PROYECTO DE TP
Expediente 5500-D-2009
Sumario: CREACION DEL "FONDO PARA EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL DEL NUEVO CUYO".
Fecha: 10/11/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 156
El Senado y Cámara de Diputados...
FONDO PARA EL DESARROLLO ECONOMICO
Y SOCIAL DEL NUEVO CUYO
Artículo I - Créase el Fondo Para el Desarrollo
Económico y Social a la zona del Nuevo cuyo. Donde los recursos serán destinados a
programas de desarrollo social, de reactivación económica, de promoción de empleo, salud, y
de educación.
Art 2° - En los presupuestos se creará una
partida para atender al fondo establecido por el artículo 1º de la presente ley.
Art 3° - El fondo se distribuirá en programas
que desarrollen las provincias de Cuyo, respetando las proporciones asignadas a las mismas
por el régimen de coparticipación federal vigente.
Art 4° - Créase en el ámbito del Ministerio de
Economía de la Nación la cuenta respectiva, correspondiente a los fondos para el Desarrollo
Económico y Social del Nuevo Cuyo.
Art 5° - El Banco de la Nación Argentina
transferirá a la cuenta especial, solicitada en el artículo 4º, el monto establecido por el
Ministerio de Economía de la Nación. la presente ley al inicio de la ejecución de los
presupuestos respectivos, y el ente enviará a las respectivas provincias los fondos para la
ejecución de Proyectos Productivos respectivamente aprobados que demandare las Provincias
del Nuevo cuyo.
Art 6° - El control financiero y de gestión
estará a cargo de la Auditoría General de la Nación.
Art 7° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Como una Mujer del interior, y de Cuyo me veo en
la obligación moral, ética y profesional de legislar a favor de mis comprovincianos.
El Nuevo Cuyo fue tierra de colonizadores, de
esfuerzo y de trabajo, de enormes sacrificios, de lealtades profundas. Su historia se amalgama
con la historia misma de la Nación Argentina, y la sangre de sus ancestros, sean indígenas o
españoles, se incorporó a la tierra misma, en una suerte de altar donde se forjara la estirpe de
nuestra raza.
La provincia de Buenos Aires desde la década del
90 recibe recursos de un Fondo de Reparación Histórica del Conurbano para combatir pobreza
y marginalidad, mientras que en Cuyo sólo se reciben fondos coparticipables, aunque es
cierto que existen regímenes de promoción industrial, en la provincia de San Luis, y San Juan
esto no alcanza.
Los parámetros evidencian las diferencias de
crecimiento entre las diversas regiones del país; en tal sentido, es obligación primigenia para
los cuerpos legislativos atender estos desniveles, promoviendo políticas que posibiliten la
integración humana y territorial en una Nación unificada bajo condiciones de vida
semejantes.
Por todo lo expuesto ut supra, y por su importancia,
es que solicito a mis pares acompañen el presente proyecto de ley para su aprobación.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CASELLES, GRACIELA MARIA | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PARTIDO BLOQUISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |