Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 5334-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LAS MEDIDAS ADOPTADAS ANTE EL AUMENTO DE LAS RETENCIONES A LA EXPORTACION DE SOJA.
Fecha: 21/11/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 156
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo que a través de los organismos que correspondan informe qué medidas se tomarán para que el aumento de las retenciones a la exportación de soja establecidos por las Resoluciones Nº 368 y Nº 369 del Ministerio de Economía y Producción, alcance a las ventas declaradas por los exportadores con anterioridad al 7 de noviembre de 2007, que no acrediten haber comprado el tonelaje comprometido en dichas declaraciones.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El aumento de las retenciones para la exportación de soja desde 27,5% hasta 35% producirá -si no se toman medidas al respecto- que aquellos exportadores que registraron ventas anticipadas anteriores al anuncio del aumento, usufructúen la diferencia de 7,5% que debiera recaudar el Estado Nacional. Teniendo en cuenta que los granos para cubrir esas ventas todavía no han sido comprados a los productores, cuando se efectivice la compra se la realizará al precio de mercado de ese momento, que será menor en la misma proporción que el aumento de la retención.
Las ventas declaradas con anterioridad al aumento no están gravadas con el 35% sino con el 27,5% anterior, pero la compra que el exportador deberá realizar al productor para cumplir su compromiso tendrá descontado el aumento. De manera que si el Estado resolviera que las ventas anteriores que no tengan su contrapartida en compras a los productores tributen el 35%, no se perjudicaría al exportador, ya que la diferencia de 7,5% no estaba en sus cálculos en el momento de declarar la venta. Por el contrario como es alcanzada con el 27,5%, perjudicará a los agricultores sin ningún beneficio fiscal.
Las ventas de soja declaradas con anterioridad al 7 de noviembre (día en que se dictó las resoluciones 368 y 369 del Ministerio de Economía) son aproximadamente 19.000.000 de toneladas, cuando el año pasado en la misma fecha eran algo menos de 5.000.000 de Tm, o sea una diferencia de 14.000.000 de Tm que evidentemente son la consecuencia de que la prensa anunció el aumento un mes antes de que se produjera. El valor de la tonelada de soja es hoy de U$D 352, que multiplicado por 14.000.000 nos da U$D 5.200.000.000 y a su vez el 7,5% (diferencia entre 27,5 y 35%) de esa cifra es U$D 366.000.000 o sea el monto que el Estado dejará de percibir y que obviamente tampoco recibirán los agricultores.
Son cifras enormes que el Estado no puede reasignar gratuitamente. Si se tomaran medidas para evitarlo, no se estaría perjudicando a los exportadores, sólo se eliminaría un beneficio extraordinario e injustificado, con el mismo espíritu con que impuso las retenciones a la exportación, que son un mecanismo destinado a compensar la brusca devaluación del peso y por supuesto a equilibrar el Presupuesto Nacional y evitar la suba de los precios internos, pero con el agravante de que en este caso se beneficia a cuatro empresas extranjeras que concentran el 80% del nuestro comercio de granos.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GARIN DE TULA, LUCIA CATAMARCA UCR
MORINI, PEDRO JUAN SANTA FE UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 126 (2008), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 12/03/2008