PROYECTO DE TP
Expediente 5397-D-2014
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR EL DEFICIENTE FUNCIONAMIENTO DE LA TELEFONIA CELULAR EN LA PROVINCIA DE JUJUY.
Fecha: 08/07/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 82
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Su repudio por el mal funcionamiento del
servicio de telefonía celular en la provincia de Jujuy y por el defectuoso servicio de
atención a los reclamos pertinentes por parte de las empresas que lo prestan, no siendo
esto exclusivo de una compañía, sino característica común de todas las que operan en
dicho territorio. En consecuencia, solicita que se comuniquen estas deficiencias a la
Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) solicitando la aplicación de las
sanciones del caso y que se ajustan a lo normado.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Según expresa el proyecto que da
iniciativa a esta Declaración, la presente tiene por objeto acompañar lo dispuesto en la
Resolución N°8/2014 sancionada por la Legislatura de Jujuy el 11 de junio del corriente
año, en la cual se solicita a los legisladores nacionales por la provincia de Jujuy que
comuniquen a la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) su descontento por la
mala calidad del servicio de telefonía celular y se apliquen, en consecuencia, las
sanciones correspondientes. Por tal motivo, cito a continuación los fundamentos
presentados en dicho proyecto para su consideración. A saber:
"Como es de público
conocimiento, el desarrollo tecnológico ha dado un fuerte impulso a los sistemas de
radiocomunicaciones que son usados en distintos servicios tanto público como
privados, incluyendo radio afición, comunicaciones empresarias, acceso a Internet,
radiodifusión AM, FM, etc. sistemas de transporte de señales de radiodifusión, acceso
al servicio básico telefónico, telefonía móvil, etc.-
Con respecto a la
telefonía móvil en particular el desarrollo tecnológico ha posibilitado un incremento
importante del uso de estos sistemas de comunicaciones por parte de la población.
Estos sistemas funcionan
con una tecnología denominada celular debido a que cada antena emisora forma parte
de una celda de varias que funcionan relacionadas entre sí
de manera que todas
conforman una determinada área de cobertura. Cada celda para mantener la calidad
de servicio, tiene una capacidad limitada de usuarios por lo que la cantidad de celdas y
consecuentemente antenas está relacionada con la cobertura por un lado y con la
densidad de usuarios en la celda por el otro.
Los licenciatarios de
estos servicios tienen obligaciones impuestas por el gobierno nacional de cobertura y
calidad de servicio.
En los últimos años en la
Argentina y en el mundo ha crecido exponencialmente la cantidad de usuarios
llegando en la actualidad a más de cincuenta y cuatro millones de equipos
móviles.
Considerando del
crecimiento exponencial producido por la telefonía móvil, las empresas prestatarias
tienen la obligación de aumentar la cantidad de celdas que operan en el territorio para
brindar adecuadamente los servicios por lo que se requiere una actualización de la
normativa vigente.
Teniendo en cuenta lo
previsto por la Ley Nº 19.798 y sus modificatorias por la cual se impone a las empresas
prestatarias del servicio de telecomunicaciones que para hacerlo deben contar con los
medios más adecuados, y a su vez, brindarlo con la debida diligencia.
Habida cuenta de las
resoluciones y reglamentación dictadas en su consecuencia, conforme art. 1 de la
misma, y lo previsto por el art. 42 de la Constitución Nacional en
tanto obliga al gobierno
federal a proteger los intereses del consumidor, como la Resolución Nº 490/1997 y
1422/1998, ambas de la Secretaría de Comunicaciones, como el Decreto Nº 764/2000,
entre otros.
Y las actuales
condiciones en que el servicio de telefonía móvil es brindado destacándose por su
irregularidad y deficiencia, destacándose de manera evidente que carece de toda
calidad, siendo todo ello de carácter público.
Teniendo en cuenta que
el servicio permanentemente experimenta interrupciones que en muchos casos se
extienden en el tiempo, y con ello quedando en evidencia que las empresas no cumplen
con las reglas del buen arte de la comunicación y con las calidades exigidas por la
normativa vigente, y hasta internacional.
En conclusión, surge que
las prestatarias con sede en el país no garantizan a los usuarios los derechos que les
corresponde.
En un todo de acuerdo a
ello se considera necesario y de importancia solicitar al Poder Ejecutivo Provincial
comunique por el órgano correspondiente a la Comisión Nacional de Comunicaciones
su descontento por las irregularidades descriptas, y a su vez, solicite las sanciones que
correspondan conforme la normativa vigente."
Por lo expuesto anteriormente y por la
relevancia que tiene para la Provincia de Jujuy, en especial para algunas zonas que
dependen exclusivamente de este medio de comunicación, solicito a mis pares que me
acompañen en la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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ORTIZ, MARIELA | JUJUY | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia) |