PROYECTO DE TP
Expediente 5346-D-2013
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA LA INSTALACION DEL SERVICIO DE TELEFONIA MOVIL EN DIVERSAS LOCALIDADES DE LA PROVINCIA DE SALTA.
Fecha: 18/07/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 92
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Que vería con agrado que el Poder
Ejecutivo Nacional, por medio de los organismos que correspondan, arbitre las
medidas necesarias para promover la instalación del servicio de telefonía móvil en
las localidades y parajes de La Puerta, Alumbre, Refugio, La Sala, Condorhuasi,
Calome, Amaicha, Churcal, Tacuil y Hualfin, del departamento de Molinos,
provincia de Salta.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Departamento de Molinos es uno
de los que tienen más dificultades de acceso, por la altitud a la que se encuentra;
ese aislamiento genera problemas de falta de comunicación en lo que a telefonía
móvil se refiere.
Por lo tanto promovemos este
proyecto para instar al Poder Ejecutivo para que se genere la comunicación por
telefonía celular de las localidades y parajes mencionados. Muchos de estos
lugares son alejados y la falta de este servicio fundamental no solo genera
inquietud en sus habitantes, sino también en los que transitan en vehículos por
esas zonas y ante cualquier eventualidad, carecen de señal.
Las inquietudes de los lugareños nos
llegan por medio de la declaración N° 34/2013 de la Cámara de Senadores de
Salta, por la que se requiere la iniciativa que esté al alcance de esta H. Cámara de
Diputados de la Nación. Es por esto que ponemos de manifiesto que la falta de
comunicación se solucionaría instalando antenas de radiofrecuencia, algo que
corresponde a las empresas de telefonía móvil, cuya financiación está prevista en
la normativa vigente sobre el Servicio Universal y su fondo fiduciario, el que fue
creado justamente para ser utilizado en estas circunstancias, por las que el servicio
no resulta rentable para las empresas.
En efecto, el Decreto 764/200 que
establece el Reglamento del Servicio Universal y a la normativa que lo
complementa, como la Resolución 80/2007 de la Secretaría de Comunicaciones,
determina el monto del 1 % de la facturación de las empresas de telefonía móvil
para la integración de ese fondo y el decreto 558/2008, establece el alcance del
Servicio Universal como "el conjunto de servicios y programas, variables en el
tiempo, definidos por el Estado Nacional, destinados a la población en general con
una determinada calidad y a precios accesibles, a los que se deberá tener acceso,
con independencia de su localización geográfica y sus condiciones sociales,
económicas y las referidas a impedimentos físicos". En este sentido se deben
generar estímulos, como subsidios, los que deben estar dirigidos según estos
criterios: "a) áreas no cubiertas o con necesidades insatisfechas: áreas excluidas
de la obligación de servicio a tarifa básica por parte de los prestadores históricos; y
b) grupos de clientes con necesidades insatisfechas: grupos de clientes que por
sus necesidades sociales especiales o por características físicas, económicas, o de
otra índole, tengan limitaciones de acceso a los servicios, independientemente de
su localización geográfica".
Esta regulación habilita la obligación
de las empresas de telefonía móvil para que instalen las antenas de
radiofrecuencia en zonas aisladas como las que se requieren y le da la facultad el
Poder Ejecutivo para exigir su cumplimiento.
Por lo expuesto, solicitamos a
nuestros pares que nos acompañen en este proyecto de declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BIELLA CALVET, BERNARDO JOSE | SALTA | UDESO SALTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia) |