PROYECTO DE TP
Expediente 5271-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LAS RESTRICCIONES A LA EXPORTACION DE SOJA.
Fecha: 16/11/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 153
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo
de la Nación para que a través del Ministerio de Economía y
Producción, informe, por intermedio de la Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Alimentos, sobre los datos que se detallan.
Visto la Resolución
333/2007 que determina el cierre temporario del Registro de
Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior de Soja y sus derivados,
dentro del régimen creado por la Ley Nº 21.453 y sus normas
modificatorias.
Considerando que por Decreto Nº 734 de fecha 12 de junio de
2007 se sustituyó el Artículo 3º de su similar Nº 1177 de fecha 10 de
Julio 1992, disponiéndose que los datos que deben contener las
Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior previstas en la Ley Nº
21.453 y el plazo máximo dentro del cual se debe establecer su
período de embarque serán los que fije la SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA, PEZCA Y ALIMENTOS del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, ¿Por qué no se utilizó
el principio de oportunidad a la hora de confeccionar la norma
mencionada?. ¿Por qué se procedió deteriorando la capacidad
recaudatoria del Estado?.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
A partir de la información
disponible, se conoce, que el total declarado que no será afectado por
el aumento de las retenciones alcanza a 14.225.000 tns. El valor FOB
de la soja cosecha 2008 es de u$s 352 por tonelada.
Es decir, por la oportunidad
de aplicación de la Resolución 333/07 no serán alcanzados por la
nueva alícuota un total de u$s 5.007.200.000.
Como es de esperar que el
mercado se acomode al precio interno resultante del nuevo nivel de
retenciones, los exportadores comprarán esas 14.225.000 tns a un
precio mucho menor comparado con el nivel actual de las mismas. El
beneficio impositivo obtenido será de u$u 375 millones.
Más del 50% de las
declaraciones se realizaron en el último mes cuando se descontaba el
aumento de las alícuotas.
Lo expuesto configura una
verdadera "privatización del efecto de las retenciones". Los u$u 375
millones no irán ni a los productores ni al Estado. Serán embolsados
por las comercializadoras de cereales.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
LOZANO, CLAUDIO RAUL | CIUDAD de BUENOS AIRES | EMANCIPACION Y JUSTICIA |
SARGHINI, JORGE EMILIO | BUENOS AIRES | JUSTICIALISTA NACIONAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 21/11/2007 |