PROYECTO DE TP
Expediente 5324-D-2012
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA DESTINAR TIERRAS OCIOSAS PERTENECIENTES AL EJERCITO ARGENTINO UBICADAS EN LA CIUDAD DE GENERAL PICO, PROVINCIA DE LA PAMPA, CON DESTINO A LA CONSTRUCCION DE VIVIENDAS DEL "PLAN PROCREAR BICENTENARIO".
Fecha: 08/08/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 98
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Que vería con agrado que se destinen tierras
ociosas del ejército a la construcción de viviendas del Plan ProCreAr Bicentenario en la
ciudad de General Pico, provincia de La Pampa.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Plan ProCreAr Bicentenario es un plan
nacional de construcción de viviendas creado por el decreto 902/2012. El Plan prevé que se
destinen para sus fines tierras fiscales y tierras ociosas del Estado Nacional. La Presidente
asimismo, al anunciar el proyecto se refirió expresamente a las tierras de propiedad del
Ministerio de Defensa, el sector del Estado que más tierras tiene.
Sin embargo, la lectura del Anexo al Decreto
en el que se detallan los predios afectados, se detecta que para toda la provincia de La
Pampa, se destina solamente una superficie de 0.9 Has, es decir, menos de una manzana.
No sólo preocupa lo insuficiente que esto resulta para solucionar el déficit habitacional en
toda una provincia, sino que además, ese predio está actualmente ocupado en el centro por
una antena de telefonía.
Asimismo, teniendo en cuenta que en General
Pico, así como en el resto de la provincia de La Pampa, hay abundantes tierras ociosas que
pertenecen al ejército, no se comprende esta poco razonable selección de tierras para el
Plan ProCreAr Bicentenario. Es evidente que actualmente ha perdido vigencia la necesidad
del ejército de disponer de esos predios, tal es así que el Estado mismo reconoce que se los
alquila para, por ejemplo, la siembra de soja. Precisamente por tratarse de un Plan
impulsado por el Poder Ejecutivo Nacional, es que creemos que deben ser éstas las
primeras tierras destinadas a la construcción de viviendas.
Proponemos que se incluya en la
implementación del Plan en la ciudad de General Pico, provincia de La Pampa, éstas tierras
ociosas, ya que, tal como lo establece el Decreto "el ORGANISMO NACIONAL DE
ADMINISTRACION DE BIENES tiene a su cargo la administración y resguardo de los
bienes que no tienen afectación directa a las actividades propias de las distintas
jurisdicciones del ESTADO NACIONAL; y el desarrollo de planes, programas y proyectos
en inmuebles del ESTADO NACIONAL para revalorizar los activos físicos, mejorar su
uso y/o definir e implementar nuevas funcionalidades."
Por todo esto, solicito a mis pares me
acompañen con la firma.
Firmante | Distrito | Bloque |
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FORTE, ULISES UMBERTO JOSE | LA PAMPA | UCR |
ORSOLINI, PABLO EDUARDO | CHACO | UCR |
KRONEBERGER, DANIEL RICARDO | LA PAMPA | UCR |
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Comisión |
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