PROYECTO DE TP
Expediente 5466-D-2015
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR EL "DIA INTERNACIONAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD", A CELEBRARSE EL 3 DE DICIEMBRE DE 2015.
Fecha: 07/10/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 137
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Expresar Beneplácito y Adhesión por la
Conmemoración del "Día Internacional de las personas con Discapacidad", celebrado en
todo el mundo cada 3 de diciembre de acuerdo a la resolución 47/3, de la Asamblea
General adoptada el 14 de octubre de 1992.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Día Internacional de las Personas con
Discapacidad se observa en todo el mundo cada 3 de diciembre de acuerdo a la resolución
47/3 de la Asamblea General adoptada el 14 de octubre de 1992, con el objetivo de llamar
la atención y movilizar apoyos para aspectos clave relativos a la inclusión de personas con
discapacidad en la sociedad y en el desarrollo.
Actualmente la población mundial cuenta con
más de siete mil millones de personas. Más de mil millones (el 15%) viven con algún tipo
de discapacidad, la mayor parte en los países en vías de desarrollo.
Según las Naciones Unidas, la discapacidad
es una condición que afecta el nivel de vida de un individuo o de un grupo. El término se
usa para definir una deficiencia física o mental, como la discapacidad sensorial, cognitiva o
intelectual, la enfermedad mental o varios tipos de enfermedades crónicas.
Está ampliamente demostrado que una vez
eliminados los obstáculos a la integración de las personas discapacitadas, estas pueden
participar activa y productivamente a la vida social y económica de sus comunidades. Por
ello es necesario eliminar las barreras de la asimilación de los discapacitados a la
sociedad.
La Convención sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad, subraya que la discapacidad es un concepto evolutivo
"resultado de la interacción de las personas con disfunciones y de problemas de actitud y de
entorno que socavan su participación en la sociedad".
La accesibilidad y la inclusión de las personas
con discapacidad son derechos fundamentales reconocidos por la Convención sobre los
Derechos de las Personas con
Discapacidades. Son las condiciones sin las
cuales no pueden disfrutar de sus otros derechos.
La Convención (artículo 9) pide que las
personas con discapacidad puedan llevar una vida independiente y participar de forma
activa en el desarrollo de la sociedad. Solicita a los Estados que tomen las medidas
apropiadas para darles pleno acceso a la actividad cotidiana y eliminar todos los obstáculos
a su integración.
Señor Presidente, por todo lo expuesto
solicito a mis pares, me acompañen con la aprobación del presente Proyecto de
Declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MARTINEZ CAMPOS, GUSTAVO JOSE | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
DISCAPACIDAD (Primera Competencia) |