PROYECTO DE TP
Expediente 5369-D-2011
Sumario: "FONDO COMPENSADOR PARA EL TRANSPORTE DE CARGAS DEL NOA": CREACION.
Fecha: 02/11/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 165
El Senado y Cámara de Diputados...
La Cámara de Diputados de la
Nación, sanciona con fuerza de ley:
Art. 1º - Créase el "Fondo
Compensador para el Transporte de Cargas en el NOA", en el marco de las
competencias que la Ley de Ministerios Nº 22.520, Titulo V "Del Jefe de
Gabinete de Ministros y de cada Ministerio en particular", Artículo 20º ter, Inc.
4, le asigna al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca.
Art. 2º - El "Fondo
Compensador para el Transporte de Cargas en el NOA", se aplicará a todos los
productores de granos, cereales y oleaginosas, de las provincias de Santiago
del Estero, Salta, Tucumán y Jujuy (NOA), que se encuentran a las de 800 Km.
del Puerto de Rosario, Provincia de Santa Fe.
Art. 3º - El "Fondo
Compensador para el Transporte de Cargas en el NOA", se hará efectivo
mediante la compensación de la diferencia de distancia existente entre la
Ciudad de Jesús María, Provincia de Córdoba, ubicada a 450 Km. del Puerto de
Rosario, y el lugar de carga de la mercadería.
Art. 4º - La distancia entre
el lugar de carga de la mercadería y la Ciudad de Jesús María se consignará
directamente en el Formulario 1116 "B" o "C" de venta de granos, o el que lo
reemplace en el futuro, y será reintegrada por medio del Ministerio de
Agricultura, Ganadería y Pesca, en la cuenta de cada productor por medio de su
CBU (Clave Bancaria Unificada).
Art. 5º - El plazo que
tendrá el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca para realizar el deposito
de la compensación a cada productor será de 30 días (treinta) corridos, desde
el momento de recibir el Formulario 1116 "B" o "C".
Art. 6º - De Forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En los orígenes mismos de nuestra
Nación (y aún cuando aún perduraba el Virreinato del Río de la Plata) al
separarse de otras zonas económicamente ricas (como en ese entonces lo era
el Alto Perú), la economía del país comenzó a desarrollarse a través de nuestro
puerto (con la exportación primaria de los cueros) a la que le siguió nuestro
litoral argentino, producto de contar con el único río navegable con el que
cuenta nuestro país.
Esta situación llevó a sumirse en la
marginalidad al NOA, y zonas aledañas que no contaban con la posibilidad de
transportar a valores razonables sus producciones, y allí comenzaron otros
problemas entre le interior pobre y el puerto rico, cual fue la negativa del
interior a la importación de productos que hacían imposible competir con los
productos autóctonos y la necesidad de trasladarlos hasta los centros de
consumo.
Hasta ese entonces estos pueblos
vivían de administrar el costoso proceso de transportar el valioso cargamento a
España, constituyendo ello en si mismo su fuente de generación de
riquezas.
Hasta que llegó el ferrocarril, y
permitió generar el concepto de "tarifa parabólica" que consistía en evitar la
proporcionalidad normal entre la distancia y el flete, de manera que,
encareciendo los trayectos cortos, permite abaratar los largos; o dicho de otra
manera; los encarece en razón decreciente.
Ello permitió de alguna manera no
solo equiparar cuestiones insoslayables como la ubicación geográfica de los
pueblos del interior más alejados de los puertos y centros de consumo, sino
que permitir su desarrollo equitativo, logrando que se poblara nuestro
país.
La cita histórica mencionada, sirve
como antecedente para explicar la situación actual de las provincias del
noroeste argentino con respecto al desarrollo productivo y social, que se
diferencia sustancialmente de otras regiones, climática y territorialmente mas
favorecidas.
En el pasado reciente, las
producciones contaron (hasta el año 2000) con algún sistema que les permita
"alivianar esta gravosa diferencia" bajo distintas modalidades y nombre, solo a
modo de ejemplo cabe destacar la Resolución 1815 de la ex Junta Nacional de
Granos sobre máximo 500 Km., el llamado Puerto Seco, la eliminación del
canon ferroviario, entre otros sistemas de disminución en los costos de
transporte con los que siempre contó el NOA.
Pese a los avances en la
negociación, luego del conflicto por las retenciones móviles, no pudo lograrse el
proyecto planteado por el sector agropecuario, denominado "compensación de
fletes".
Otro reclamo que resulta
conveniente mencionar es el de la necesidad de inversión y puesta en
funcionamiento del FF.CC General Belgrano Cargas, que por su extensión y
distribución permitiría sacar la producción de todo el NOA y NEA y no solo por
los puertos de Buenos Aires y Rosario, sino también por el Pacífico siendo una
ventaja comparativa muy importante para nuestras producciones con la vista
puesta en los cada vez más fuertes mercados asiáticos.
Sin embargo, la realidad nos indica
que nos encontramos más cerca de cumplir una década sin ningún sistema que
nos permita paliar esta diferencia asimétrica que tanto nos perturba a todos los
integrantes de las distintas cadenas productivas de estas regiones.
Considero pertinente crear dentro
del ámbito de la Nación, un sistema que nos permita mejorar sustancialmente
la competitividad y rentabilidad, sabiendo que ello permitirá que esa renta sea
distribuida en la región con lo que automáticamente mejorarían los indicadores
de pobreza y exclusión.
La compensación, o tarifa
diferencial debe recaer directamente en el productor y no en los transportistas,
ya que si hablamos de FF.CC, hoy solo es operable, con lo cual un beneficio
directo a dicha empresa solo favorecería el Oligopolio de las dos empresas
dadoras de cargas más importantes (AGD y BUNGE) y si se hace al
transportista camionero (como ya se hizo con la reducción de los aportes
patronales o el peaje) no llega al productor en una REAL rebaja de la tarifa de
flete.
También se debe considerar que
hoy se encuentran habilitados y funcionando los sistemas para la devolución
directa al productor (Ej. IVA en el CBU de cada productor), y por ello estimo
que un sistema que, permita la compensación de fletes es posible.
En cuanto a la cuestión del
financiamiento del sistema, debería surgir contemplando un mix de aportes:
una parte a través del sinceramiento de tarifas públicas y transporte de
pasajeros en la Capital Federal que en nada benefician al interior; y la otra a
través de la masa de dinero que estas provincias aportan en concepto de
retenciones a las exportaciones por sus producciones agrícolas de igual forma
que lo hacen provincias de las zonas núcleos, que tienen otras condiciones para
la producción, como el clima, el suelo, y las cercanías a los puertos.
El caso de los granos y cereales,
presentan una situación grave, ya que con la pretensión de incremento de las
tarifas de la Asociación de Transportes de Cargas (las que rondan un 50 %
respecto de las abonadas en la campaña anterior) cultivos como el sorgo
dejarían de ser viables, y correrían serios peligros otros como el maíz y el trigo;
en el caso del maíz es esencial en cualquier proceso de rotación de suelos de
manera de darle la debida y responsable sustentabilidad al cultivo de la soja;
que justo es decir aún hoy mantiene un valor internacional rentable, pero
volátil, que no permite estimar por cuanto tiempo se mantendrá, y si es una
realidad la estructura de costos en un nivel cada vez más alta.
Con la finalidad de ejemplificar
más gráficamente presento un cuadro donde se pueden observar en forma
comparativa distancias desde las principales zonas productoras a puertos de
Rosario, los valores actuales de soja y maíz vigentes y la incidencia porcentual
sobre el valor producto:
Con valores actualizados al mes
de Noviembre de 2007, se observa lo siguiente:
Con valores actualizados al mes
de Abril de 2008:
Con valores actualizados al mes
de Febrero de 2009 se obtiene:
Con valores actualizados al mes
de Octubre de 2009 e incorporando otras provincias al análisis como Jujuy,
Chaco y Catamarca:
Con valores actualizados al mes
de Marzo de 2010 e incorporando otras provincias al análisis como Jujuy, Chaco
y Catamarca:
El proyecto de Compensación
consiste en establecer una distancia promedio de una zona núcleo de
producción del centro del país (la Ciudad de Jesús María) cuya distancia a
puerto es de aproximadamente 450 Km. (a Puerto San Martín-Rosario), y con la
tarifa orientativa de flete ya acordado en dicha zona establecerla como
promedio de distancia en el esquema de compensación para todo el NOA. Es
decir que bajo este esquema cualquier localidad comprendida entre las
localidades productoras del NOA, (oeste de Santiago del Estero, sur de
Catamarca; Salta; Jujuy y Tucumán) se encontraría a una distancia de 450
kilómetros de puerto y consecuentemente conforme a tarifa de flete camionero
debería tener una incidencia de pesos ochenta y seis ($86), acorde a los valores
de año 2010.
La diferencia real al lugar de
carga (siempre desde el NOA) será la distancia a compensar al productor a
través del mecanismo establecido a través del Fondo compensador
administrado por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, que por la Ley
22.520 faculta a este ministerio para "ejecutar políticas de reembolsos y
reintegros a la exportación y aranceles".
A efecto de ejemplificar el
proyecto adjunto una planilla con lo que estimo demandará en valores la
aplicación de una Compensación en el sistema de flete para el productor del
noroeste argentino.
Con valores de Fletes
actualizados al mes de Abril de 2008 y con la medida de compensación del 50%
del valor de flete para zonas con distancias mayores a 500 Km. del puerto de
Rosario, adoptada por el Poder Ejecutivo, se obtiene lo siguiente:
Con valores actualizados al mes
de Febrero de 2009 y con la diferencia a compensar de 450 Km. por lejanía a
los principales puertos, los valores que se obtienen son los siguientes:
Con valores actualizados al mes
de Octubre de 2009 y con la diferencia a compensar de 450 Km. por lejanía a
los principales puertos, los valores que se obtienen son los siguientes:
Con valores actualizados al mes
de Marzo de 2010 y con la diferencia a compensar de 450 Km. por lejanía a los
principales puertos, los valores que se obtienen son los siguientes:
Considero que este "Fondo
Compensador para el Transporte de Cargas en el NOA" es indispensable tanto
para el sector agropecuario del noroeste del país para disminuir el costo de
producción y a su vez para estimular la misma. Pero también es importante
para hacer más competitivo a los productos de la región.
Son estos los argumentos
expongo para solicitar a mis pares que acompañen este proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CASAÑAS, JUAN FRANCISCO | TUCUMAN | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
TRANSPORTES (Primera Competencia) |
AGRICULTURA Y GANADERIA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 23/05/2012 | |
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 27/06/2012 |