PROYECTO DE TP
Expediente 5342-D-2011
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION LAS BODAS DE PLATA DE LA CARRERA DE EDUCACION ESPECIAL PERTENECIENTE AL INSTITUTO DE NIVEL TERCIARIO "MIGUEL NEME", A CELEBRARSE EL DIA 12 DE NOVIEMBRE DE 2011 EN LA CIUDAD DE LAS BREÑAS, PROVINCIA DEL CHACO.
Fecha: 02/11/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 165
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Declarar de Interés
educativo las Bodas de Plata de la Carrera de Educación Especial
pertenecientes al Instituto de Nivel Terciario ¨Miguel Neme¨, a
celebrarse el día 12 de Noviembre de 2011, en la Ciudad de Las
Breñas, provincia de Chaco.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El día 12 de Noviembre
de 2011, en la Ciudad de Las Breñas, se celebrará el Acto
Institucional de las Bodas de Plata del Profesorado de Educación
Especial Orientación Discapacidad Intelectual, logrando de esta
manera el trabajo permanente e ininterrumpido al servicio del
sistema educativo en general y de la comunidad chaqueña toda en
particular.
Señor Presidente el
Instituto de Nivel Terciario Miguel Neme de esta ciudad, cumplió sus
37 años de vida institucional educativa integrado a su comunidad
breñense, del sudoeste y toda la provincia.
El Instituto inició sus actividades el 20 de mayo de 1974 como
consecuencia de que en 1970 la Escuela Normal Mixta Provincial Nº
1 Domingo Faustino Sarmiento, debido al cambio de planes de
estudio se convirtió en Bachillerato Nº 2 y así finalizó el ciclo del
magisterio en Las Breñas después de haber dado más de mil
maestros normales provinciales. Apenas transcurridos dos años se
notó la falta de maestros y la necesidad de contar con un instituto
de formación docente para capacitar a los futuros educadores del
nivel primario. Ya en 1971 una comisión de vecinos quienes
gestionaron ante las autoridades provinciales la creación de un
instituto en Las Breñas que cubriera la necesidad educativa antes
mencionada, teniendo en cuenta que en ese momento en la
provincia funcionaban tres institutos docentes, dos en Resistencia y
uno privado en Presidencia Roque Sáenz Peña.
Si bien en el primer
momento las autoridades de facto no habían tomado ninguna
resolucion, accedieron a la solicitud de Las Breñas, con el
advenimiento del gobierno democrático, retomando esa bandera
otra comisión promotora y respondiendo a los antecedentes de la
Escuela Normal Provincial Nº 1, el Consejo General de Educación
crea por resolución 1.724/1974 el Instituto de Formación Docente
de Las Breñas, comenzando a dictar sus clases regularmente el 20
de mayo de 1974 en el Bachillerato Nº 2.
Con respecto a la
creación de la carrera de Profesorado de Educación Especial con
Orientación de Discapacidad Intelectual fue realizada bajo resolución
Provincial 1697/82, siendo superadora frente a cambios históricos,
políticos y sociales respondiendo a las demandas locales regionales
y nacionales.
La Organización de las
Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO)
define la inclusión como "una estrategia dinámica para responder en
forma proactiva a la diversidad de los estudiantes y concebir las
diferencias
individuales no como
problema sino como oportunidades para enriquecer el
aprendizaje".
Las diferencias en
educación son lo común y no la excepción, y la inclusión consiste
precisamente en transformar los sistemas educativos y otros
entornos de aprendizaje para responder a las diferentes necesidades
de los estudiantes.
La inclusión es, por
tanto, una nueva visión de la educación basada en la diversidad, en
la que se destacan cuatro
elementos
fundamentales:
• La inclusión es un
proceso, una búsqueda permanente de la mejor manera de
responder a las diferencias.
• La inclusión busca
identificar y remover barreras, estar atentos a los obstáculos al
aprendizaje y la participación, y hallar la mejor manera de
eliminarlos.
• La inclusión se refiere
tanto a la presencia como a la participación y el logro de todos los
estudiantes.
• La inclusión pone
especial cuidado en aquellos grupos de estudiantes con mayor
riesgo de ser marginados, excluidos o de tener rendimientos
menores a los esperados.
La educación inclusiva
se refiere a la capacidad del Sistema Educativo de atender a todos,
niñas y niños, sin exclusiones de ningún tipo. Para ello, es necesario
abordar la amplia gama de diferencias que presentan los
estudiantes y asegurar la participación y el aprendizaje de cada uno
de ellos en el marco de servicios comunes y universales.
En definitiva, la educación inclusiva apunta a que todos los
estudiantes de una determinada comunidad aprendan juntos
independientemente de sus condiciones personales, sociales o
culturales.
Los equipos
consultados señalan que la inclusión debe ser una responsabilidad
de todo el Sistema Educativo, de cada uno de los niveles y
modalidades del Sistema, también de la educación superior. Pero
sostienen que en reiteradas situaciones se identifican problemas de
inclusión con responsabilidades exclusivas de la Educación
Especial.
Se Propone entonces el
desarrollo compartido de culturas y políticas para el logro de
prácticas inclusivas.
Afirman la necesidad
de trabajar el concepto en los diferentes ámbitos para profundizar
acuerdos respecto de su interpretación. Asimismo, consideran que
en este marco debe repensarse el concepto de integración.
También vinculan el
concepto inclusión educativa a la formación que deben recibir los
docentes de todo el Sistema para trabajar con las diferencias y la
integración educativa.
Es por ello, que nos
adherimos a la celebración de los 25 años de la carrera de
Profesorado de Educación Especial Orientación Discapacidad
Intelectual, cuyo objetivo es responder a los desafíos de los nuevos
tiempos, en relación a la problemática de la discapacidad.
Señor Presidente, por
todo lo expuesto, es que solicito la aprobación del proyecto que
someto a consideración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DAMILANO GRIVARELLO, VIVIANA MONICA | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
EDUCACION (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
08/11/2011 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones en los términos del articulo 114 del reglamento de la H. Cámara |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 2961/2011 | CON MODIFICACIONES; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 36/2011 | 24/11/2011 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 29/12/2011 | APROBADO |