PROYECTO DE TP
Expediente 5472-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES ANTE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO DEL FUNCIONARIO QUE CORRESPONDA, RELACIONADOS A LAS GESTIONES DIPLOMATICAS A TRAVES DE LA EMBAJADA ARGENTINA EN ESPAÑA, POR DEPORTACIONES DE CIUDADANOS ARGENTINOS QUE INGRESAN LEGALMENTE A A ESE PAIS.
Fecha: 04/08/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 105
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar se cite a la Comisión de
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO de esta Honorable Cámara de Diputados
de la Nación, al Poder Ejecutivo para que, a través del funcionario que
corresponda, brinde explicaciones respecto de los siguientes puntos;
1. Si se han iniciado gestiones o se ha
realizado algún planteo diplomático con la Embajada de España en nuestro país,
con motivo de las reiteradas deportaciones de ciudadanos argentinos que
pretenden ingresar legalmente a España a visitar a familiares residentes allí, así
como del maltrato al que se ven sometidos a su llegada.
2. En caso afirmativo, que tipo de
gestiones se han realizado, ante quien, con qué resultado y en qué estado se
encuentran actualmente.
3. Si se han tomado medidas respecto
del maltrato que han sufrido los ciudadanos argentinos mencionados en el punto
1. y, en caso afirmativo, cuáles y de qué tipo, así como el estado actual de las
mismas.
4. Si nuestro país contempla y aplica
políticas de reciprocidad a los españoles que pretenden ingresar a nuestro
país.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto de Resolución,
tiene por objeto solicitar se cite a la Comisión de RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO de esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación, al Poder Ejecutivo
para que, a través del funcionario que corresponda, brinde explicaciones respecto
de los puntos que se detallan.
Es de público conocimiento, mediante
notas e informes periodísticos, que durante el último mes de julio del corriente año,
una ciudadana argentina, oriunda de la Provincia de Córdoba que viajó a España
para visitar a su hija, su yerno y sus nietos (a los cuales hacía 4 años que no
veía), se le impidió el ingreso en el aeropuerto de "Barajas", en Madrid, con
fundamento en que a pesar de encontrarse con todos los papeles en regla, la
carta de invitación que llevaba de su hija, era un fax y no el original. (1)
Sin embargo, además de impedírsele
el ingreso al país, la mujer, que tiene 72 años de edad, asegura -tal cual consta
en la nota mencionada- que la metieron en otra habitación, bajo llave, junto a otros
"rechazados", sin comida y sin la medicación que necesitaba por una enfermedad
cardíaca que padece, y a pesar de que contaba con el certificado médico que así
lo acreditaba. Esta detención, duró aproximadamente 24 hs., durante las cuales se
brindó escasa información sobre ella a sus familiares, para terminar siendo
escoltada por la Policía, como si se tratara de una prisionera, hasta el avión que la
trajo de vuelta a la Argentina.
Además del caso mencionado, ocurrió
otro de similares características con otra mujer argentina de 88 años de edad que
también viajó a España a visitar familiares que residen allí y que tampoco pudo
ingresar al país. En este caso, también se detuvo a la ciudadana argentina y se le
impidió tomar su medicación cardíaca. (2)
Más allá de estos dos
casos que por su actualidad y reciente acaecimiento hemos mencionado, el
"rechazo" de ciudadanos argentinos es un tema recurrente y en franco crecimiento
desde hace varios años, y más allá de que se hayan anunciado aparentes
acuerdos entre ambos países para solucionar el problema, tal cual lo pone de
manifiesto el portal "Argentinos en España", quien denunció en fecha 03/08/2010
que "En los Consulados de Barcelona y Madrid aseguran que se reciben permanentes
informes sobre las dificultades de argentinos. Todo comenzó en noviembre con una cadena
de contactos entre argentinos residentes en España. Se alarmaron con las detenciones y el
maltrato a compatriotas recién llegados a Madrid o Barcelona. En los correos que
intercambiaron se informaba sobre casos de viajeros que aducían tener los papeles
correspondientes en regla, el dinero para la estadía o una invitación verificable de algún
familiar, pese a lo cual se les impedía el ingreso en los aeropuertos. Algunos fueron a parar a
Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE), como el joven Leandro Steps o, en un trámite
más expeditivo aún, a Adela Jesús González, de 66 años, la encerraron en una habitación
con otras doce personas, le quitaron la ropa, la hicieron bañar y la deportaron al día
siguiente. En la Cancillería le admitieron a Página/12 que "están ocurriendo situaciones que
motivaron una reacción" del gobierno nacional en el más alto nivel. Estos hechos sucedieron
a fines del mes pasado, aunque se vienen repitiendo durante todo el año." (3)
El portal mencionado destaca, además, que en
España se siguen proyectando Centros de Internamiento de Extranjeros, además de los que
ya funcionan en Madrid, Barcelona, Valencia y otras ciudades costeras, y que, si bien estos
se utilizan mayormente para alojar inmigrantes africanos que cruzan precariamente al país,
es una clara demostración del espíritu cada vez más restrictivo que España tiene respecto
de la inmigración, cualquiera sea el origen de quienes intentan ingresar al país.
Un estudio realizado y que
transcribe el portal ya referido, resalta que estos centros españoles tienen "condiciones
similares a las de una cárcel, donde los reos están confinados casi todo el tiempo a una
celda, con posibilidades limitadas a realizar actividades al aire libre". Además de los CIE,
donde se vive en condiciones de hacinamiento, sin atención médica adecuada y en un
hábitat semejante al de una prisión, hay más centros que no son considerados como
aquéllos, pero donde igual se retiene a extranjeros en condiciones puntuales." (4)
Por otra parte, las exigencias de los
aeropuertos españoles para el ingreso de ciudadanos extranjeros, se encuentran definidas
en el "Acuerdo Schengen", y que "constituye uno de los pasos más importantes en la
historia de la construcción de la Unión Europea (UE). El acuerdo tiene como
objetivo finalizar con los controles fronterizos dentro del espacio de Schengen -
formado por la mayoría de los Estados miembros de la Unión y algunos terceros
países- y armonizar los controles fronterizos externos." (5)
"Los países que aplican
en su totalidad el acuerdo de Schengen constituyen un territorio denominado
espacio Schengen. El acuerdo de Schengen permite suprimir los controles en las
fronteras interiores entre los Estados signatarios y crear una única frontera exterior
donde se efectúan los controles de entrada en el espacio Schengen con arreglo a
procedimientos idénticos. El espacio Schengen abarca a los Estados miembros de
la Unión, excepto algunos de ellos, y a determinados terceros países (Noruega,
Islandia, Suiza y Liechtenstein). No todos los países de la Unión son miembros del
espacio Schengen, bien porque no deseaban suprimir los controles en sus
fronteras con los otros países de dicho espacio (Reino Unido e Irlanda), bien
porque no reúnen todavía las condiciones requeridas para ello (Bulgaria, Rumanía
y Chipre)." (6)
Según este Acuerdo, no
se exige visa a los ciudadanos argentinos que pretendan el ingreso al Espacio
Schengen por un período máximo de 90 días dentro de un período de 6 meses y,
tal cual lo establece la Ley Orgánica 4/2000 española, en su artículo 25, son
requisitos para el ingreso a España "1. El extranjero que pretenda entrar en
España deberá hacerlo por los puestos habilitados al efecto, hallarse provisto del
pasaporte o documento de viaje que acredite su identidad, que se considere válido
para tal fin en virtud de convenios internacionales suscritos por España y no estar
sujeto a prohibiciones expresas. Asimismo, deberá presentar los documentos que
se determinen reglamentariamente que justifiquen el objeto y condiciones de
estancia, y acreditar medios de vida suficientes para el tiempo que pretenda
permanecer en España, o estar en condiciones de obtener legalmente dichos
medios. (Redactado conforme a la Ley Orgánica 8/2000)."
Destacamos esta normativa que regula
el ingreso a Unión Europea, en el entendimiento de que, tal cual lo hemos puesto
de relieve a lo largo del presente, más allá del eventual incumplimiento en los que
hayan "supuestamente" incurrido aquellos ciudadanos argentinos que pretendieron
ingresar a España, resulta notorio que este país ha optado por aplicar firme y
taxativamente hasta el más ínfimo de los requisitos que los extranjeros, sobre
todos los provenientes de países latinoamericanos, deben reunir, demostrando así
una clara política obstruccionista respecto de argentinos que, en la casi totalidad
de los casos, sólo quieren visitar y reunirse con sus familiares residentes en
España, olvidando que nuestro país brindó asilo y residencia a miles de
ciudadanos españoles por muchos años, sobre todo durante el franquismo.
Es en virtud de todos los motivos
desarrollados a lo largo del presente, que consideramos de suma importancia que
el Poder Ejecutivo, por intermedio del o de los funcionarios respectivos, concurran
a la Comisión de Relaciones Exteriores y Culto de esta Honorable Cámara de
Diputados de la Nación, a los efectos de brindar detalles e información respecto,
no sólo de las deportaciones sufridas por ciudadanos argentinos al intentar
ingresar a España, sino también en referencia a qué tipo de medidas y/o gestiones
se han realizado o se realizan actualmente para poner fin, definitivamente, a
situaciones como las descriptas.
Por lo expuesto, Señor Presidente, es
que solicito a los demás Diputados de la Nación, me acompañen en la aprobación
del presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
COMI, CARLOS MARCELO | SANTA FE | COALICION CIVICA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
11/08/2010 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0978/2010 | 25/08/2010 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | 13/10/2010 | APROBADO |
Diputados | CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA | 30/11/2011 |