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PROYECTO DE TP


Expediente 5426-D-2014
Sumario: IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - IVA - LEY 23349 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 28, SOBRE REDUCCION DE LA ALICUOTA EN PRODUCTOS FITOSANITARIOS Y SEMILLAS
Fecha: 10/07/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 83
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Modificación de la alícuota del Impuesto al Valor Agregado en Productos Fitosanitarios y Semillas
Art 1- Establécese que la alícuota del Impuesto al Valor Agregado a aplicar sobre la venta de productos fitosanitarios,veterinarios y semillas, será del diez punto cinco por ciento ( 10.5%).
Art 2- Modifícase el art. 28 de la Ley 23.349, a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el art. 1.
Art 3 - La modificación establecida en la presente Ley abarcará:
- Productos fitosanitarios, a saber: herbicidas,insecticidas, funguicidas, de síntesis tanto inorgánica como orgánicos y biológicos.
- Productos terapéuticos veterinarios.
- Semillas y órganos de reproducción vegetal de todo tipo utilizadas para siembra .
Art. 4- -De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La producción Agropecuaria Argentina está atravesando un momento de expansión prometedora y de hecho ha sido el sector que más ha contribuido para paliar las graves crisis económicas que atravesaron nuestros compatriotas hasta no hace tanto tiempo.
Circunstancialmente atravesamos un difícil momento, resultado de políticas desacertadas por parte del gobierno nacional, que confiamos sean prontamente reorientadas pues este sector puede, sin dudas, contribuir rápidamente con la economía nacional, restableciendo parámetros que hoy se encuentran en niveles críticos, como por ejemplo el déficit fiscal, producto de gastar más que lo que ingresa a las arcas del país.
Hoy, sin ir más lejos, a través de retenciones muchas veces criticadas por las organizaciones del sector por su alto nivel, en realidad con mucha razón, todavía se sostienen varios programas de asistencia social lo cual indica que es un sector que contribuye en forma directa con el bienestar de los argentinos.
Por el sistema vigente de comercialización, encontramos que la mayoría de los productos que este sector vende luego, lo hace con un diferencial de IVA del 10.5 % para el caso de cereales, oleaginosos y productos de origen vegetal .
La compra de los insumos necesarios para la producción, como ser agroquímicos , y productos veterinarios, tributan un
Impuesto al Valor Agregado que asciende al 21 % por lo cual se produce un desfasaje en la posición fiscal que hace que el recupero de lo tributado nunca cubre lo erogado previamente y la mayoría de nuestros productores se encuentra con una posición de crédito fiscal permanente que nunca se recupera. Esa es la distorsión que produce un diferencial del Impuesto al Valor Agregado entre la compra y la venta.
Lo que se solicita en este proyecto es la reducción del IVA para la compra de insumos equiparándolo con el IVA que luego el productor recibe por la venta de lo producido y el impuesto no se convierta en una carga imposible de recuperar.
Una justa reducción se produjo en el caso de los fertilizantes ,que se llevaron al 10.5 % para la compra, como incentivo para la utilización, lo cual fue una medida inteligente y positiva. En este proyecto se solicita un tratamiento similar.
Es una propuesta que sin dudas será beneficiosa para nuestros productores que se encuentran con un desfasaje que altera sus economías. Por ello, Sr. Presidente, y dada la importancia de sancionar leyes que beneficien a nuestro sector productivo, es que solicito la aprobación del presente Proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MARTINEZ, JULIO CESAR LA RIOJA UCR
OLIVARES, HECTOR ENRIQUE LA RIOJA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
AGRICULTURA Y GANADERIA