PROYECTO DE TP
Expediente 5330-D-2015
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL ESTADO DE CONTAMINACION DEL ARROYO DEL MEDIO, QUE DESEMBOCA EN EL RIO PARANA, EN EL LIMITE DE LAS PROVINCIAS DE SANTA FE Y BUENOS AIRES.
Fecha: 29/09/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 132
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional
para que en los términos del art. 100 inciso 11 de la Constitución Nacional, a
través de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable y demás organismos
competentes en la materia, en coordinación con los gobiernos de las provincia de
Santa Fe y Buenos Aires , informe a la H. Cámara de Diputados de la Nación
acerca de los siguientes puntos vinculados al estado de contaminación del Arroyo
del Medio, espacio interjurisdiccional que desemboca en el Río Paraná y constituye
límite natural entre las provincias mencionadas.
1.- Precisar si los resultados obtenidos
en mediciones efectuadas, aportan datos de relevancia que puedan demostrar la
afectación del recurso agua y su biota (especies que la habitan), y si surge que la
presencia de cromo y zinc en los valores indicados provendría de la actividad
industrial objeto de investigación en sede judicial.
2.- Consignar cuáles son los
problemas ecológicos detectados en el Arroyo del Medio y qué acciones se deben
implementar a efectos de remediar dicho pasivo ambiental provocado por
emisiones industriales.
3. Conocer si se han adoptado pautas
para la Producción Limpia, que involucre a todas las industrias que hayan
contaminado o se sospeche que contaminen al Arroyo del Medio y a las napas que
él confluyen.
4.- Establecer si se han elaborado
planes de Desarrollo Sustentables entre los municipios y comunas ribereños y las
empresas contaminantes del Arroyo del Medio, que incluyan monitoreos
cuatrimestrales de los efluentes volcados.
5.-Puntualizar si se realiza algún plan
permanente de gestión del Arroyo del Medio a fin de controlar la contaminación del
agua, la formación de floraciones algales nocivas, cianobacterias, minerales y
demás sustancias contaminantes, a fin de reducir los riesgos de daño a los
ecosistemas acuáticos o cesar las fuentes emisoras de los perjuicios.
6.- Referir si ha relevado la afectación
de los humedales del Arroyo del Medio en razón del exceso de nutrientes liberados
hacia dicho cursos de agua desde actividades industriales, agronómicas y
domésticas, así como los derivados del aumento productivo tanto agropecuario
como industrial.
7.- Indicar si el Estado nacional y/o
provinciales realiza/n controles en los desmontes en adyacencias de la cuenca del
Arroyo del Medio, habida cuenta que se ha comprobado un incremento de tal
actividad, sin apreciar que los montes funcionan como filtro de las aguas.
8.- Efectuar una descripción del
estado de degradación del suelo en la Cuenca del Arroyo del Medio ampliada por
influenca antrópica y si es posible determinar pérdidas relevantes en la
productividad por el mal uso que realiza el hombre de este recurso, como
asimismo mensurar las consecuencias de la erosión por degradación física, química
y biológica.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Corte Suprema de Justicia de la
Nación dispuso que la Justicia Federal de San Nicolás sea la encargada de
investigar una denuncia por contaminación en las aguas del Arroyo del Medio,
límite natural entre las provincias de Buenos Aires y Santa Fe.
Tal como informó el portal de noticias
Rosario3.com, para el máximo tribunal "el recurso ambiental presuntamente
afectado se trata de un arroyo cuyo cauce constituye el límite natural entre las
provincias de Buenos Aires y Santa Fe, de modo que se trata, naturalmente, de un
espacio interjurisdiccional".
De esta manera, se apartó del
dictamen del procurador fiscal Eduardo Casal, quien sostuvo que la investigación
era muy incipiente como para concluir que había contaminación en esas
aguas.
Asimismo, la Corte indicó que "se
encuentra acreditado" que los valores de cromo y zinc hallados en los lugares
examinados superan los indicadores que se utilizan como guía de calidad para
protección de la vida acuática.
En diálogo con NOVA, Edgar
Panigatti, titular del Foro Medio Ambiental de San Nicolás (FOMEA), aseguró que la
Justicia apunta contra la empresa de motocicletas Motomel, radicada en dicha
ciudad. En tanto, afirmó que quien realizó la denuncia penal sobre la problemática
existente fue el fiscal Darío Giagnorio, también interviniente en la causa contra
ATANOR S.C.A, elaboradora de glifosato y otros insumos químicos, por
contaminación ambiental agravada con vertidos al Río Paraná.
Además, señaló que el abogado de
FOMEA, doctor Fabián Maggi, presentará la correspondiente denuncia contra la
compañía de motos radicada en San Nicolás. Motomel tiene tanta influencia en la
zona que hasta invadió el monte de La Emilia -donde tiene su planta productiva-,
cortó una calle y puso una tranquera para impedir el paso de los lugareños. Se
adueñaron totalmente del lugar", finalizó Panigatti (Fuentes: Télam, Agencia Nova
y Rosario3.com).
Los límites de la cuenca total,
comenzando en su dirección ESE con una longitud de 18.5 km hasta llegar a
desembocadura y sobre margen izquierda, son hacia el cota 70 m, en este
tramo existe un buen drenaje hacia el norte la cuenca del Arroyo Pavón y la
laguna Melincué en Arroyo del Medio y mucho más suave hacia el Pavón,
toda su extensión, siguiendo direcciones SW , NE, E, NE, sigue durante 12.5 km
con dirección NNE hasta llegar a E y SE con la cuenca del Arroyo Pergamino,
llegando al cota 51 m donde comienza el último tramo con dirección punto más
meridional de la cuenca y a partir de allí y con NE durante 26.5 km hasta llegar
a la desembocadura en el dirección predominante NE siguiendo una línea
ondulada Arroyo Y aguarón con una cota de 13.75 m. Retomando el con la
cuenca del Arroyo Ramallo hasta llegar al Río extremo occidental de la
cuenca sigue con dirección E Paraná, en las cercanías de la Ciudad de
San Nicolás.
La cuenca del arroyo del Medio,
presenta actualmente problemas de degradación de suelos importantes que
ocasionan pérdidas notables en la productividad por el mal uso que realiza el
hombre de este recurso. Se advierte erosión por degradación física, química y
biológica (Lattuca, Francisco et al, "La Cuenca del Arroyo del Medio Santa Fe-
Buenos Aires, FCEIA-UNR, 2007).
Desde el punto de vista de la biología,
el agua es un elemento crítico para la proliferación de la vida. El agua desempeña
este papel permitiendo a los compuestos orgánicos diversas reacciones que, en
último término, posibilitan la replicación de ADN. De un modo u otro. Todas las
formas de vida conocidas dependen del agua. Sus propiedades la convierten en un
activo agente, esencial en muchos de los procesos metabólicos que los seres vivos
realizan.
Por todo lo expuesto, solicito el
acompañamiento de mis pares a fin de aprobar el presente pedido de
informes.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ASSEFF, ALBERTO | BUENOS AIRES | UNIR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS (Primera Competencia) |