITORIAL: Es propósito de esta ley beneficiar a toda la cadena agroalimentaria porcina, colocando el énfasis en la producción agropecuaria por constituir la actividad económica con mayor distribución territorial y ser la base para generación de los productos alimenticios destinadas a la industria de alimentación, constituyéndose en un sector económico estratégico para el desarrollo de las economías regionales y locales.
ARTICULO 11º. ADHESION. Invítese a todas las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherirse a la presente Ley
ARTICULO 12º DISPOSICION TRANSITORIA: Durante los tres (3) primeros años de ejecución del programa de desarrollo establecido por la presente Ley, el 60% como mínimo de los recursos se destinarán al apoyo de los ítems a), b), c), d) y p) del artículo 6° de esta Ley.
ARTÍCULO 13º. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La industria avícola argentina enfrenta una serie de desafíos en un contexto de fuerte competencia internacional, pero se ha sabido posicionar en estos últimos diez años como un jugador fuerte en el concierto de naciones de la mano de distintas herramientas financieras y de promoción al sector. Hoy, sin embargo, tenemos el desafío de incluir en ese proceso de expansión a los productores medianos y pequeños.
Se estima que el consumo interno equilibre su tendencia al alza de los últimos años. Las condiciones sanitarias del país, así como la capacidad de producción de las plantas siguen siendo excelentes, lo cual convierte a la Argentina en un jugador clave para satisfacer la creciente demanda global. El pronóstico para el 2015 es que la producción de pollos parrilleros crecerá 3.4% ciento en comparación con el año 2014, y se proyecta alcanzará un nuevo récord de 2.15 millones de toneladas métricas (MTM).
Este aumento se llevará a cabo principalmente por posibles aumentos de las exportaciones a Rusia. Argentina pretende capitalizar la oportunidad de abastecer el mercado ruso tras el anuncio de dicho país de prohibir las importaciones de alimentos procedentes de los Estados Unidos, la Unión Europea, Australia y Canadá como parte de la disputa diplomática sobre Ucrania. Contactos dentro de la industria avícola declararon que serían capaces de incrementar la producción y coordinar todas las acciones necesarias para satisfacer los requisitos de Rusia.
Entretanto, la demanda interna experimentará una desaceleración de las tasas de crecimiento observadas en años anteriores. El mercado interno está cerca de llegar a su punto de saturación con un consumo de 41 kilos anuales, un volumen elevado teniendo en cuenta que los argentinos están en el mundo entre los mayores consumidores de carne de res, y que el consumo de carne avícola hace 10 años era 22 kg per cápita.
Se pronostica para el año 2015 una producción de 2,100 MTM. Los costos de producción, en especial la alimentación, energía y mano de obra han aumentado dramáticamente debido a la inflación, con un impacto directo en los márgenes del productor. La situación financiera de la industria durante los cuatro o cinco primeros meses del año ha sido muy difícil debido a los bajos precios internos y los altos costos de producción. Durante el período de marzo a mayo de 2014, la producción fue ligeramente menor en comparación con el mismo período en 2013, pero se espera se recupere en el último trimestre del año.
La industria local está verticalmente integrada de tal manera que permite la eficiencia de producción, excelente calidad del producto, estandarización de productos y una buena trazabilidad. En los últimos años la industria avícola argentina ha hecho grandes mejoras en cuanto a expansión de plantas y compra de equipo.
Esta modernización se refleja directamente en la mayor eficiencia y el incremento de la producción. Argentina tiene una presencia relativamente nueva en el mercado avícola mundial y ahora ocupa el número ocho en producción después de los Estados Unidos, China, Brasil, Unión Europea, India, México y Rusia. Sus ventajas naturales como productor de maíz y soya y sus excelentes condiciones sanitarias lo hacen pieza clave para satisfacer la creciente demanda global.
En 58 plantas inspeccionadas por el estado se procesa en todo el país aproximadamente 80% del total de la producción nacional. El resto lo producen pequeñas empresas autorizadas y controladas por autoridades provinciales, que venden sólo en las zonas donde se encuentran, y no están aprobadas para la exportación. La mayoría de las empresas en el país son propiedad de nacionales y no reciben inversión extranjera.
Los pollos parrilleros argentinos para el mercado de exportación se benefician generalmente a los 38-40 días, mientras que los parrilleros para el mercado interno se benefician a los 49-51 días y son generalmente grandes (el peso de la canal es entre 2.2 y 2.4 kg) para satisfacer la demanda del consumidor tanto de aves enteras así como de cortes.
Los pronósticos para el 2015 de consumo nacional de pollos parrilleros permanece en los mismos niveles estimados para el año 2014, en 41 kg per cápita. Esta es una desaceleración de la anterior tendencia al alza en el consumo, ya que el mercado parece estar cerca de alcanzar su supuesto punto de saturación, y también debido a la recesión en la economía durante el 2014, y la alta inflación que impactó el poder adquisitivo de los consumidores. Los consumidores argentinos se encuentran entre los mayores consumidores de carne vacuna en el mundo, y con el fin de mantener los precios bajo control, el gobierno ha limitado las exportaciones de carne de res. Por lo tanto, los argentinos pueden comprar carne a precios muy competitivos.
Además, los consumidores argentinos han alcanzado un máximo en el consumo de proteína animal. De los 114 kg de consumo per cápita de proteína animal, 64 kg provienen de carne de res, 41 kg de pollo y 9 kg de cerdo. No hay estadísticas oficiales que diferencien el consumo de pollos de engorde del de aves enteras y piezas. Los consumidores argentinos todavía prefieren los pollos enteros grandes.
El consumo nacional de pollo en partes (en comparación con el ave entera) se mantiene estable en 35%. En respuesta, los procesadores argentinos de aves están cambiando sus estrategias de ventas hacia piezas de pollos de engorde (generalmente cuartos traseros y carne de pechuga) y hacia productos procesados con valor agregado tales como platos pre cocidos, platos de pollo congelados, nugets de pollo y hamburguesas de pollo.
La Argentina importa cantidades muy pequeñas de aves y de productos avícolas. Debido al fuerte sistema de restricción a las importaciones impuesto por el gobierno de Argentina, el pronóstico para el 2015 está en 1.2 miles de toneladas métricas, incluso inferior a las 2 mil toneladas estimadas para el año 2014. En 2014 el 91% de las importaciones han venido de Brasil y 9% de los Estados Unidos. Se pronostica que las exportaciones argentinas de carne de pollos parrilleros para el año 2015 serán 400,000 toneladas, lo más alto registrado (este volumen no incluye las exportaciones de patas de pollo a China y Hong Kong). Este pronóstico se basa en el marco de exportación del acuerdo firmado por los gobiernos de Rusia y Argentina durante la visita de la delegación comercial a Moscú en agosto de 2014.
La Argentina busca explotar la oportunidad de abastecer el mercado ruso tras el anuncio que ese país ha prohibido la importación de alimentos procedentes de los Estados Unidos, la Unión Europea, Australia y Canadá como parte de la disputa diplomática sobre Ucrania. El sector argentino ha invertido en incrementar la capacidad, y está listo para enfrentar los desafíos de la demanda de nuevos mercados, especialmente de los mercados asiáticos.
En el año 2015 la industria avícola argentina espera ser capaz de enviar 150,000 toneladas para abastecer el mercado ruso. Con el fin de acelerar el proceso, el gobierno ruso ha anunciado que todas las plantas argentinas ya aprobadas para exportar a la Unión Europea, están también aprobadas para exportar a Rusia. No se requiere ninguna aprobación adicional.
La Argentina continúa ampliando sus mercados internacionales, a pesar de la devaluación del peso argentino que sigue su marcha a un ritmo más lento que la inflación. Este factor podría hacer las exportaciones argentinas menos competitivas. Sin embargo, las condiciones sanitarias del país así como capacidad de producción de las plantas siguen siendo excelentes.
En el 2014 Venezuela continúa siendo el mayor mercado de exportación de la Argentina, y representa 41% del total de exportaciones. Con el aumento de las exportaciones a Rusia, los productores argentinos esperan ser capaces de cambiar algunos de los volúmenes destinados a Venezuela hacia el mercado ruso.
Siguiendo en importancia, otros mercados de exportación de Argentina son Sudáfrica (8.6%) y China (8%).
Las exportaciones a Rusia representan 3.4% del total de las exportaciones. Se calcula que el volumen total exportado en el 2014 será 61% de pollo entero, 2% de pechuga y 2% de cuartos traseros. Otros productos conforman el saldo restante de exportación. Se estima que las exportaciones de patas en el 2014 permanecerán en aproximadamente 29,000 toneladas, en niveles similares al año 2013. Basado en datos del comercio de exportación argentino, las exportaciones argentinas de patas durante el primer semestre de 2014 fue 17,300 toneladas. Los principales mercados para patas son China y Hong Kong. (Fuente: FAS Buenos Aires basado en el Atlas de Comercio Mundial Octubre 2014).
Además de su histórica importancia, este importante sector productos de proteínas de origen animal para consumo humano, ha mostrado una capacidad de respuesta muy importante, aún en las condiciones de contexto más desfavorables.
Por ello, resulta necesario consolidar el crecimiento sectorial en función de su aporte a la oferta de alimentos tanto para consumo doméstico como para la exportación, con el consecuente aporte de divisas al país y su impacto en el empleo. En tal sentido, solicito a mis pares, den curso favorable a este proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES UNIR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA