PROYECTO DE TP
Expediente 5390-D-2010
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA GARANTIZAR EL ACCESO A LOS CONSUMIDORES A LAS GARRAFAS DE GAS LICUADO DE PETROLEO AL PRECIO FIJADO POR RESOLUCION 197/10 DE LA SECRETARIA DE ENERGIA DE LA NACION, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 28/07/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 102
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo, que, a
través de la Secretaría de Energía y la Secretaría de Comercio Interior,
disponga:
1) efectuar las medidas
tendientes a garantizar el acceso a los consumidores a las garrafas de gas licuado
de petróleo de 10, 12 y 15 kg al precio fijado por la resolución 197/2010 de la
Secretaría de Energía de la Nación.;
2) Aplicar la ley 20.680 de
abastecimiento;
3) Dar cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 37 de la ley 26.020.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En Argentina 3.473.051 hogares no
tienen acceso a la red de gas (aproximadamente 14 millones de personas). Según
la resolución de la Secretaría de Energía de octubre del año pasado, la garrafa de
diez kilos debe costarle al consumidor $ 16; la de 12 kilos, $ 20, y la de 15 kilos,
25 pesos. Pero, en la práctica, el precio es mayor y varía según dónde se compre,
básicamente, porque las petroleras las venden al precio fijado pero el transportista
y el comerciante, muchas veces, agregan lo suyo.
Según un informe de la Auditoría
General de la Nación, los consumidores de gas licuado de petróleo pagan por las
garrafas 5,77 veces más que quienes tienen acceso a la red de gas natural (GN).
La realidad actual es que el gas
escasea y la especulación hace que las garrafas, de consumo popular, incrementen
notablemente sus precios. Son los más humildes; quienes viven en hogares
precarios, que tienen mayor dificultad para acceder a los alimentos de la canasta
básica, los niños no alcanzan los nutrientes mínimos para desarrollarse
normalmente; los que mayoritariamente consumen garrafas.
En este contexto de necesidad, el
gobierno nacional que subsidia a grandes empresas, no garantiza el acceso de
estas familias a este derecho básico, la garrafa social que debería tener un valor
de dieciséis pesos ($16) se llegó a vender a más de treinta pesos ($30).
Por todo lo expuesto anteriormente,
es que solicito a las Sras. Diputadas y Sres. Diputados acompañen el presente
Proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MERCHAN, PAULA CECILIA | CORDOBA | LIBRES DEL SUR |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
07/09/2010 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1345/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 4601-D-2010, 4656-D-2010, 5192-D-2010, 5364-D-2010, 5369-D-2010 y 5390-D-2010 | CON MODIFICACIONES; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; LA COMISION ACONSEJA APROBAR DOS PROYECTOS: UNO DE RESOLUCION Y UNO DE DECLARACION | 01/10/2010 |