PROYECTO DE TP
Expediente 5504-D-2010
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA INCLUIR A LOS HUMEDALES DE LA CUENCA DEL ARROYO PALMAR, PROVINCIA DE ENTRE RIOS, EN LA LISTA DE HUMEDALES DE IMPORTANCIA INTERNACIONAL.
Fecha: 04/08/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 105
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional,
y en especial a la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE
LA NACIÓN, para que, a través de los organismos que correspondan, incluya a los
humedales localizados en la cuenca del Arroyo Palmar, departamento Colón,
provincia de Entre Ríos, en la Lista de Humedales de Importancia Internacional
("Sitios Ramsar") en los términos de la Ley 23.919, aprobatoria de la Convención
sobre Humedales firmada en Ramsar el 2 de febrero de 1971.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Motiva el presente proyecto, la
necesidad de inclusión en la Lista de Humedales de Importancia Internacional
("Sitios Ramsar") a la cuenca del arroyo Palmar, dado que, de ser incluida, se
conseguiría la figura de protección internacional para preservar el humedal,
resguardando, entre otros, el acuífero guaraní, uno de los más grandes de
Sudamérica.-
La Ley 23.919 aprueba la Convención
Relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como
Hábitat de Aves Acuáticas, firmada en Ramsar el 2 de febrero de 1971. Esta
convención fue modificada en el año 1982 según el Protocolo de París y las
Enmiendas de Regina, en 1987.-
Según lo establece la Convención de
Ramsar, son humedales "las extensiones de marismas, pantanos y turberas,
superficies cubiertas de agua, sean éstas de régimen natural o artificial
permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas
incluidas las extensiones de agua marina cuya profundidad en marea baja no
exceda de seis metros y son aves acuáticas las que dependen ecológicamente de
los humedales".-
Declarar sitio Ramsar a la cuenca del
arroyo Palmar significa tener una figura de protección internacional para preservar
el humedal como tal, lo que no quita que allí se desarrollen actividades productivas
como la ganadería y la pesca artesanal. Lo importante es que no se pierda la
condición de humedal que tiene el lugar, es decir, resguardo de biodiversidad,
recarga de acuífero, purificación de agua, estabilización de tierra y sedimento,
entre otras.-
Este será el primer sitio Ramsar de la
provincia y se enmarca en la política nacional en este aspecto, ya que Argentina
adhirió a convenios internacionales para proteger sus humedales. Este
reconocimiento permitirá a la región el aumento de control de las leyes de caza,
pesca y fuego, financiamiento para generar investigaciones con el objetivo de
revalorizar los recursos naturales y culturales, desarrollo del ecoturismo y
actividades ligadas a la conservación e impulso a tecnologías agropecuarias
amigables. Luego de la declaración, la cuenca estará dentro de un plan de manejo
o programa de gestión, coordinado por las distintas partes que intervienen -
Nación, Provincia, universidades y particulares- quienes evaluarán cuales son las
mejores actividades para mantener ese humedal de modo productivo.-
Asimismo, en la zona de la cuenca del
Arroyo Palmar, existe gran densidad de pajonales y carrizales (Panicum Spp.) y
predominan sarandizales (Cephalanthus Spp.) y Sauzales (Salís Spp.). Es común
encontrarse con "Tembladerales", denominación dada por los habitantes locales a
sitios en donde se dificulta la circulación. Estos Humedales tienen una superficie de
más de 2000 ha. y es el ambiente no protegido que requiere de una prioridad de
conservación, debido al gran valor ambiental que posee.-
Las interacciones del agua, suelos,
plantas y animales hacen posible que se desempeñen muchas funciones vitales
como son almacenamiento de agua, protección contra tormentas y mitigación de
crecidas, estabilización de costas y control de erosión, recarga y descarga de
acuíferos, retención de nutrientes, sedimentos y contaminantes, y estabilización de
las condiciones climáticas locales.-
Que los humedales funcionen como
reguladores de los excesos y deficiencias hídricas, favorecen la mitigación de
crecientes y la recarga y descarga del agua subterránea. Además a través de la
retención, transformación y transporte de sedimentos, nutrientes y contaminantes,
juegan un papel fundamental en los ciclos de la materia y el mantenimiento de la
calidad de las aguas.-
Los humedales sustentan una
importante diversidad biológica y dada su alta productividad, pueden albergar
poblaciones de animales muy numerosos, y los recursos naturales provistos por
ellos son necesarios para el desarrollo de numerosas actividades humanas, como la
pesca, el aprovechamiento de fauna silvestre, el pastoreo, la agricultura, la
actividad forestal, el transporte, la recreación y el turismo.-
A pesar de todos estos beneficios,
durante siglos los humedales fueron considerados tierras marginales que debían
ser drenadas o recuperadas, para mejorar las condiciones sanitarias o afectarlas a
la producción y actualmente este concepto ha cambiado, por eso debe ser
preservado.-
Es decir, los humedales son
ecosistemas de gran importancia por los procesos hidrológicos y ecológicos, y la
diversidad biológica que sustentan. Otra cuestión fundamental es el rol de los
humedales como moderadores climáticos.-
Debido a que los humedales
constituyen un recurso de gran valor económico, cultural, científico y recreativo,
cuya perdida seria irreparable es que la conservación de los humedales y de su
flora y fauna pueden asegurarse, armonizando políticas nacionales previsoras con
una acción internacional coordinada.-
Por todo lo expuesto, y porque
consideramos primordial la inclusión en la Lista de Humedales de Importancia
Internacional ("Sitios Ramsar") a la cuenca del arroyo Palmar, es que solicito a mis
pares la aprobación del presente proyecto de Resolución.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CREMER DE BUSTI, MARIA CRISTINA | ENTRE RIOS | PERONISMO FEDERAL |
ZAVALLO, GUSTAVO MARCELO | ENTRE RIOS | PERONISMO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
23/09/2010 | DICTAMEN | Aprobado con modificaciones como proyecto de declaración |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1462/2010 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE DECLARACION | 06/10/2010 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 15/12/2010 | APROBADO | |
Diputados | CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA | 30/11/2011 |