PROYECTO DE TP
Expediente 5246-D-2008
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES AL SECRETARIO DE COMERCIO INTERIOR, GUILLERMO MORENO, A LA DIRECTORA DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, ANA MARIA EDWIN Y A LA DIRECTORA DEL INDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR, LICENCIADA BEATRIZ PAGLIERI.
Fecha: 19/09/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 126
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Convocar al Secretario de
Comercio Interior Lic. Guillermo Moreno, a la Directora del Instituto
Nacional de Estadística y Censos, Lic. Ana María Edwin y a la Directora
del Índice de Precios al Consumidor, Lic. Beatriz Paglieri, para que
concurran al plenario de las Comisiones de Comercio y Defensa del
Consumidor, a fin de dar explicaciones sobre el funcionamiento de dicho
Instituto, en particular sobre los siguientes puntos:
1) Metodologías
vigentes para el cálculo de los indicadores y las modificaciones
introducidas respecto de las anteriores metodologías.
2) Metodología
utilizada para el relevamiento de datos y las modificaciones introducidas
respecto de las anteriores metodologías.
3) Listado de
productos que utilizan para elaborar el Índice de Precios al Consumidor.
Variedades consideradas con relación a cada producto y sus respectivas
ponderaciones.
4) Cómo se valoran
en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) los acuerdos de precios
firmados por el gobierno. En caso de tomarse los precios de los
acuerdos para la elaboración de dicho índice, informe sobre el grado de
cumplimiento de los mismos, detallando el nivel de accesibilidad de
dichos productos por parte de los consumidores.
5) Medidas Judiciales
que involucran al INDEC, detallando el contenido de los expedientes,
juzgados en que se encuentran radicados, autos y el estado de las
causas.
6) Si se han recibido
observaciones o recomendaciones de organismos internacionales
vinculadas con la metodología utilizada.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Instituto Nacional de
Estadísticas y Censos (INDEC) es el organismo público de carácter
técnico que unifica la orientación y ejerce la dirección superior de todas
las actividades estadísticas oficiales que se realizan en el territorio de la
República Argentina. Tuvo su origen en el año 1968 a partir de la
sanción de la ley 17.622. Después de un largo recorrido por diversas
dependencias del Poder Ejecutivo, se encuentra actualmente como
parte de la estructura del Ministerio de Economía de la Nación. La ley le
confiere responsabilidad directa en el diseño metodológico, organización
y dirección de los operativos nacionales de relevamiento a través de
censos y encuestas, la elaboración de indicadores básicos de orden
social y económico y la producción de otras estadísticas básicas.
Las estadísticas oficiales
son un elemento esencial en el sistema de información y proporcionan
al Gobierno y a toda la sociedad datos sobre la situación económica,
demográfica y social. La Comisión de Estadística de las Naciones
Unidas, adoptó ciertos principio de estadísticas oficiales en el
entendimiento que la información estadística oficial es una base
indispensable para el desarrollo de país y para el conocimiento y el
mutuo comercio entre los Estados y los pueblos del mundo. Quiero
señalar espacialmente el principio número 7, por vincularse con el
objetivo del presente proyecto, el cual menciona que "Se han de dar a
conocer al público las leyes, reglamentos y medidas que rigen
la operación de los sistemas estadísticos".
El INDEC es el responsable
de elaborar, entre otros indicadores, el Índice de Precios al Consumidor
(IPC), el cual se utiliza para conocer la variación de precios entre dos
períodos y mide la evolución de precios de un conjunto de bienes y
servicios representativos de los gastos de consumo de los hogares de
una región. Dicho índice sirve como referencia para el dictado de un sin
número de medidas, tanto en la faz pública como en la privada y para
calcular otros indicadores que publica el INDEC.
El IPC se utiliza
habitualmente para construir el Indicador de inflación (sólo es un
indicador de la inflación, ya que en su cálculo no se incluye la variación
de otros precios de la economía, como ser precios de exportación,
consumos de las empresas, etc.). También, como indicador para la
actualización de deudas o montos judiciales. Es una herramienta para
discusión salarial, un buen elemento para calcular la necesidad de
ajuste de salarios es la variación de precios de la canasta de consumo
de los trabajadores. Asimismo, las mediciones sobre pobreza e
indigencia se toman a partir de comparar los ingresos de las familias
con una canasta básica de alimentos. Esa canasta, varía en consonancia
con la variación del IPC. Por lo tanto, una variación de los ingresos de
las familias superior a la variación del IPC hace que haya menos pobres,
y menos indigentes, y una variación inferior produce el efecto inverso.
En el último año, y
coincidentemente con la intervención sufrida por dicho organismo por
parte de la Secretaría de Comercio, se viene cuestionando el resultado
obtenido de este indicador, ya que el mismo no refleja, ni siquiera
aproximadamente, el aumento de precios que las personas sufren y
verifican en su cotidianeidad.
La falta de credibilidad
parece ser resultado de distintas medidas adoptadas que se vinculan
con la remoción del personas de carrera, la falta de publicación de los
listados de productos para la elaboración del indicador, la sospechas
sobre la violación del secreto estadísticos y la utilización como precio de
referencia de aquéllos que se encuentran en los acuerdos de precios y
no los precios que los consumidores encuentran en las góndolas de los
supermercados.
Todos los
meses, los argentinos se ven desorientados al informarse sobre los
índices que publica el INDEC. Al no poder contar con índices veraces se
presentan situaciones en las cuales las partes de los contratos acuerdan
ajustes por inflación más elevados que los reales y muchas veces los
plazos de los contratos son más cortos que los que se habituaba
contando con índices confiables para la ciudadanía. Resulta ilustrativa la
nota publicada en el diario Clarín, el 12 de Septiembre de 2008, titulada
"Para el INDEC, creció el poder de compra y no hay indigentes",
en la cual se señala que un día después de haber publicado datos sobre
la inflación que fueron cuestionados, el INDEC dio a conocer otras
estadísticas que siguen alimentando la polémica: " ...Se habría dado
una fuerte mejora en el poder adquisitivo de los sueldos, que
derivaría en una caída muy pronunciada de la pobreza y la
indigencia en los últimos doce meses. Así, los salarios habrían
sacado una enorme ventaja con relación al valor de la canasta
básica alimentaria porque en doce meses los alimentos que la
integran habrían caído 0,7 %. En tanto, la canasta básica total
subió 2,1 en un año, según el INDEC".
La percepción de los
argentinos es contraria a los índices que reciben todos los meses, que
muchas veces indican que el poder de compra de los salarios crece. Ello
provoca alteraciones en las relaciones omerciales, contractuales en
general, en la administración domestica de los ingresos familiares y
corroe la credibilidad en la información de las fuentes oficiales.
Ante la solicitud del señor
Fiscal de Investigaciones Administrativas, el 12 de Septiembre de 2008,
el Defensor del Pueblo de la Nación dictó la Resolución 91/08, en la que
recomienda al señor Ministro de Economía y Producción que proceda a
la reorganización y normalización del INDEC, de manera que restablezca
los fines para los que ha sido creado; garantice la credibilidad de las
estadísticas públicas, asegurando que los datos sean relevados
conforme a una metodología adecuada y fielmente reflejados en las
estadísticas, evite la intromisión en las funciones del Instituto de
organismos ajenos al mismo, como es el caso de la Secretaría de
Comercio Interior, restableciendo la autoridad de la Secretaría de
Política Económica.
Asimismo, la sala V de la
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo
Federal ordenó al Ministerio de Economía que informe, los cambios
introducidos en el cálculo del índice de precios al consumidor del área
Metropolitana que elabora el INDEC. Dicha medida es en virtud de una
acción de amparo presentada en agosto del año pasado por la
Asociación de Derechos Civiles por falta de acceso a la información
pública contra el INDEC. La Medida para mejor proveer, ordena al
Ministerio de Economía que informe sobre: a) Todas y cada una de las
modificaciones introducidas al método de cálculo de precios al
consumidor " Metodología 13", publicado por el Ministerio de Economía,
Secretaría de política
económica, Instituto
Nacional de Estadística y Censo, en particular las vinculadas con los
capítulos, divisiones, grupos, subgrupos y productos y sus respectivas
ponderaciones contenidas en el Anexo I de la mencionada metodología
Nº 13, asimismo deberá consignar las variedades consideradas con
relación a cada producto y sus respectivas ponderaciones.
Todas estas medidas,
sumadas al desconocimiento de la población en general sobre los
"cambios" que se realizaron tanto en la metodología de cálculo del
índice, como en las formas de recolección de datos por parte del
organismo, hace necesario que quien reviste la figura de jefe político del
organismo, su Directora y la Directora del índice de Precio al
Consumidor, concurran al plenario de las comisiones con competencia
en la materia, para explicar los cambios y respondan las preguntas que
los Señores Diputados quieran formular.
En vista a la relevancia que
reviste el indicador mencionado, a la necesidad de volver a dotar de
credibilidad al organismo responsable de su cálculo y difusión, y la gran
sensibilidad que despierta hoy la sospecha de manipulación deindicador
en gran parte de la sociedad, es que solicito a mis pares su voto
favorable a la presente iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
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IBARRA, VILMA LIDIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | ENCUENTRO POPULAR Y SOCIAL |
MERCHAN, PAULA CECILIA | CORDOBA | ENCUENTRO POPULAR Y SOCIAL |
BASTEIRO, SERGIO ARIEL | BUENOS AIRES | ENCUENTRO POPULAR Y SOCIAL |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | ENCUENTRO POPULAR Y SOCIAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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