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PROYECTO DE TP


Expediente 5251-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LAS OBRAS SOCIALES DEPENDIENTES DE LAS FUERZAS ARMADAS.
Fecha: 15/07/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 97
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo para que, a través de quien corresponda, informe respecto a:
1. La situación económica, financiera y prestacional de las Obras Sociales dependientes de las Fuerzas Armadas (Instituto de Obra Social del Ejército -IOSE-, Dirección de Salud y Acción Social de la Armada -DIBA- y Dirección General de Bienestar del Personal de la Fuerza Aérea -DIBPFA-) y si dicha situación es una consecuencia, entre otras, de la política salarial implementada para el personal de las Fuerzas Armadas.
2. Por otra parte si la mencionada política salarial no viola, tanto la Ley 19.101 (Ley para el Personal Militar), como el Estatuto para el Personal de la Secretaría de Inteligencia y para el Personal Civil de Inteligencia de los Organismos de Inteligencia de las Fuerzas Armadas, ya que en ellas no se contempla el pago generalizado de asignaciones "no remunerativas" y "no bonificables", por lo que impide que se computen en el aguinaldo, antigüedad en el servicio, tiempo mínimo, título, etc.; motivando un sinnúmero de reclamos judiciales, numerosos de ellos ya con sentencias judiciales firmes, todo lo cual ha traído aparejado un enorme costo, en términos monetarios, tanto para el personal como para el Estado Nacional, generado una verdadera "industria del juicio".

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En mi calidad de Diputada Nacional de esta Honorable Cámara manifiesto mi preocupación tanto por la situación económica, financiera y prestacional de las Obras Sociales dependientes de las Fuerzas Armadas (Instituto de Obra Social del Ejército -IOSE-, Dirección de Salud y Acción Social de la Armada -DIBA- y DIBPFA), como por la situación salarial tanto del personal de las Fuerzas Armadas como así también del Personal Civil de Inteligencia de los Organismos de Inteligencia de las Fuerzas Armadas, todo lo cual encuentra su fundamento en los hechos que se detallan a continuación:
1. Las citadas Obras Sociales se sostienen, entre otros, con los recursos que se originan en los aportes mensuales que realizan sus afiliados en concepto de cuota de afiliación y que se calcula en base a los conceptos remunerativos del haber mensual, como así también por los aportes del Tesoro Nacional (como empleador) que se calcula también en base a los conceptos citados precedentemente.
2. Que el último aumento salarial que recibieron los integrantes de las Fuerzas Armadas data del año 1992, otorgándose posteriormente aumentos salariales con carácter transitorio, no remunerativos y no bonificables, mediante la utilización de suplementos particulares, lo cual produjo a partir de esa fecha el congelamiento de los recursos correspondientes a los aportes, tanto de los afiliados como del Estado Nacional, destinados al funcionamiento de las Obras Sociales en cuestión.
3. Por otra parte desde el año 1992 a la fecha se han producido importantes incrementos en los costos de la atención sanitaria, producto tanto de los profundos cambios económicos acaecidos en nuestro país, como de la mayor complejidad que trajo aparejado el avance en la atención sanitaria, a todo esto se le suma un sostenido aumento de la demanda producto de la mayor expectativa de vida de la población.
4. Esta política salarial ha generado una notoria desproporción entre los suplementos particulares y lo percibido como sueldo, llegando los primeros, en algunos casos, incluso a superar a lo percibido a través del segundo concepto y por otro lado, al ser violatoria tanto de la Ley 19.101 como del Estatuto para el Personal de la Secretaría de Inteligencia y para el Personal Civil de Inteligencia de los Organismos de Inteligencia de las Fuerzas Armadas generó una verdadera "industria del juicio" con un enorme costo, en términos monetarios, tanto para el personal como para el Estado Nacional.
5. Además la desproporción citada en el punto precedente genera de hecho una situación de presión sobre el personal en actividad ya que el pase a retiro lleva implícito una fuerte sanción económica.
6. Es de señalar que esta política salarial continua sin variantes, tal lo demuestra la reciente sanción del Decreto N° 894/2010 que otorga una compensación no remunerativa y no bonificable a los retirados y pensionistas de las Fuerzas Armadas, de las Fuerzas de Seguridad, del Servicio Penitenciario Federal y del Régimen del Personal Civil de Inteligencia de los Organismos de Inteligencia de las Fuerzas Armadas comprendidos en el Decreto N° 1088/03, hecho que se encuentra en abierta contradicción con el blanqueo salarial anunciado por la Ministro de Defensa en su exposición ante la Comisión de Defensa de esta Honorable Cámara de Diputados realizada el 10 de marzo de 2010 y del que todavía no se tienen noticias.
Por los motivos expuestos, solicito que se apruebe el presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEFENSA NACIONAL (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
21/09/2010 DICTAMEN Aprobado por unanimidad con modificaciones
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1416/2010 CON MODIFICACIONES; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 29/2010 05/10/2010
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 130 (2012), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 21/03/2012