Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 5308-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES AL JEFE DE LA UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA (UIF), JOSE SBATTELLA, ANTE LA COMISION DE FINANZAS, SOBRE OPERACIONES DUDOSAS DE DINERO.
Fecha: 15/07/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 89
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Señor Presidente de la Unidad de Información Financiera, Lic. José A. Sbatella, a comparecer ante la Comisión de Finanzas de la Honorable Cámara de Diputados, con el objeto de brindar explicaciones respecto de los hechos recientemente denunciados acerca de la solicitud que habría formulado a autoridades de diversos bancos a fin de que se abstengan de reportar las sospechas por lavado de activos que acumulen sobre el dinero que ingrese al circuito formal en el marco de la ley 26.860, de "Blanqueo de Capitales".

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Unidad de Información Financiera (UIF), regulada por la ley 25.246, es el organismo a cargo del análisis, el tratamiento y la transmisión de información a los efectos de prevenir e impedir delitos de financiación del terrorismo, así como el delito de lavado de activos preferentemente proveniente de la comisión de actos delictivos relacionados con el tráfico y comercialización ilícita de estupefacientes; el contrabando de armas y contrabando de estupefacientes; delitos de fraude contra la administración pública; extorsión o trata de personas, entre otros. La lista precedente, que no es exhaustiva, permite observar la relevancia que posee el organismo en cuestión en nuestro país. El terrorismo, el contrabando de armas, los delitos contra la administración pública, o la trata de personas, han sido lamentablemente, noticia más que recurrente en la Argentina.
En particular en lo que respecta al lavado de activos, Argentina ha sido evaluada a nivel mundial por organismos internacionales, a fin de fortalecer sus políticas en materia de lavado de activos. Actualmente, el país se encuentra en un nivel de "seguimiento intensivo", (On- going process) por lo cual debe hacer presentaciones respecto los avances en materia de política de lavado de dinero, ante el Grupo de Acción Financiera Internacional.
Entre algunas de las competencias de la UIF se encuentra la de analizar actividades y operaciones que pudieran configurar actividades de lavado de activos o de financiación del terrorismo. Es por ello, que una de sus facultades es la de solicitar informes y todo elemento que considere útil para cumplir con sus funciones a cualquier organismo público, nacional, provincial o municipal, y a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas. "...En el marco del análisis de un reporte de operación sospechosa los sujetos contemplados en el artículo 20 no podrán oponer a la Unidad de Información Financiera (UIF) el secreto bancario, fiscal, bursátil o profesional, ni los compromisos legales o contractuales de confidencialidad..." (Articulo 14, ley 25.246). Entre algunos de los sujetos antes mencionados, se encuentran: las entidades financieras sujetas al régimen de la ley 21.526, de Entidades Financieras, las entidades sujetas al régimen de la ley 18.924 de Entidades Cambiarias y las personas físicas o jurídicas autorizadas por el Banco Central de la República Argentina para operar en la compraventa de divisas, o en la transmisión de fondos dentro y fuera del territorio nacional; las personas físicas o jurídicas que como actividad habitual exploten juegos de azar; entre otros.
Recientemente, ha tomado estado público la solicitud del titular de la UIF, José Sbatella, a diversos bancos a fin de que éstos no reporten las sospechas por lavado que acumulen sobre el dinero que ingrese al circuito formal a partir de la ley 26.860, de "Blanqueo de Capitales".
De acuerdo a diferentes fuentes, la solicitud se realizó en dos reuniones que mantuvo el titular de la UIF "...durante el último mes con altos ejecutivos y oficiales de cumplimiento de las normativas antilavado de los bancos y de las cámaras del sector (...) "Nos dijo que debemos reportar lo que consideremos que tenemos que reportar como operación sospechosa [de lavado]. Pero que la UIF analizará la buena o mala fe del reportante"...." (http://www.lanacion.com.ar/1601158-blanqueo-ordenan-a-los- bancos-no-reportar-sospechas-de-lavado)
Como es posible advertir, se trataría éste de un acto de altísima gravedad, siendo el principal responsable de la lucha contra el lavado de dinero en Argentina, quien solicitaría a los sujetos obligados de informar, que se exceptúen de hacerlo. La obligación de brindar información es un requisito fundamental en la investigación de este tipo de delitos.
Es por ello, que esta legisladora requiere la presencia del Lic. Sbatella ante la Comisión de Finanzas de la Honorable Cámara de Diputados, para que brinde explicaciones sobre los hechos denunciados, en cumplimiento del artículo 204 del Reglamento de la HCDN y del artículo 15 inc. 2 de la ley 25.246, que establece como una de las obligaciones de la UIF el "...Comparecer ante las comisiones del Honorable Congreso de la Nación todas las veces que éstas lo requieran y emitir los informes, dictámenes y asesoramiento que éstas le soliciten..."
Por todo lo expuesto les pido a los Sres. Legisladores y Sras. Legisladoras que acompañen con su voto la presente iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ALONSO, GUMERSINDO FEDERICO CORDOBA FRENTE CIVICO - CORDOBA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)
FINANZAS