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PROYECTO DE TP


Expediente 5332-D-2008
Sumario: TRASPLANTE DE ORGANOS Y TEJIDOS, LEY 24193: MODIFICACION DEL ARTICULO 16 (COBERTURA DE GASTOS).
Fecha: 24/09/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 129
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1. Modifíquese el artículo 16 de la Ley 24.193 "De Trasplante de Órganos y Tejidos" el que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTICULO 16º - En ningún caso los gastos vinculados con la ablación y/o el implante, como sí también los posteriores tratamientos médicos relacionados con el transplante, estarán a cargo del dador o de sus derechohabientes. Dichos gastos estarán a cargo de las entidades encargadas de la cobertura social o sanitaria del receptor, o de éste cuando no la tuviera.
Las entidades encargadas de la cobertura social o empresas privadas de medicina prepaga deberán notificar fehacientemente a sus beneficiarios si cubre o no sus gastos.
Articulo 2 .De forma

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El objetivo principal de este proyecto de Ley, tiene que ver con poder brindar cobertura médica necesaria a aquellas personas que realizan el inmenso acto solidario de donar en vida un órgano para poder brindar la posibilidad de vivir o de mejorar la calidad de vida a otro.
La ablación de los órganos no sólo se realiza sobre los llamados "donantes cadavéricos", sino también sobre donantes vivos. Por supuesto, se trata de órganos cuya presencia no resulta indispensable para vivir.
Sólo ante una necesidad extrema se plantea la posibilidad del donante vivo, debiendo existir un vínculo familiar de acuerdo a la legislación vigente (Ley 24.193). Esta alternativa es únicamente para trasplantes renales y hepáticos.
Actualmente, la cobertura médica post-transplante, es gratuita para las personas transplantadas, no así para los donantes. Ante la consulta con especialistas del INCUCAI, ellos sostienen que son excepcionales los casos en donde los donantes sufren de algún tipo de secuela post-transplante, ya que antes de realizar esta operación se hacen numerosos estudios médicos previos para segurar que el donante no sufrirá de complicaciones posteriores a la operación.
Sabemos de la lucha del INCUCAI en cuanto a fomentar la donación de órganos ya que en ella va la posibilidad de dar vida a otro. Creo firmemente que con este proyecto estamos aportando un granito más de arena a esta lucha; brindando cobertura médica tanto a las personas que reciben el órgano como a aquella que lo dona.
En el INCUCAI funciona actualmente el Registro de Trasplante con Donante Vivo Relacionado, renal y hepático, del Sistema Nacional de Información de Procuración y Trasplante (SINTRA). Dicho registro permite que los centros de trasplante renal y hepático puedan registrar el proceso de los pacientes que se trasplantan con órganos provenientes de un donante vivo relacionado. Esto incluye: la evaluación pretrasplante del posible donante, el trasplante, la creación de los certificados de ablación e implante y de seguimiento inmediato.
Posteriormente se hace el seguimiento postrasplante, el cual es fundamental para el seguimiento evolutivo del paciente, para saber acerca de la sobrevida y la evolución de los pacientes trasplantados.
Debido en algunos casos a la falta de información, muchos pacientes pasan meses en lista de espera, aguardando que llegue un donante cadavérico. Sin embargo, recurriendo a un familiar o persona relacionada, la operación puede llevarse a cabo con éxito.
En nuestro País, tenemos como antecedente el primer caso de donante vivo no relacionado, la primera intervención donde la donante es una amiga de la familia del receptor. Como dijimos anteriormente, según nuestra legislación, sólo contempla los trasplantes con donante vivo relacionado (consanguinidad), por lo cual, esta intervención debió ser autorizada por un juez y constituye un ejemplo de compromiso efectivo y solidaridad por parte de la donante.
Quienes padecen insuficiencia o enfermedad renal crónica saben muy bien de qué se trata esperar -y llegar a desesperar- pensando en las horas, los días y meses que se suceden aguardando el momento en el cual pueda concretarse el tan ansiado trasplante de riñón que les permita no sólo seguir viviendo, sino además recuperar la calidad de vida perdida como consecuencia del sometimiento constante a sesiones de diálisis.
Es por esta razón que desde hace algunos años en diversos países del mundo, entre los que se destaca España que cuenta con una muy avanzada legislación en materia de donación de órganos, se están llevando a cabo campañas de información a fin de concientizar a las poblaciones sobre la importancia de recurrir al donante vivo relacionado.
Como dije anteriormente, la finalidad última de este proyecto radica en sumar herramientas para fomentar la donación de órganos. Por todo lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen con la firma del presente proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GONZALEZ, NANCY SUSANA CHUBUT FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia)
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA