PROYECTO DE TP
Expediente 5495-D-2012
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR LA CONDENA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL DICTADA EL 10 DE JULIO DE 2012 CONTRA EL EX JEFE DE LA MILICIA CONGOLEÑO THOMAS LUBANGA DYILO, POR RECLUTAR Y HACER PARTICIPAR A NIÑOS Y NIÑAS EN EL CONFLICTO ARMADO QUE TUVO LUGAR EL LA REPUBLICA DEMOCRATICA DEL CONGO DURANTE LOS AÑOS 2002 Y 2003.
Fecha: 10/08/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 100
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Expresar beneplácito por la
condena dictada el 10 de julio de 2012 por la Sala de Primera Instancia de
la Corte Penal Internacional contra el ex jefe de milicia congoleño Thomas
Lubanga Dyilo, por reclutar y hacer participar a niños y niñas en el
conflicto armado que tuvo lugar en la República Democrática del Congo
durante los años 2002 y 2003; por tratarse de la primera condena dictada
por la Corte Penal Internacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El 10 de julio de 2012, la Sala
de Primera Instancia de la Corte Penal Internacional condenó a Thomas
Lubanga Dyilo a la pena de 14 años de prisión por reclutar y hacer
participar a niños y niñas en el conflicto armado que tuvo lugar en la
República Democrática del Congo entre septiembre de 2002 y agosto de
2003 (El texto de la sentencia puede ser consultado aquí: http://www.icc-
cpi.int/iccdocs/doc/doc1438370.pdf ).
El delito por el que fue
condenado Lubanga Dyilo, además de ser aberrante por la indefensión y
vulnerabilidad de las víctimas, ha sido cometido a gran escala, dado que
miles de niños y niñas han sido utilizados a lo largo del conflicto para
participar de los combates, como así también han sido obligados a
realizar otras tareas.
Anthony Lake,
Director Ejecutivo de UNICEF, ha dicho que "La condena de Thomas
Lubanga por la Corte Penal Internacional envía un mensaje claro a todos
los grupos armados que esclavizan y maltratan a los niños: la impunidad
no será tolerada" (UNICEF aplaude la condena histórica sobre los
crímenes de guerra contra niños y niñas
http://www.unicef.org/spanish/media/media_61992.html).
Por otro lado, esta condena
reviste una especial importancia por tratarse de la primera sentencia
condenatoria dictada por la Corte Penal Internacional desde la entrada en
vigencia del Estatuto de Roma.
La Corte Penal Internacional
es una institución de carácter permanente que tendrá personalidad
jurídica internacional, siendo el primer tribunal de justicia internacional
permanente que tiene competencia para juzgar a quienes cometan los
crímenes más graves de trascendencia internacional.
Esta condena se destaca
porque no es más que la materialización de los esfuerzos de la
comunidad internacional en pos del afianzamiento de la justicia
internacional como instrumento para defender los derechos humanos, y el
castigo de los más atroces crímenes perpetrados desde el estado.
Asimismo, implica un avance
en la lucha contra la impunidad de crímenes cometidos al amparo del
estado.
Por ello, solicito a mis colegas
que acompañen con su firma el presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GARRIDO, MANUEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
STORANI, MARIA LUISA | BUENOS AIRES | UCR |
ALFONSIN, RICARDO LUIS | BUENOS AIRES | UCR |
OCAÑA, GRACIELA | BUENOS AIRES | UNIDAD PARA EL DESARROLLO SOCIAL Y LA EQUIDAD |
ALVAREZ, ELSA MARIA | SANTA CRUZ | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
21/08/2012 | DICTAMEN | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen como proyecto de declaración |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0909/2012 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 1204-D-2012, 5352-D-2012 y 5495-D-2012 | CON MODIFICACIONES; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 24/2012 | 10/09/2012 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 28/09/2012 CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1204-D-2012, 5352-D-2012 y 5495-D-2012 | APROBADO |