PROYECTO DE TP
Expediente 5366-D-2010
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LOS FONDOS NECESARIOS PARA HACER FRENTE A LA EMERGENCIA AGROPECUARIA A RAIZ DE LAS HELADAS PRODUCIDAS EN VARIOS DEPARTAMENTOS DE ORAN, ANTA, SAN MARTIN Y GÜEMES DE LA PROVINCIA DE SALTA, EN EL MARCO DE LAS DISPOSICIONES CONTEMPLADAS EN LA LEY 26509.
Fecha: 21/07/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 100
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder
Ejecutivo Nacional, para que por intermedio del Ministerio de
Agricultura, y en el marco de las disposiciones contempladas
en la ley 26.509, se acuerden de manera inmediata los fondos
necesarios para hacer frente a la emergencia agropecuaria a
raíz de las heladas producidas en los departamentos de Orán,
Anta, San Martín y Güemes, de la Provincia de Salta, en base
a la evaluación efectuada por los comités de emergencia
provincial y nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente
proyecto solicita al Poder Ejecutivo, que de inmediato acuda
en ayuda de los departamentos de Orán, Anta, San Martín y
Güemes, de la provincia de Salta, afectados por intensas
heladas que han producido daños en los cultivos superiores al
50%.
La situación en
los mencionados Departamentos surgió de extrema helada
que afectó y afecta a toda la región, lo que ha provocado
importantes pérdidas en los cultivos, especialmente áreas con
hortalizas y frutas, a lo que se suman daños significativos en
las pasturas.
Relevamientos
iniciales realizados por técnicos de las zonas afectadas, dan
cuenta de pérdidas superiores al 50%, por lo que se estima
que de reiterarse las condiciones climáticas adversas puede
llegar a ser las pérdidas, totales.
Aseguran que los
daños en los cultivos son irreversibles y que provocará
pérdidas millonarias, que los productores de hortalizas y
frutas estiman irreparables al final de la campaña.
La evaluación
inicial se esta realizando con datos aportados por los
chacareros y técnicos de la zona, y se presentó en el
Ministerio de Desarrollo Económico de la provincia de Salta,
un pedido para que se declare la emergencia agropecuaria a
nivel provincial y nacional de acuerdo a lo establecido en la
Ley 26.509.
La Asociación de
Frutas y Hortalizas de Salta, informó significativas pérdidas a
causas de las inclemencias climáticas entre ellas la zona de
Colonia Santa Rosa, habiéndose malogrado la producción
bananera y una parte sustancial de la producción de tomates,
cebolla, zapallitos y otras hortalizas, de la que solo habría
salido indemne aquella que se encontraba en
invernaderos.
Zonas de los
Departamentos señalados han sufrido cinco heladas con
consecuencias irreversibles y difíciles de cuantificar en pesos
al momento, pero sí en porcentual de pérdidas que
inicialmente superan el 50%, por temperaturas de hasta -5º
C.
Los fondos que
se requieren a ser asignados, se afectarán para afrontar el
desastre agropecuario con la finalidad de:
a) lograr el
financiamiento para la asistencia de los productores
agropecuarios afectados por los fenómenos climáticos,
debiéndose incluir en la cesión de subsidios directos y
específicos;
b) el
financiamiento para la recuperación de la capacidad de
producción de la superficie afectada por las intensas heladas y
que afectaron distintos cultivos.
Esta situación
requiere una rápida asignación de los beneficios
contemplados en la Ley 26.509, con lo que se
conseguiría:
- Prórroga del
vencimiento del pago de los impuestos existentes o a
crearse,
- Eximir total
o parcialmente de los impuestos sobre los bienes personales y
a la ganancia mínima presunta sobre aquellos bienes
pertenecientes a explotaciones agropecuarias e inmuebles
rurales arrendados,
- Deducirse
en el balance impositivo del impuesto a las ganancias, el cien
por ciento (100%) de los beneficios derivados de las ventas
forzosas de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina;
- Liberación
del pago arancelario del Mercado Nacional de Hacienda, a las
haciendas que ingresen en dicho mercado procedentes de
zonas de desastre;
- Suspensión
por parte de la AFIP, hasta el próximo ciclo productivo
después de finalizado el período de emergencia o desastre
agropecuario, la iniciación de los juicios de ejecución fiscal
para el cobro de los impuestos adeudados; etc.
Por otra parte, el
marco legal citado y su Reglamentación por Decreto Nacional
1.712/09 (B.O. 12/11/2009), conjuntamente con la Resolución
de la AFIP-DGI-ADUANA Nro 2.723, Art.2 Art 3, Art 9, Art 10,
Art 11 y Art 15; así como también resoluciones del Sistema
Nacional para la Prevención y Mitigación de Emergencias y
Desastres Agropecuarios (Consejo Consultivo de Emergencia
Agropecuaria - Comisión Nacional de Emergencias y Desastres
Agropecuarios) que otorgan una protección especial a
aquellos productores que hayan resultado damnificados por
un fenómeno de carácter excepcional e inevitable,
coadyuvarán a mitigar los efectos de la emergencia.
Por todo lo
expresado, solicito a mis pares la aprobación del presente
proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DAHER, ZULEMA BEATRIZ | SALTA | PERONISMO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
15/09/2010 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |