PROYECTO DE TP
Expediente 5275-D-2013
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL LA INSTRUMENTACION DE LAS MEDIDAS NECESARIAS A FIN DE ELIMINAR LA AMBIGÜEDAD Y LA IMPRECISION DE JUICIO QUE MUESTRA LA RESOLUCION GENERAL 3397/12 DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP).
Fecha: 12/07/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 88
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional
instrumente las medidas necesarias a los efectos de eliminar la ambigüedad y la
imprecisión de juicio que muestra la Resolución General de la Administración
Federal de Ingresos Publicos 3397/12 (RG AFIP 3397/12). Debido a la cual el fisco
tiene una deuda superior a los seiscientos millones de pesos ($ 600.000.000) por
concepto de reintegro de IVA a la exportación para con el sector de la
agroindustria nacional, exponiendo al mismo a una creciente perdida de
competitividad internacional que afecta directamente a las arcas de la
Nación.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Desde el mes de octubre de 2012 a
junio de 2013 la AFIP acumuló una deuda, por reintegro del Impuesto al Valor
Agregado a las exportaciones, superior a 600 millones de pesos sólo en el sector
de la agroindustria, lo cual implica que los demás sectores exportadores del país
también deben tener importantes retrasos de cobros por el mencionado
concepto.
Amerita recordar que, en su
momento, la AFIP creó una norma cuyo objetivo era estimular las exportaciones
nacionales por medio del reintegro automático del IVA a los empresarios
exportadores. La norma en cuestión es la Resolución General de la Administración
Federal de Ingresos Públicos 2000/06.
El reintegro normado fue una
herramienta muy importante para los exportadores argentinos toda vez que les
permitía generar la competitividad internacional necesaria como para conseguir y
mantener clientes externos.
En los últimos años se comenzó a
observar que el reintegro automático, mes a mes, dejó de serlo toda vez que los
exportadores lo cobraban con notable retraso.
Para el año 2012 la AFIP mostraba
una deuda creciente e importante por concepto de reintegro de IVA a las
exportaciones para con las empresas del rubro. En octubre de 2012 el Organismo
fiscal procurando la mejora, y mayor detalle de los controles, publica la RG AFIP
3397/12. La misma se convirtió en el herramienta fundamental en la traba de las
devoluciones del IVA a las exportaciones.
El motivo por el cual afirmamos que
la norma publicada en octubre de 2012 traba los reintegros, se basa en dos
supuestos de exclusión del régimen de reintegro automático del IVA que la RG
AFIP 3397/12 dispuso, a saber;
1) Registrar deudas líquidas y
exigibles con la AFIP por cualquier concepto, sea tributaria,aduanera o
previsional, al momento de la presentación ;
2) Se detecten inconsistencias
asociadas al comportamiento fiscal.
Estos ítems disponen que si alguna
empresa ostenta alguna de las condiciones descriptas se la catalogará dentro del
Título IV de la RG AFIP 2000/06, estadio en el cual las empresas pierden el
beneficio de reintegro automático para ingresar en el denominado "Régimen de
Reintegro del Impuesto Atribuible a Exportaciones Sujeto a Fiscalización"
Al ingresar al sistema sujeto a
fiscalización, la morosidad en el pago de los reintegros por parte de la AFIP,
puede llegar, en casos, hasta los 2 años de trámites. Motivo generador principal
de la elevación de las probabilidades de pérdidas de mercados internacionales a
nuestros exportadores por el encarecimiento de sus precios ante el aumento de
sus costos internos.
El cuestionamiento que presenta
este proyecto ante la ambigüedad y la imprecisión de juicio que muestra la
Resolución General de la Administración Federal de Ingresos Publicos 3397/12
(RG AFIP 3397/12) se basa en los dos ítems señalados ya que en el primer caso,
existe una ausencia destacada en cuanto al establecimiento de límites de montos
y en el segundo, la vaguedad de conceptos da lugar a potenciales
entendimientos y aplicaciones injustas y/o abusivas que, en vista del estado de
deuda del fisco para con los exportadores agroindustriales, van en claro desmedro
de la fuerza productiva nacional ergo atentan contra las arcas de la República
Argentina.
Es debido al resultado del análisis
que resumimos en este documento que solicitamos al Poder Ejecutivo Nacional
instrumente las medidas necesarias a los efectos de revertir las consecuencias
negativas que la RG AFIP 3397/12 ha generado al sector agroindustrial desde el
mes de octubre de 2012 al presente.
Por todo lo expuesto, solicito a mis
pares la aprobación del presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ATANASOF, ALFREDO NESTOR | BUENOS AIRES | FRENTE PERONISTA |
DUCLOS, OMAR ARNALDO | BUENOS AIRES | GEN |
ALONSO, GUMERSINDO FEDERICO | CORDOBA | FRENTE CIVICO - CORDOBA |
BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION POR TODOS |
GARNERO, ESTELA RAMONA | CORDOBA | CORDOBA FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA GARNERO ESTELA (A SUS ANTECEDENTES) |