PROYECTO DE TP
Expediente 5288-D-2009
Sumario: TRANSFERIR A TITULO GRATUITO UN INMUEBLE PROPIEDAD DEL ESTADO NACIONAL A LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS, CON CARGO AL SERVICIO DEL HOSPITAL "COLONIA SALUD MENTAL DE DIAMANTE".
Fecha: 29/10/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 148
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1°.- Transfiérase a titulo gratuito,
libre de todo gravamen e impuestos, a favor de la Provincia de Entre Ríos el inmueble
propiedad del Estado Nacional, ubicado en la ciudad de Diamante, Departamento del
mismo nombre, Provincia de Entre Ríos, inscripto en Catastro Municipal bajo N° 08407,
cuyas dimensiones son treinta y cuatro (34) hectáreas y la superficie cubierta es de trece mil
ochocientos cincuenta (13.850) metros cuadrados, según Plano de Mensura N° 37.768.
Artículo 2°.- La transferencia que se
dispone en el articulo predecente se efectúa con cargo a ser destinado al servicio del
Hospital "Colonia Salud Mental de Diamante".
Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo adoptará
las medidas pertinentes a los efectos de concluir la respectiva transferencia en el termino de
SESENTA (60) días de entrada en vigencia la presente ley.
Artículo 4°.- Los gastos que demandare la
presente estarán a cargo de la beneficiaria.
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El inmueble cuya transferencia a título
gratuito se propicia es de propiedad del Estado nacional y funciona allí, actualmente, el
Hospital "Colonia Salud Mental de Diamante".
En el año 1924, la provincia de Entre Ríos
donó el inmueble al Estado nacional con el cargo de que allí se establezcan cuarteles
militares.
En el año 1974, se celebró un convenio por el
cual el Comando General del Ejercito cedió por 10 años (1974-1984) a la Secretaría de
Salud Pública, dependiente del Ministerio de Bienestar Social, el uso de los inmuebles del
ex Destacamento de Vigilancia de la localidad de Diamante, provincia de Entre Ríos.
En la segunda cláusula del citado convenio se
establece que la secretaría destinaría los inmuebles cedidos a la instalación de la "Colonia
de Rehabilitación Mental", creada por decreto 1.103 dictado el 8 de abril de 1974.
En el año 1992, por medio de la ley 24.061, se
terminó el proceso de transferencias de los hospitales públicos, lo cual constituyó un
desplazamiento de responsabilidades de prestación del servicio de salud y el total de la
administración desde el nivel nacional a las provincias. En este marco, se transfirió el
servicio del Hospital "Colonia Salud Mental de Diamante" a la provincia de Entre
Ríos.
El 23 de mayo de 1993 se celebró el convenio
de transferencia de establecimientos asistenciales entre el Ministerio de Salud y Acción
Social de la Nación, representado por el doctor Alberto Mazza, y la provincia de Entre
Ríos, representada por el gobernador Mario A. Moine. La segunda cláusula de este
convenio reza lo siguiente: "Dado que la titularidad del inmueble donde funciona la
Colonia Nacional de Salud Mental de Diamante pertenece al Ministerio de Defensa y el
usufructo de parte del mismo es consecuencia de una cesión de uso a favor del Ministerio,
éste se compromete a tramitar la misma a favor de la Provincia hasta que se opere la
transferencia definitiva del dominio del mismo." A su vez, la cláusula quinta del mismo
convenio estableció que "los bienes muebles e inmuebles que se ceden, se entregarán a la
provincia en el estado en que se encuentran a la fecha del acta de entrega definitiva".
La transferencia del servicio implicó una
mayor carga presupuestaria para la administración provincial, ya que se debió asumir los
costos de mantenimiento, infraestructura, insumos, pago de sueldos, entre otros. Es éste el
caso del inmueble donde funciona el nosocomio de referencia. Pese a que en el convenio se
decía que posteriormente se haría la transferencia definitiva del inmueble, ello aún no se ha
concretado; es decir, existió una manifestación de voluntad del Estado Nacional en tal
sentido, no concretada en actos jurídicos posteriores.
Esta situación impide disponer del mismo con
libertad para una mejor y mayor profundización en cambios sustantivos que son necesario
llevar a cabo para mejorar la infraestructura y así otorgar más eficiencia a la prestación del
servicio a la comunidad
La situación de deterioro que sufrían los
establecimientos al momento de la descentralización, agravada por el transcurso del tiempo,
hacen necesaria la inversión por parte del estado provincial en mejoras edilicias,
ampliaciones, acondicionamiento de los pabellones para contribuir a la modernización del
mismo que permita prestar el importante servicio de atender casos de enfermedad mental a
uno de los tres efectores especiales que tiene la provincia.
El centro hospitalario a que hacemos
referencia desarrolla una importantísima labor en tal sentido y tiene mayores posibilidades
que es necesario explotar. Así como la Nación en su momento se desembarazó de prestar el
servicio, es absolutamente justo que transfiera a la provincia el inmueble a efectos de
consolidar la situación.
Teniendo en consideración que el presente
proyecto cuenta con una iniciativa semejante propuesta en su momento por la Diputada
Nacional Rosario Romero bajo expediente N° 3702-D-2005, el cual ha perdido estado
parlamentario es que, dada la importancia de la temática aquí expuesta, es que solicito el
acompañamiento de mis pares en la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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PIUMATO, JULIO JUAN | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SOLANAS, RAUL PATRICIO | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CALZA, NELIO HIGINIO | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
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