PROYECTO DE TP
Expediente 5466-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA LICITACION PUBLICA Nª 03/2013, DESTINADA A LA ADQUISICION DE CAMIONES COMPACTADORES, CONTENEDORES Y CHIPEADORAS PARA EL "PROGRAMA MUNICIPAL DE LA GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS".
Fecha: 29/07/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 99
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional
para que, a través del organismo que resulte competente, informe y, en caso de
corresponder, remita copia sobre los siguientes puntos:
Antecedentes técnicos de la Licitación
Pública Nº 03/2013 llevada a cabo por la Jefatura de Gabinete de Ministros cuya
adjudicación fuera aprobada mediante Decisión Administrativa 463/2013 de la
citada Jefatura con fecha 19 de Julio de 2013 y cuyo objeto es la adquisición de
camiones compactadores, contenedores y chipeadoras para el Programa Municipal
de la GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS de la SECRETARIA
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Si se ha dado cumplimiento a la
difusión exigida por el Decreto 1023/2001, Decreto 436/2000 y la Circular Nº 27
de la Oficina Nacional de Contrataciones, y en su caso indique los días en que ha
sido publicada la convocatoria en el Boletín Oficial y en la página Web la Oficina
Nacional de Contrataciones
Cantidad de pliegos adquiridos, datos
de los adquirentes, ofertas presentadas en el mencionado llamado, con la
correspondiente identificación de los oferentes, las cotizaciones efectuadas y las
condiciones y precios de las ofertas de cada uno de ellos. Así, como cualquier otro
dato que pueda ser de interés.
Los motivos por los cuales, pese a ser
solicitada la intervención de la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) a los
efectos de la formación del precio testigo, no consta ni se informa si participó, y en
su caso, qué informo el citado organismo a su respecto.
Acompañe copia fiel del Expediente
por el cual tramitó la mencionada licitación.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Con fecha 24 de julio de 2013 se
publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina la Decisión Administrativa
463/2013 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, mediante la cual se aprobó la
Licitación Pública Nº 03/2013, que tuvo por objeto la adquisición de camiones
compactadores, contenedores y chipeadoras para el Programa Municipal de la
GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS de la SECRETARIA DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
De los considerandos de la
mencionada Decisión Administrativa surge que a fs. 163 del expediente
involucrado obra "...la solicitud de intervención a la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACION a efectos de que emita el Precio Testigo..." (El subrayado y negrita me
pertenecen), pero de todo el texto contenido en la Decisión Administrativa que
aquí nos ocupa no surge si intervino el organismo citado ni mucho menos que dijo
respecto de la determinación del valor de referencia requerido.
La valiosa intervención del citado
organismo en la gestión de compras y contrataciones estatales conforme las
funciones y responsabilidades que le otorga la Resolución 122/2010 de la SIGEN,
norma que mediante la conformación del Régimen de Precios Testigos lo
constituye en una vital herramienta de control en la etapa de evaluación de
ofertas, nos obliga a cuestionar por qué no se indica en la Decisión Administrativa
si intervino la SIGEN, y en caso de corresponder, por qué no se informa el valor de
referencia que fuera oportunamente requerido.
Asimismo, en la parte decisoria se
informa respecto de las tres firmas adjudicatarias que las mismas resultan
ganadoras de la Licitación por ser "...su oferta admisible, económicamente
conveniente y ajustarse a lo solicitado..." (El subrayado me pertenece).
La cita recién expuesta nos obliga a
solicitar información acerca de qué criterios fueron utilizados, en caso de que la
SIGEN no haya intervenido determinando un valor de referencia, para considerar a
las propuestas ganadoras "económicamente convenientes".
Por otro lado, es preciso mencionar
que el artículo 1º del Decreto 1023/2001 indica que "el régimen de Contrataciones
de la Administración Nacional, tendrá por objeto que las obras, bienes y servicios
sean obtenidos con la mejor tecnología proporcionada a las necesidades, en el
momento oportuno y al menor costo posible...". A su vez, conforme surge de los
Decretos 1023/2001 y 436/2000 son principios generales a los que deberá
ajustarse la gestión de las contrataciones: (a) razonabilidad del proyecto y
eficiencia de la contratación para cumplir con el interés público comprometido y el
resultado esperado; (b) promoción de la concurrencia de interesados y de la
competencia entre oferentes; (c) transparencia en los procedimientos; (d)
publicidad y difusión de las actuaciones; (e) responsabilidad de los agentes y
funcionarios públicos que autoricen, aprueben o gestionen las contrataciones; (f)
Igualdad de tratamiento para interesados y para oferentes.
Además, la contratación pública debe
desarrollarse en todas sus etapas en un contexto de transparencia que se basará
en la publicidad y difusión de las actuaciones emergentes de la aplicación de este
régimen, la utilización de las tecnologías informáticas que permitan aumentar la
eficiencia de los procesos y facilitar el acceso de la sociedad a la información
relativa a la gestión del Estado en materia de contrataciones y en la participación
real y efectiva de la comunidad, lo cual posibilitará el control social sobre las
contrataciones públicas.
Por lo tanto, y teniendo en cuenta los
principios antes mencionados, y lo importante que resulta la participación de la
SIGEN en pos de lograr una mayor eficiencia, eficacia y transparencia en la gestión
de compras y contrataciones estatales, es que solicitamos la aprobación del
presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GARRIDO, MANUEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
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LEGISLACION GENERAL |