PROYECTO DE TP
Expediente 5422-D-2008
Sumario: REGIMEN DE COMPENSACIONES COMPLEMENTARIAS (RCC) AMPLIADO AL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SISTAU).
Fecha: 26/09/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 131
El Senado y Cámara de Diputados...
Régimen de Compensación
Complementaria Ampliado
El Senado y Cámara de Diputados de la
Nación, etc.
Art. 1º. OBJETO: La presente ley tiene
por objeto ampliar los alcances del REGIMEN DE COMPENSACIONES
COMPLEMENTARIAS (RCC) al SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE
AUTOMOTOR (SISTAU) con la finalidad de compensar los incrementos de costos
incurridos por las empresas de servicios de transporte público de pasajeros por
automotor de carácter urbano y suburbano bajo la jurisdicción de las provincias.
Art. 2º DE LAS
COMPENSACIONES: El Estado Nacional compensará los incrementos a que se refiere
en el art. 1° a las jurisdicciones provinciales. El monto de la compensación que recibirá
cada provincia por pasajero transportado será igual a la compensación otorgada por
pasajero del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), en el mismo período.
Artículo 3°- RECURSOS: los
recursos destinados al pago de las compensaciones a las Provincias provienen del
Tesoro Nacional.
Artículo 4º- BENEFICIARIOS: Son
beneficiarios de la presente ley los Estados Provinciales.
Artículo 5°- DISTRIBUCION: Los
beneficiarios del régimen son los encargados de redistribuir los recursos que se
otorguen a las líneas de transporte afectadas al servicio público por automotor regular
urbano y suburbano sujetos a su Jurisdicción.
Artículo 6°- De forma
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Desde hace años, el ESTADO NACIONAL ha
considerado conveniente realizar sostenidos esfuerzos a fin de asegurar el normal acceso de la
población a los servicios públicos, preservando su naturaleza de prestación obligatoria para la
satisfacción de necesidades colectivas primordiales. La consecución de dicho objetivo requiere
poner en equilibrio los caracteres de obligatoriedad, continuidad y regularidad a cargo de los
efectivos prestadores de los servicios en todos los Estados Provinciales y en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires. En este sentido, la política de compensaciones tarifarias que viene
aplicando respecto del transporte público de pasajeros por automotor de carácter urbano y
suburbano, resulta una adecuada herramienta para limitar el impacto sobre las tarifas de los
incrementos de costos que ha experimentado el sector, evitando que estos repercutan en la
economía de los sectores sociales de menores recursos (*).
Sin embargo, en la práctica, se ha puesto muy
especial, y casi exclusivo énfasis, en el ámbito geográfico delimitado por el artículo 2º de la Ley
25031, conocido como Area Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), en la órbita de las
unidades administrativas establecidas por Resolución 168/95 de la SECRETARÍA DE
TRANSPORTE del ex-MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, en
el marco de lo dispuesto por el Artículo 2º del Decreto 656/94, todo lo cual connota la
orientación territorialmente concentradora de los subsidios (*).
Tomemos como ejemplo sólo un mes. Según datos
oficiales, en marzo de 2008 el importe neto mensual a distribuir por la Secretaría de Transporte
de la Nación fue de 224.700.987 pesos. Pero no todo se reparte de manera equitativa: mientras
la Jurisdicción Nacional (1) se lleva el 49,4 por ciento (118.385.055 pesos) y el Área
Metropolitana de Buenos Aires (Amba) el casi 34 por ciento (76.764.223 pesos), el interior
recibe por provincia porcentajes que van del 2,8 por ciento al 0,1 por ciento. Santa Fe recibe el
2,7 por ciento (6.500.000 pesos).
También deberíamos ver la variación de las
compensaciones giradas desde la Nación a las provincias entre 2003 y 2008. Mientras que la
Jurisdicción Nacional tuvo un incremento en este período del 1046 por ciento y Buenos Aires el
1114 por ciento, provincias como la nuestra tuvieron una variación del 383,8 por ciento.
Cada unidad de transporte en la Jurisdicción
Nacional recibe 13.000 pesos; en el Amba, más de 10.000 y en provincias como Santa Fe o
Córdoba sólo unos 4.000 pesos aproximadamente. Es decir que el monto del subsidio en el
costo del viaje de cada pasajero del interior es profundamente desigual a un pasajero de la
Jurisdicción Nacional o del Amba.
Todas las provincias aportan al fondo nacional del
transporte de pasajeros y es importante decir que mientras provincias como la de Santa Fe
percibe menos del 40 por ciento de sus fondos aportados, la jurisdicción nacional recibe el
385,25 por ciento. Es decir, recibe más de tres veces lo que aporta.
Las múltiples presentaciones y solicitudes que sobre
el particular efectuaran gobernadores, intendentes, legisladores y el propio Comité Federal de
Transporte, a fin de participar en modificaciones, análisis de alternativas o estudios técnicos por
parte de todas las jurisdicciones, no fueron acogidas. En igual sentido, incluso, se ha expresado
la Auditoria General de la Nación(*) .
El PODER EJECUTIVO aduciendo urgencia en
resolver la situación planteada dado lo imperioso de adoptar medidas conducentes a solucionar
exclusivamente la coyuntura de las empresas en jurisdicción nacional, o sea el AMBA, y
entendiendo que configura una circunstancia excepcional que hace imposible seguir los trámites
ordinarios previstos por la CONSTITUCION NACIONAL para la sanción de las leyes, dictó el
Decreto Nº 678/06 con el que suplementa a los ya existentes refuerzos del SISTAU al AMBA
(derivados del SISVIAL) un Régimen de Compensaciones Complementarias (RCC), haciendo
uso inicialmente de fondos provenientes del Tesoro Nacional, destinado únicamente a las
empresas de transporte automotor de pasajeros que operen en el Área Metropolitana de
Buenos Aires (AMBA) (*).
Es claro, entonces, que el RCC que se crea con la
intención de atender las supuestas mayores erogaciones de las empresas localizadas en el
AMBA, agudiza la inequidad en la distribución de los subsidios al transporte urbano de
pasajeros. En el AMBA reciben fondos por tres vías: el SISTAU, el SISTAU-AMBA y el RCC,
profundizándose las diferencias entre los montos recibidos por las empresas allí localizadas y
las que se ubican en el resto de las Jurisdicciones del país, las cuales enfrentan iguales o
mayores aumento de costos y cuyos usuarios son también merecedores de un servicio de
calidad(*) .
El proyecto de ley que presentamos intenta darle un
viso de igualdad al reparto de los subsidios en el contexto actual, en tanto se elabore una ley
que con equidad regule el tema. Creemos que no podemos seguir sosteniendo en el tiempo
soluciones provisorias y precarias mediante el dictado permanente de normas modificatorias,
reglamentarias, supletorias y compensatorias, haciendo uso de medidas de urgencia por
decreto, como está regulado en la actualidad, en vez de avanzar en un programa integral de
infraestructura y servicios de transporte de pasajeros, con descentralización y equidad, sin
postergaciones ni exclusiones.
El ejercicio de una ciudadanía plena presupone un
Estado articulador, garante de la igualdad de acceso y oportunidades. En materia de transporte,
para todo aquel que necesite utilizar el servicio público (para quien trabaja o quien estudia, por
ejemplo), debería ser indistinto vivir en una provincia del norte, del sur o en la ciudad de Buenos
Aires.
En un país federal, la sustentabilidad y el desarrollo
de las provincias va de la mano de la distribución de recursos. A este país federal lo
construimos si partimos de la realidad de cada ciudad, de cada provincia y con un proyecto que
integre a todos los argentinos.
Por todo lo expuesto, solicitamos la aprobación del
presente proyecto de ley.
(*) Fundamentos del EXPTE 4283-D-06 Creación del Sistema de Infraestructura de Transporte Federal. Hermes Binner.
Firmante | Distrito | Bloque |
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FEIN, MONICA HAYDE | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
AUGSBURGER, SILVIA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
BENAS, VERONICA CLAUDIA | SANTA FE | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.) |
VIALE, LISANDRO ALFREDO | ENTRE RIOS | PARTIDO SOCIALISTA |
ZANCADA, PABLO V. | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
BARRIOS, MIGUEL ANGEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
MARTIN, MARIA ELENA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
SESMA, LAURA JUDITH | CORDOBA | PARTIDO SOCIALISTA |
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Comisión |
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