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PROYECTO DE TP


Expediente 5337-D-2014
Sumario: REGLAMENTO DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION: MODIFICACION DEL ARTICULO 150 SOBRE USO DE LA PALABRA, TERMINOS.
Fecha: 07/07/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 81
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Artículo 1.- Modificar el artículo 150 del Reglamento de la Cámara de Diputados de la Nación, el cual quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 150.- Con excepción de los plazos establecidos en el artículo 138, cada diputado, en la discusión en general podrá hacer uso de la palabra solo una vez, a menos que tenga que rectificar aseveraciones equivocadas que se hayan hecho sobre sus palabras, en cuyo casó dispondrá de cinco minutos.
Cada uno de los miembros informantes de los despachos de mayoría y minoría y el autor del proyecto podrá hacer uso de la palabra durante veinte minutos.
Los diputados que hayan firmado en disidencia parcial los dictámenes de Comisión, y aquellos diputados que hubieren formulado observaciones a los mismos, de conformidad con lo prescripto en el artículo 113, podrán hacer uso de la palabra durante diez minutos.
Los demás diputados, en sus exposiciones individuales, deberán limitar las mismas a siete minutos.
Finalizadas las exposiciones individuales. El Diputado que asuma la representación de un sector político de la Cámara, podrá hacer uso de la palabra conforme el número de diputados que represente, por el tiempo que se estable a continuación:
Si el bloque posee entre 1 a 3 diputados, podrá utilizar hasta doce minutos.
Si el bloque posee entre 4 a 10 diputados, podrá utilizar hasta quince minutos.
Si el bloque posee más de 10 diputados, podrá utilizar hasta veinte minutos.
Los plazos establecidos para el uso de la palabra tienen carácter de improrrogables."
Artículo 2.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de resolución tiene como objeto modificar el artículo 150 del Reglamento de esta Honorable Cámara de Diputados, el cual establece los términos en que los diputados hacen uso de la palabra durante el debate del cuerpo.
Consideramos que resulta necesario adecuar el reglamento a la realidad parlamentaria para garantizar así la representación de todos los sectores políticos que componen la Cámara de Diputados al momento del cierre del debate, y asimismo dotarlo de mayor operatividad, dinamismo y asegurando su poder de ordenamiento durante el debate de los proyectos en las sesiones parlamentarias.
El proyecto tiene dos aristas a tratar. Por un lado, se incorpora tiempo de alocución para el llamado "cierre por bloque" (conocido de esa forma en la jerga parlamentaria) por parte de los representantes o "jefes" de las distintas bancadas políticas; y por el otro, se busca revalorizar las disidencias parciales y las observaciones al momento de ser considerados en el recinto.
Respecto de la incorporación del llamado "tiempo de cierre", encontramos necesario plasmar en el artículo en cuestión aquello que la práctica y costumbre parlamentaria han venido desarrollando, pero hasta ahora reservado a los bloques mayoritarios. En este sentido, podemos observar que una vez finalizadas las exposiciones individuales de los señores diputados, y antes de la votación del proyecto sometido a consideración, aquéllos que asumen la representación de los distintos principales sectores políticos de ésta Cámara hacen uso de la palabra y a modo de conclusión fijan la posición de su bancada respecto al tema en tratamiento. De esta manera este tiempo se superpone con el tiempo por bloque que el actual artículo 150 otorga luego del informe de quienes han presentado dictámenes, por lo que proponemos fusionarlo y ubicarlo al cierre del debate.
En virtud de ello, se establece que los bloques parlamentarios, conforme el número de miembros que lo integran dispondrán de minutos para que su representante o jefe de bloque pueda exponer a modo de cierre sobre el asunto sometido a tratamiento. El tiempo que se establece es el siguiente: a) Si el bloque posee entre 1 a 3 diputados, podrá utilizar hasta doce minutos; b) Si el bloque posee entre 4 a 10 diputados, podrá utilizar hasta quince minutos y c) Si el bloque posee más de 10 diputados, podrá utilizar hasta veinte minutos.
Por otro lado, en cuanto al uso de la palabra por parte de los diputados que hayan realizado observaciones a las órdenes del día, sabemos que el artículo 153 del reglamento establece que en el caso de despachos sin disidencias generales pero con observaciones "...el miembro informante podrá usar la palabra durante quince minutos y sólo podrán intervenir en el debate en general, el autor del proyecto, un representante de cada sector político y los diputados que hubiesen formulado observaciones...", de manera que, se encuentra reglamentada la posibilidad de que quien realizó observaciones pueda expedirse al respecto durante el tratamiento en pleno, sólo en el caso de despachos sin disidencias generales. En cambio, con esta modificación procuramos complementar la disposición del art. 153, estableciendo que todo diputado que haya realizado observaciones a los despachos dispondrán de un tiempo para hacer uso de la palabra a continuación del informe de los dictámenes (sin diferenciar si el despacho ha tenido o no disidencias).
Asimismo, en igual sentido los integrantes de la Comisión que dictaminó sobre el proyecto en consideración que firmaron en disidencia parcial también podrán hacer uso de la palabra durante dicho tramo, a fin de poder explayar las razones de su disidencia.
El debate en el Congreso debe ser democrático, plural y de calidad. Es importante que aquí se expresen y expongan las diferentes iniciativas de cada legislador. La libertad de argumentación es indispensable para el fortalecimiento de nuestra democracia. Todo debate legislativo requiere plazo, equilibrio, argumentos, respeto y, ante todo, un aporte de valor a la discusión.
Por lo expuesto, solicitamos la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SANCHEZ, FERNANDO CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA ARI - UNEN
LOUSTEAU, MARTIN CIUDAD de BUENOS AIRES SUMA + UNEN
CARRIZO, ANA CARLA CIUDAD de BUENOS AIRES SUMA + UNEN
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0266-D-15