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PROYECTO DE TP


Expediente 5464-D-2011
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL INVENTARIO NACIONAL DE GLACIARES.
Fecha: 08/11/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 169
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse el Poder Ejecutivo para que a través de la Jefatura de Gabinete de Ministros- Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable se sirva INFORMAR:
- Las razones que llevaron a la postergación de la realización del Inventario Nacional de Glaciares encargado de individualizar los glaciares y geoformas periglaciares que actúan como reservas hídricas existentes en el territorio nacional, lo que trasunta un manifiesto menosprecio por esta ley que comenzó con su promulgación de hecho y continuó con los cuatro meses que llevó su reglamentación parcial.
- Las razones que llevaron a la demora (8 meses) en la entrega de los fondos y equipo técnico al Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLIA), responsable del la realización del inventario y las tareas de monitoreo.
- Por qué se dá participación a la Fundación Innova T (Fundación para la Innovación y Transferencia Tecnológica- Fundada por el CONICET) en la realización del inventario cuando la misma tuvo hasta hace poco tiempo entre sus "clientes" a la empresa canadiense Barrick Gold

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Tras más de dos años de debates y después de muchas idas y vueltas, el 30 de septiembre de 2010 se sancionó la Ley de Preservación de Glaciares y del Ambiente Periglacial. El texto establecía entre otras cosas la necesidad de crear un inventario de glaciares y prohibir actividades en el sector glaciar y periglacial que afecten la condición natural de este recurso.
Desde su sanción esta ley enfrentó la indiferencia del Gobierno, que ni siquiera la promulgó; al cumplirse el plazo legal, el 28 de octubre de 2010, quedó promulgada de hecho. Pero hubo más. La reglamentación debió esperar cuatro meses.
El decreto 207/2011 es una reglamentación incompleta de la ley. Se estableció cómo será el inventario de glaciares y que la Secretaría de Medio Ambiente de la Nación será la autoridad de aplicación. Pero no se definió cuáles son las zonas prioritarias a relevar donde haya actividades prohibidas por la ley como la explotación minera. También se firmó un convenio que explicita el cronograma del inventario sobre áreas glaciares y periglaciares y otro acuerdo marco sobre trabajo conjunto entre la Secretaría de ambiente y el CONICET del cual depende el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA), encargado de realizar el inventario nacional.
Cuando se reglamentó la ley la Presidenta de la Nación anunció la entrega de 3.402.900 pesos para el IANIGLA, estos fondos tardaron ocho meses en llegar al Instituto. De continuar las demoras podría perderse otro verano, la única época en que puede hacerse el relevamiento en la montaña.
La ley obligaba al IANIGLA a comenzar en noviembre de 2010 el muestreo en las zonas donde existen actividades contaminantes. El inventario de esas regiones debía presentarse en un plazo de 180 días, es decir para el 30 de marzo de esta año, nada de eso ocurrió.
A pesar de tener ley, los glaciares siguen en peligro. Las empresas mineras bloquean judicialmente la aplicación de la ley y la Casa Rosada no cumple los plazos para realizar el inventario que debe identificar las reservas estratégicas de agua en la Cordillera, para preservarlas.
Por todos estos motivos solicito la aprobación del siguiente pedido de informes.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BONASSO, MIGUEL LUIS CIUDAD de BUENOS AIRES DIALOGO POR BUENOS AIRES
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia)
MINERIA