PROYECTO DE TP
Expediente 5308-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES AL JEFE DE LA UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA (UIF), JOSE SBATTELLA, ANTE LA COMISION DE FINANZAS, SOBRE OPERACIONES DUDOSAS DE DINERO.
Fecha: 15/07/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 89
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Señor Presidente de la
Unidad de Información Financiera, Lic. José A. Sbatella, a comparecer ante la
Comisión de Finanzas de la Honorable Cámara de Diputados, con el objeto de
brindar explicaciones respecto de los hechos recientemente denunciados acerca de
la solicitud que habría formulado a autoridades de diversos bancos a fin de que se
abstengan de reportar las sospechas por lavado de activos que acumulen sobre el
dinero que ingrese al circuito formal en el marco de la ley 26.860, de "Blanqueo
de Capitales".
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Unidad de Información Financiera
(UIF), regulada por la ley 25.246, es el organismo a cargo del análisis, el
tratamiento y la transmisión de información a los efectos de prevenir e impedir
delitos de financiación del terrorismo, así como el delito de lavado de activos
preferentemente proveniente de la comisión de actos delictivos relacionados con el
tráfico y comercialización ilícita de estupefacientes; el contrabando de armas y
contrabando de estupefacientes; delitos de fraude contra la administración pública;
extorsión o trata de personas, entre otros. La lista precedente, que no es
exhaustiva, permite observar la relevancia que posee el organismo en cuestión en
nuestro país. El terrorismo, el contrabando de armas, los delitos contra la
administración pública, o la trata de personas, han sido lamentablemente, noticia
más que recurrente en la Argentina.
En particular en lo que respecta al
lavado de activos, Argentina ha sido evaluada a nivel mundial por organismos
internacionales, a fin de fortalecer sus políticas en materia de lavado de activos.
Actualmente, el país se encuentra en un nivel de "seguimiento intensivo", (On-
going process) por lo cual debe hacer presentaciones respecto los avances en
materia de política de lavado de dinero, ante el Grupo de Acción Financiera
Internacional.
Entre algunas de las competencias de
la UIF se encuentra la de analizar actividades y operaciones que pudieran
configurar actividades de lavado de activos o de financiación del terrorismo. Es por
ello, que una de sus facultades es la de solicitar informes y todo elemento que
considere útil para cumplir con sus funciones a cualquier organismo público,
nacional, provincial o municipal, y a personas físicas o jurídicas, públicas o
privadas. "...En el marco del análisis de un reporte de operación sospechosa los
sujetos contemplados en el artículo 20 no podrán oponer a la Unidad de
Información Financiera (UIF) el secreto bancario, fiscal, bursátil o profesional, ni
los compromisos legales o contractuales de confidencialidad..." (Articulo 14, ley
25.246). Entre algunos de los sujetos antes mencionados, se encuentran: las
entidades financieras sujetas al régimen de la ley 21.526, de Entidades
Financieras, las entidades sujetas al régimen de la ley 18.924 de Entidades
Cambiarias y las personas físicas o jurídicas autorizadas por el Banco Central de la
República Argentina para operar en la compraventa de divisas, o en la transmisión
de fondos dentro y fuera del territorio nacional; las personas físicas o jurídicas que
como actividad habitual exploten juegos de azar; entre otros.
Recientemente, ha tomado estado
público la solicitud del titular de la UIF, José Sbatella, a diversos bancos a fin de
que éstos no reporten las sospechas por lavado que acumulen sobre el dinero que
ingrese al circuito formal a partir de la ley 26.860, de "Blanqueo de
Capitales".
De acuerdo a diferentes fuentes, la
solicitud se realizó en dos reuniones que mantuvo el titular de la UIF "...durante el
último mes con altos ejecutivos y oficiales de cumplimiento de las normativas
antilavado de los bancos y de las cámaras del sector (...) "Nos dijo que debemos
reportar lo que consideremos que tenemos que reportar como operación
sospechosa [de lavado]. Pero que la UIF analizará la buena o mala fe del
reportante"...." (http://www.lanacion.com.ar/1601158-blanqueo-ordenan-a-los-
bancos-no-reportar-sospechas-de-lavado)
Como es posible advertir, se trataría
éste de un acto de altísima gravedad, siendo el principal responsable de la lucha
contra el lavado de dinero en Argentina, quien solicitaría a los sujetos obligados de
informar, que se exceptúen de hacerlo. La obligación de brindar información es un
requisito fundamental en la investigación de este tipo de delitos.
Es por ello, que esta legisladora
requiere la presencia del Lic. Sbatella ante la Comisión de Finanzas de la Honorable
Cámara de Diputados, para que brinde explicaciones sobre los hechos
denunciados, en cumplimiento del artículo 204 del Reglamento de la HCDN y del
artículo 15 inc. 2 de la ley 25.246, que establece como una de las obligaciones de
la UIF el "...Comparecer ante las comisiones del Honorable Congreso de la Nación
todas las veces que éstas lo requieran y emitir los informes, dictámenes y
asesoramiento que éstas le soliciten..."
Por todo lo expuesto les pido a los
Sres. Legisladores y Sras. Legisladoras que acompañen con su voto la presente
iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ALONSO, GUMERSINDO FEDERICO | CORDOBA | FRENTE CIVICO - CORDOBA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia) |
FINANZAS |