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PROYECTO DE TP


Expediente 5331-D-2011
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE LA POSIBLE CONSTRUCCION DE LA REPRESA EL PORTON SOBRE EL CAUCE DE LA CUENCA BINACIONAL DEL RIO PUELO, EN LA REPUBLICA DE CHILE.
Fecha: 02/11/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 165
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


En relación a la posible construcción de la Represa El Portón sobre el cauce de la Cuenca Binacional del Río Puelo en la Xª Región de la Republica de Chile, solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, a través a través de los organismos correspondientes informe a esta Honorable Cámara lo siguiente:
1. Si el gobierno Chileno ha realizado presentaciones formales al respecto ante nuestro país.
2. Indicar gestiones llevadas a cabo por los distintos organismos pertenecientes a la administración pública nacional.
3. Indique información existente respecto del proyecto en cuestión.
4. Acerca del estado de avance de construcción de las obras.
5. Si se han realizado los estudios de prefactibilidad y de impacto ambiental. En caso de respuesta afirmativa, remitir copias de los mismos.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


A través del presente proyecto de resolución se pretende que el PEN, a través de los organismos correspondientes informe acerca de determinadas cuestiones que se relacionan con la posible construcción de la Represa El Portón en la República hermana de Chile.
Como es de público y notorio conocimiento y según la información disponible en diversos medios periodísticos y sitios web, la empresa Endesa presentó un proyecto para construir una represa hidroeléctrica en la Comuna de Cochamó, Provincia de El Llanquihué, en la Xª Región de la Republica de Chile, a 1000 kilómetros al sur de Santiago de Chile, precisamente sobre la cuenca binacional del Río Puelo.
Siguiendo este orden de ideas cabe mencionar que el Río Puelo posee un cauce con una superficie aproximada de 880 mil hectáreas de las cuales 300 mil se ubican en territorio chileno y 580 mil en la Argentina. Esta represa se constituiría en uno de los complejos hidroeléctricos más importantes de la Patagonia con una capacidad instalada de unos 320 MW, debiéndose generar un lago artificial cercano a la frontera de aproximadamente 5 mil hectáreas con un embalse de de 103 metros de altura que permitiría acumular un volumen de 170 millones de metros cúbicos de agua, con un caudal ocupado de 400 metros cúbicos por segundo.
Así las cosas, no existe información disponible fehaciente sobre la realización de estudios de factibilidad e impacto ambiental, social y económico en la zona y en su área de influencia, no pudiendo dejar de soslayarse que se trata de una zona sísmica, caracterizada por la influencia de la falla Liquiñe-Ofqui, con fuerte presencia de actividad volcánica que posee bosques vírgenes y alerzales milenarios en los cuales habitan innumerables cantidades de especies, constituyendo así en uno de los últimos refugios naturales del planeta.
Debemos puntualizar que en la zona existen de numerosas localidades entre las cuales podemos mencionar a El Bolsón y Lago Puelo, desconociéndose la afectación que podrían sufrir su población y el ecosistema natural de la región patagónica.
Por otro lado se estarían vulnerando los pactos binacionales existentes, precisamente el Tratado Internacional sobre Medio Ambiente, suscripto entre la República Argentina y la República de Chile el 2 de agosto de 1991, el cual en su artículo 1° establece como objetivos del mismo, la realización de acciones coordinadas o conjuntas en materia de protección, preservación, conservación y saneamiento del medio ambiente, impulsando la utilización racional y equilibrada de los recursos naturales teniendo en cuenta el vínculo existente entre medio ambiente y desarrollo. Asimismo, las partes suscribientes se comprometen a no realizar acciones unilaterales que pudieren causar perjuicio al medio ambiente de la otra.
En el mismo sentido, en el artículo 2º, punto 3° del tratado mencionado precedentemente y coincidentemente con lo establecido en el Acta de Santiago sobre Cuencas Hidrológicas, del 26 de junio de 1971 y con el objeto de establecer reglas sobre el aprovechamiento de los recursos hídricos compartidos calificados como prioritarios para ambas partes, el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Argentina, suscriben el "Protocolo Especifico Adicional sobre Recursos Hídricos compartidos", el que en su artículo 1° textualmente indica "Las Partes convienen en que las acciones y programas relativas al aprovechamiento de recursos hídricos compartidos se emprenderán conforme al concepto de manejo integral de la cuencas hidrográficas. El aprovechamiento de los recursos hídricos en el territorio de una de las Partes, pertenecientes a una cuenca común, no deberá causar perjuicios a los recursos hídricos compartidos, a la cuenca común o al medio ambiente".
Por su parte, a través de la comunicación Nº 74/2007 la Honorable Legislatura de Río Negro solicitó a las autoridades nacionales urgente información sobre la misma y manifestó su preocupación y rechazo a la ejecución de emprendimientos en cuencas hídricas ínter jurisdiccionales en contravención a los tratados internacionales sobre Medio Ambiente celebrados entre ambos países.
Finalmente cabe mencionar que la cuenca del Río Puelo, ha sido declarada como Reserva de Biosfera como así también Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO.
Debido a la importancia que presenta la temática en cuestión para población de la región patagónica y nuestro país en su conjunto es que solicito a mis pares que me acompañen en el presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MOREJON, MANUEL AMOR CHUBUT PERONISTA
CURRILEN, OSCAR RUBEN CHUBUT PERONISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)