PROYECTO DE TP
Expediente 5376-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LAS ACCIONES DESARROLLADAS EN CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES 20466 Y 23899, PARA LA PREVENCION Y CONTROL DEL USO DE PLAGUICIDAS Y OTRAS SUSTANCIAS AGROQUIMICAS.
Fecha: 08/08/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 98
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder
Ejecutivo nacional para que, por intermedio del Ministerio de
Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, se sirva informar a esta
Honorable Cámara sobre las acciones desarrolladas en cumplimiento
de las Leyes 20466 y 23899 para la prevención y control del uso
de plaguicidas y otras sustancias agroquímicas, a cargo del Servicio
Nacional de Sanidad Animal y Calidad Agroalimentaria (SENASA),
requiriendo que asimismo se informe en particular, según las
observaciones formuladas por la Auditoria General de la Nación (Act.
AGN- N° 400/10),
sobre las cuestiones
siguientes:
1) Si se han
previsto medidas específicas para superar las limitaciones
cuantitativas y
cualitativas en la fiscalización y el control del uso de agroquímicos
por parte del Sistema Federal de Fiscalización de Agroquímicos y
Biológicos (SIFFAB) en todas las etapas, desde su producción hasta
su disposición final, incluyendo su almacenamiento, comercialización
y aplicación
2) Si se han
arbitrado medios tendientes a incrementar los monitoreos
permanentes sobre frutas y hortalizas a cargo del Sistema de
Control de Productos Fruti Hortícolas Frescos (SICOFHOR) para
alcanzar su trazabilidad y detectar la presencia de residuos y
contaminantes microbiológicos, que permitan garantizar la
inocuidad de los alimentos y la salud de la población.
3) Si se han previsto
acciones necesarias para mejorar la articulación con organismos
provinciales y municipales e implementar un sistema de información
con base de datos única y de actualización permanente, atento la
carencia de un registro del universo de comercios expendedores y
depósitos de almacenamiento de agroquímicos, que deja fuera de
control a todos los establecimientos que no figuran en los listados
disponibles.
4) Se informen las
medidas que se hubieren adoptado para restablecer las acciones de
fiscalización sobre la disposición final de residuos remanentes y
envases de productos agroquímicos, a cargo del Sistema Federal
de Fiscalización de Agroquímicos y Biológicos (SIFFAB), cuyas
funciones de control a partir del año 2007, pasaron a ser de
fomento y difusión de buenas prácticas, limitándose al dictado de
talleres de promoción y concientización.
5) Se informen las
acciones que se hubieren adoptado para actualizar el software
utilizado para el control de correspondencia entre los productos que
se comercializan y el registro del SENASA, a fin de superar las
dificultades en el acceso a la base de datos de los centros
regionales, y para poner término a los retrasos que se registran en
las respuestas de laboratorio, sobre las muestras de productos que
se toman en las inspecciones.
6) Se informen las
medidas previstas para incrementar la protección de los
consumidores contra los riesgos derivados de la eventual ingesta de
frutas y hortalizas que pudieran contener residuos de plaguicidas
y/o contaminantes microbiológicos, teniendo en cuenta que, según
comprobaciones de la Auditoria General de la Nación, sobre 409
muestras de productos destinados al consumo interno y de
exportación, desde agosto de 2009 a igual mes de 2010, en el 55 %
de las frutas y en el 34,8 % de las hortalizas, se determinó la
presencia de residuos de plaguicidas.
7) Se informen las
acciones previstas para mejorar el control de gestión del SENASA,
teniendo en cuenta que el Sistema de Control de Productos Fruti
Hortícolas Frescos (SICOFHOR) funciona en 14 centros regionales
del SENASA, que no tienen un sistema integrado e interconectado
de información, y que desde el año 2008 en que se comenzó a
monitorear sus dependencias, solo se habría visitado la mitad de los
centros y recibido información incompleta, no obstante, el SENASA
"no solicitó rectificaciones ni elaboró un informe consolidado con
toda la información recibida", según observaciones de la AGN.
8) Se informen las
razones por las cuales, en general, no se abren expedientes cuando
se efectúan acciones de vigilancia por detección de residuos de
plaguicidas, teniendo en cuenta lo informado por la AGN, que entre
enero y agosto de 2010 los centros regionales efectuaron 67 visitas
de inspección en el marco del SICOFHOR y sobre 26 situaciones de
detección de residuos de plaguicidas, solamente se abrieron cuatro
(4) expedientes y solo en un (1) caso se tramitaron infracciones por
incumplimiento.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto de
resolución tiene por objeto lograr que el Poder Ejecutivo nacional
informe a esta Honorable Cámara sobre distintas cuestiones
relativas a las acciones para la prevención y control del uso de
plaguicidas y otras sustancias agroquímicas, a cargo del Servicio
Nacional de Sanidad Animal y Calidad Agroalimentaria
(SENASA).
La importancia de las
cuestiones aludidas en este proyecto resulta evidente si se tiene en
cuenta que el uso excesivo de plaguicidas y otras sustancias
agroquímicas puede causar un deterioro del medio ambiente y
poner en peligro la salud pública, según han advertido organismos
internacionales como la FAO.
Consecuentemente, se
ha reconocido en muchos países la necesidad de extremar sobre
dichas sustancias las medidas de control adecuadas en todas sus
etapas, desde la producción hasta su disposición final, incluyendo el
almacenamiento, la comercialización y muy especialmente la
aplicación, a raíz del uso generalizado que ha permitido desarrollar
márgenes extraordinarios de productividad en la agricultura.
El uso de glifosato, un
agroquímico concebido para combatir las malezas que compiten con
los cultivos por la humedad, la luz y los nutrientes de la tierra, ha
dado un impulso notable al sector agrícola orientado a la
exportación, fortaleciendo la competitividad internacional de nuestro
país como productor de granos y derivados.
Sin embargo, la
aplicación de agroquímicos en la actividad agropecuaria, no
obstante su innegable trascendencia para nuestra economía, no ha
dado lugar a una legislación nacional de fondo, una ley nacional,
que regule su uso y el Ministerio de Salud no participa en la
aprobación del uso de los mismos, en resguardo de la salud de la
población.
Como normativa
principal en la materia se destaca el Anexo de la Resolución SAGyP
350/99, que establece el procedimiento para categorizar los
agroquímicos, tarea de la que se encarga SENASA que es el órgano
responsable a nivel nacional.
Queda luego bajo
competencia de las provincias la regulación y control del uso y
aplicación de agroquímicos. Resulta factible que se pueden comprar
agroquímicos "sin receta" y, por lo tanto, la manipulación y
aplicación segura de dichas sustancias de acuerdo a normativas
específicas, queda en muchos casos librada al conocimiento y
responsabilidad del usuario.
Por ello no pueden
desconocerse irresponsablemente los riesgos que entrañan el uso y
la aplicación de productos de alta toxicidad, si de parte del Estado
nacional no se realizan el control y seguimiento, los registros
epidemiológicos y las acciones preventivas y de educación
ciudadana, para evitar el uso incorrecto o irresponsable de
agroquímicos.
El SENASA, Servicio
Nacional de Sanidad Animal y Calidad Agroalimentaria, es un
organismo sanitario descentralizado en la jurisdicción del Ministerio
de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, cuya
responsabilidad primaria es la de instrumentar y promover la acción
sanitaria y fitosanitaria, así como la de elaborar normas que
aseguren el cumplimiento del Código Alimentario Argentino y las
regulaciones internacionales.
Por la Ley 23899 fue
reconocido como ente autárquico a cargo de las políticas nacionales
en materia de sanidad y calidad, animal y vegetal, debiendo verificar
el cumplimiento de la normativa vigente.
A su vez la Ley 20466
sobre fertilizantes faculta al SENASA a extraer muestras sin cargo en
cualquier lugar del territorio nacional con el objeto de verificar si
corresponden a lo declarado y requerir e inspeccionar cualquier
documentación relativa los mismos, pudiendo solicitar la
cooperación funcional de otros organismos oficiales y el auxilio de
la fuerza pública, cuando lo considere conveniente.
En la estructura del
organismo se destaca la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad
Alimentaria, bajo cuya órbita operan dos sistemas:
El Sistema Federal de
Fiscalización de Agroquímicos y Biológicos (SIFFAB) con el objeto
de:
- Asegurar que los
productos que se comercializan se correspondan con los registrados
en el SENASA mediante las normas vigentes;
- Corroborar la
legitimidad de los productos que se comercializan y que hayan sido
elaborado por el establecimiento declarado, según sus etiquetas y
rótulos;
- Retirar del circuito
comercial los productos que no cuenten con el registro
correspondiente en el SENASA y aplicar sanciones a los infractores
de las normas vigentes;
- Fiscalizar el
cumplimiento por parte de todos los actores involucrados en la
cadena alimentaria, de todas las responsabilidades enmarcadas en
las normas vigentes.
Por su parte, el
Sistema de Control de Productos Fruti Hortícolas Frescos
(SICOFHOR) tiene a su cargo:
- La identificación de
los productos fruti hortícolas frescos conforme la especie, zona de
producción o país de origen, firma empacadora, productora o
importadora, categoría y grado de selección de los productos, para
generar un grado de trazabilidad confiable;
- La determinación
de la calidad de los productos fruti hortícolas frescos;
- La determinación de
la presencia de residuos y de contaminantes microbiológicos en los
productos fruti hortícolas frescos, que puedan afectar la inocuidad
de los alimentos.
A su vez la Resolución
SAGyP 350/99 y su Anexo, aprueban el Manual de Procedimientos,
Criterios y Alcances para el Registro de Productos Fitosanitarios en
la República Argentina, donde se contemplan los procedimientos, la
clasificación toxicológica y los procedimientos de fiscalización de
establecimientos elaboradores de productos fitosanitarios.
La carencia de una
política sanitaria nacional para el control sobre los agroquímicos por
parte del Ministerio de Salud de la Nación, resulta agravada por la
falta de una fiscalización adecuada del SENASA y sus dependencias
competentes en la materia. Lo expuesto surge palmariamente de
recientes comprobaciones de la Auditoria General de la Nación en
su último informe de "Acciones de control de agroquímicos
desarrolladas en el SENASA" (Act. AGN- N° 400/10), que sirven de
fundamento al presente pedido de informes al Poder Ejecutivo
nacional.
En el
mencionado informe la AGN sostiene que "es imprescindible que
el Estado extreme las medidas de control sobre los
agroquímicos en todas las etapas" y que "se realicen
monitoreos permanentes de los alimentos para detectar la
presencia de residuos, con el fin de garantizar la salud de
los ciudadanos".
Entre otras
observaciones, desde el año 2007 el SENASA no fiscaliza el uso de
envases de pesticidas y sobre 409 muestras de productos
destinados al consumo interno y de exportación, desde agosto de
2009 a igual mes de 2010, en el 55 % de las frutas y en el 34,8 %
de las hortalizas, se determinó la presencia de residuos de
plaguicidas.
Si bien el 96,7 % de
dichos residuos "presentaban concentraciones dentro de los límites
permitidos", el SENASA detectó que en el 87 % de los casos se
trataba de "productos que no están autorizados para el cultivo en el
que fueron encontrados", aunque no significa que sean plaguicidas
prohibidos por la normativa vigente.
Lo expuesto exige
incrementar la protección de los consumidores contra los riesgos
derivados de la eventual ingesta de frutas y hortalizas que pudieran
contener residuos de plaguicidas y/o contaminantes microbiológicos,
siendo preciso conocer si se han adoptado nuevas medidas al
respecto.
Además
se advierte en el informe de la AGN que "las muestras de productos
que se toman en las inspecciones y que se envían a analizar a los
laboratorios de SENASA registran retrasos en las respuestas", y que
existen "dificultades en el acceso a la base de datos de los centros
regionales del SIFFAB". Esto último, "hace que los inspectores
salgan a fiscalizar con un software desactualizado, pudiendo
generarse errores al momento de realizar las inspecciones"
En el
examen del Sistema Federal de Fiscalización de Agroquímicos y
Biológicos (SIFFAB) del Servicio Nacional de Sanidad Animal y
Calidad Agroalimentaria (SENASA) la AGN detectó que no tiene un
registro del total de comercios donde se vende este tipo de
productos, por lo que el ente se limita a controlar "los
establecimientos conocidos y deja de lado a todos los no
identificados".
Según el informe,
aprobado por la AGN este año sobre datos colectados entre los años
2007 a 2011, el sistema que controla el cumplimiento de normas de
los productos comercializados, "carece del registro del universo de
comercios expendedores y depósitos de almacenamiento de
agroquímicos".
La AGN señaló que "se
advierte una escasa articulación con organismos provinciales y
municipales que tienen autoridad en la materia" y, agrega, que
éstos entes "no le proporcionan toda esa información a SENASA".
Además el SIFFAB vio
reducidas sus acciones de fiscalización en cuanto a la disposición
final de los envases de productos agroquímicos. En una primera
instancia tenía funciones de "control", pero desde 2007 sus tareas
pasaron a ser de "fomento y difusión" de buenas prácticas sobre
disposición final de residuos remanentes y envases, limitándose al
dictado de talleres de promoción y concientización.
Sobre el
Centro Regional de Santa Fe, la AGN señaló que "la dilación de los
tiempos de entrega de los resultados del laboratorio, podría implicar
la comercialización de productos que arrojen una detección de
residuos de plaguicidas fuera de norma". Además, se observó "falta
de capacitación a los inspectores y recursos materiales limitados
para realizar las tareas de monitoreo, por ejemplo, insuficiente
cantidad de cajas conservadoras para las muestras".
El control de gestión
sobre la aplicación de agroquímicos en distintas partes del país ha
dado lugar a juicios y controversias en poblaciones que reclaman
graves perjuicios por la aplicación de agroquímicos.
En un
juicio que se ventila en Córdoba, una de las principales
observaciones respecto de las aplicaciones de productos como
endosulfán y glifosato tienen que ver con su manipulación y la falta
de cumplimiento de
la normativa que
impide la fumigación sobre poblaciones.
En el Chaco una nueva
ley sobre el uso de agroquímicos fija distancias mínimas acordes con
las máximas que existen en el país para las aéreas que será de 1500
metros y de 500 m para las fumigaciones terrestres. Adicionalmente
se le otorga a la Autoridad de Aplicación que es el Ministerio de
Medio Ambiente, la posibilidad de ampliar estas distancias.
De tal manera se va
imponiendo en varias provincias la necesidad de adoptar
precauciones en el uso de agroquímicos y fortalecer un desarrollo
sustentable con resguardo ambiental, bajo un principio precautorio
del ambiente y la salud de la población, que debe ser entrenada,
educada y contar con información pública suficiente.
No podremos mejorar
responsablemente el sistema de control y manejo de agroquímicos
si estas cuestiones permanecen en la oscuridad.
Ante el dinamismo que
en la última década alcanzara la oferta de fertilizantes y herbicidas
compatibles con el uso de semillas transgénicas para nuestra
producción agrícola, el Estado debe extremar los cuidados para
garantizar el uso seguro de productos fitosanitarios y el control de la
disposición final de envases.
Las innovaciones
tecnológicas incorporadas a la agricultura, la introducción de
transgénicos y la adopción de la siembra directa. con altos
beneficios en el rendimiento de los cultivos y reducción de costos a
los productores, deben guardar equilibrio en su aplicación, con la
adopción de severas medidas de control sobre los
agroquímicos.
Es preciso que las
medidas de control de productos tóxicos en el agro cubran todas las
etapas, desde su producción hasta su disposición final, incluyendo
su almacenamiento, comercialización y, especialmente, su
aplicación, con la finalidad prioritaria de garantizar la salud de la
población.
Según datos de la
Organización Mundial de la Salud, OMS, anualmente dos millones de
personas se intoxican por exposición directa o indirecta de
plaguicidas y de este total las 3/4 partes de afectados pertenecen a
países en desarrollo, donde únicamente se utiliza el 25% de la
producción mundial de plaguicidas.
El contacto con
pesticidas y su entrada al organismo se produce por exposición
laboral y en el hogar debido a usos y aplicaciones incorrectos, falta
de medidas preventivas y de protección, almacenamiento
inadecuado, reutilización de envases y, desde luego, las
fumigaciones aéreas.
Son conocidos los
efectos de la intoxicación aguda por plaguicidas sobre el organismo
humano. Síntomas dermatológicos, neurológicos, oculares, cardio
respiratorios, digestivos, antecedentes de aborto y otros síntomas
inespecíficos. Además debemos destacar que los mayores niveles
de morbi mortalidad por intoxicación aguda se observan en niños y
adolescentes.
Consecuentemente en
relación a la utilización de agroquímicos se debe priorizar la
seguridad laboral, y generar modelos de prevención y planificación
ante accidentes con sustancias tóxicas.
No podemos ignorar
que el uso de agroquímicos provoca trastornos severos en la salud
humana y el medio ambiente, según su grado de toxicidad que debe
ser objeto de una precisa normativa y eficiente control en su
aplicación.
Por ello, no puede
legitimarse la mayor productividad agropecuaria sin tener en
cuenta criterios vinculados a la salud pública y la protección del
medio ambiente evitando su degradación.
Es preciso tener muy
en cuenta además, los factores culturales en cada región, ya que la
población rural más expuesta presenta factores socioeconómicos y
culturales, como el analfabetismo, la ausencia de servicios sanitarios
accesibles, viviendas precarias y necesidades básicas insatisfechas,
que favorecen la ausencia de cuidados con respecto a la salud.
Son situaciones que se
agudizan con la utilización de agroquímicos y que debemos
defender con absoluta convicción.
Por todo lo expuesto,
pido el apoyo de mis pares para dar aprobación al presente
proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MALDONADO, VICTOR HUGO | CHACO | UCR |
SANTIN, EDUARDO | BUENOS AIRES | UCR |
TUNESSI, JUAN PEDRO | BUENOS AIRES | UCR |
ORSOLINI, PABLO EDUARDO | CHACO | UCR |
BURYAILE, RICARDO | FORMOSA | UCR |
NEGRI, MARIO RAUL | CORDOBA | UCR |
ALFONSIN, RICARDO LUIS | BUENOS AIRES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |