PROYECTO DE TP
Expediente 5277-D-2015
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR LA RESOLUCION DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LA ORGANIZACION DE NACIONES UNIDAS (ONU), INICIATIVA QUE ESTABLECE NUEVE PRINCIPIOS BASICOS PARA GUIAR LA REESTRUCTURACION DE DEUDA SOBERANA
Fecha: 25/09/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 130
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Expresar su beneplácito por la
aprobación de la Resolución por la Asamblea General de la Organización de
Naciones Unidas (ONU), iniciativa que establece nueve principios básicos para
guiar la reestructuración de deuda soberana, propuesta presentada por la
República Argentina ante el Organismo Internaciónal.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Asamblea
General de la Organización de Naciones Unidas (ONU) aprobó con 136 votos
positivos, 41 abstenciones y 6 en contra, la Resolución que limita el accionar de
los fondos buitre a través de una serie de nueve principios que dan marco a un
sistema legal global para los procesos de reestructuraciones de deuda
soberana.
La resolución
fue tomada por mayoría simple de votos, tras una discusión que se extendió
por espacio de seis meses y que fue impulsada inicialmente por Argentina y el
G77 más China. Una vez conocido el resultado positivo expuesto en dos
grandes pantallas ubicadas a los costados del estrado central de la Asamblea
General, comenzaron los aplausos generalizados y los saludos de los
funcionarios que se acercaron a felicitar a la delegación argentina, encabezada
por el canciller Héctor Timerman y el ministro de Economía, Axel Kicillof.
También
estuvieron presentes en el gran salón de la ONU, la embajadora en Estados
Unidos, Cecilia Nahón; y la representante ante el organismo multilateral, María
Cristina Perceval. Antes de llevarse adelante la votación que requería de una
mayoría simple, el embajador de Sudáfrica, Kingsley Mamabolo, presidente
actual del Grupo de los 77 más China, presentó el proyecto de resolución y
felicitó a su par boliviano, Sacha Llorenti, por su "liderazgo y conducción" al
frente del Comité Especial que elaboró el documento, así como a la oficina de la
UNCTAD.
Los nueve puntos que contiene la
Resolución:
1. Un Estado soberano tiene derecho, en el ejercicio de su facultad discrecional,
a elaborar sus políticas macroeconómicas, incluida la reestructuración de su
deuda soberana, derecho que no debe verse frustrado ni obstaculizado por
medidas abusivas. La reestructuración debe hacerse como último recurso,
preservando desde el inicio los derechos de los acreedores.
2. El principio de que el deudor
soberano y todos sus acreedores deben actuar de buena fe implica su
participación en negociaciones constructivas de reestructuración de la deuda
soberana y en otras etapas del proceso con el propósito de restablecer la
sostenibilidad de la deuda y el servicio de la deuda de manera rápida y
duradera y de obtener el apoyo de una masa crítica de acreedores mediante un
diálogo constructivo acerca de las condiciones de la reestructuración.
3. El principio de la transparencia
debe promoverse para aumentar la rendición de cuentas de los interesados, lo
que puede lograrse compartiendo oportunamente tanto datos como procesos
relacionados con la renegociación de la deuda soberana.
4. El principio de la imparcialidad
exige que todas las instituciones y agentes involucrados en las
reestructuraciones de la deuda soberana, incluso a nivel regional, de
conformidad con sus mandatos respectivos, sean independientes y se
abstengan de ejercer toda influencia indebida en el proceso y en otros
interesados o de realizar actos que generen conflictos de interés o corrupción o
ambos.
5. El principio del trato equitativo
impone a los Estados la obligación de abstenerse de discriminar arbitrariamente
a los acreedores, a menos que la diferencia de trato esté justificada conforme a
derecho, sea razonable y se corresponda con las características del crédito,
garantice la igualdad entre los acreedores y sea examinada por todos los
acreedores. Los acreedores tienen derecho a recibir el mismo trato en
proporción con su crédito y con las características de este. Ningún acreedor o
grupo de acreedores debe ser excluido a priori del proceso de reestructuración
de la deuda soberana.
6. El principio de la inmunidad
soberana de jurisdicción y ejecución en materia de reestructuración de la deuda
soberana es un derecho de los Estados ante los tribunales internos extranjeros,
y las excepciones deberán interpretarse de manera restrictiva.
7. El principio de la legitimidad
implica que al establecer instituciones y realizar operaciones relacionadas con la
reestructuración de la deuda soberana se deben respetar, en todos los niveles,
los requisitos de inclusión y el estado de derecho. Los términos y condiciones
de los contratos originales seguirán siendo válidos hasta que sean modificados
mediante un acuerdo de reestructuración.
8. El principio de la sostenibilidad
significa que las reestructuraciones de la deuda soberana deben realizarse de
manera oportuna y eficiente y crear una situación de endeudamiento estable en
el Estado deudor, preservando desde el inicio los derechos de los acreedores y
a la vez promoviendo el crecimiento económico sostenido e inclusivo y el
desarrollo sostenible, minimizando los costos económicos y sociales,
garantizando la estabilidad del sistema financiero internacional y respetando los
derechos humanos.
9. La reestructuración por mayoría
implica que los acuerdos de reestructuración de la deuda soberana que sean
aprobados por una mayoría cualificada de los acreedores de un Estado no se
verán afectados, perjudicados u obstaculizados de otro modo por otros Estados
o por una minoría no representativa de acreedores, que deben respetar las
decisiones adoptadas por la mayoría de los acreedores. Debe alentarse a los
Estados a que incluyan cláusulas de acción colectiva en sus emisiones de deuda
soberana.
Los principios
básicos sobre procesos de reestructuración de deuda añaden una base y un
resultado para futuros debates para esta cuestión, nueve principios que
contiene la Resolución son los de soberanía, buena fe, transparencia,
imparcialidad, tratamiento equitativo, inmunidad soberana, legitimidad,
sostenibilidad y reestructuración de la mayoría. La deuda hoy en día genera
violencia, inequidad, genera una situación en la cual los poderosos se
aprovechan y logran grandes utilidades sobre los países menos desarrollados.
Por lo expresado solicito a mis pares me acompañen en la
aprobación de éste Proyecto.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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VILARIÑO, JOSE ANTONIO | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia) |