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PROYECTO DE TP


Expediente 5228-D-2013
Sumario: TRAMITES BANCARIOS DE LAS CUENTAS SUELDO EN SUCURSALES DE LA ENTIDAD BANCARIA DONDE ESTA RADICADA.
Fecha: 10/07/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 86
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


TRÁMITES BANCARIOS DE LAS CUENTAS SUELDO EN SUCURSALES
Artículo 1: Dispóngase que los usuarios de la denominada "cuenta sueldo", definida en el Artículo 124 de la Ley 20.744, podrán, en cualquier sucursal de la entidad bancaria de origen sin costo:
a) Retirar parcial o totalmente por ventanilla el monto de dinero disponible en la cuenta;
b) Realizar los trámites vinculados a la emisión de la tarjeta de débito vinculada a la cuenta;
c) Cerrar la cuenta; y
d) Realizar otros trámites vinculados a su cuenta sueldo.
Artículo 2: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En los últimos años hemos asistido a la expansión de la acreditación del pago de remuneraciones a los trabajadores mediante cuenta abierta: la llamada "Cuenta para Pago de Remuneraciones" o "Cuenta Sueldo" de acuerdo al artículo 124 del Régimen de Contrato de Trabajo (Ley 20.744) (1) . Según el Banco Central de la República Argentina, existen en la actualidad alrededor de 7.973.000 de "cuentas sueldo" y 140.500 empresas acreditadas a esta normativa (2) . Asimismo, también durante los últimos años se han sancionado una serie de leyes y regulaciones de distintos tipos tendientes a favorecer y facilitarle a los trabajadores los trámites vinculados a sus "cuentas sueldo", en todos los casos eximiéndolos de costos directos que indefectiblemente reducían el monto efectivo de su salario.
La primera de las leyes que aquí podemos mencionar es la Ley 26.590, promulgada el 5 de Mayo de 2010. Dicha ley, con la intención de cumplir con los principios de intangibilidad e integralidad del salario, incorporó a la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo un artículo que permite no solo la posibilidad de efectuar extracciones de manera ilimitada de las "cuentas sueldo" sino también la eliminación de cualquier costo en lo que hace a "la constitución, el mantenimiento o la extracción de fondos en todo el sistema bancario, cualquiera fuera la modalidad de extractiva empleada" (3) . A esta ley debemos agregar la comunicación "A" 5284 del Banco Central de la República Argentina, titulada "Depósitos de ahorro, cuentas sueldo, cuenta gratuita universal y especiales". Esta comunicación no solo permitió la creación de una cuenta bancaria y la utilización de un cheque cancelatorio gratuitos, sino que asimismo instauró un nuevo régimen en lo atinente a los cargos imputados por las entidades financieras en relación a las transferencias bancarias en diversos aspectos. En primer lugar, las transferencias pasaron a ser gratuitas para los montos que no superen los 10.000 pesos. En segundo lugar, a las transferencias que superen los 10.000 pesos se les debe imputar un costo que no supere el 50% de la comisión máxima fija que se establece para las operaciones por ventanilla bancaria.
Estos son dos ejemplos claros de los fenómenos que mencionábamos en el párrafo introductorio, que combina un escenario en el que surgen nuevas facilidades para el trabajador en lo que respecta al cobro de los salarios (como lo es un régimen crecientemente bancarizado) pero que a su vez exigen la adecuación de los marcos regulatorios a ese nuevo contexto, evitando cualquier tipo de perjuicio que no le corresponda al trabajador, en tanto no está vinculado con la labor que el trabajador realiza para percibir su estipendio, sino con la forma en la que lo obtiene.
Al mismo tiempo, estas modificaciones normativas deben enmarcarse en un nuevo escenario que asimile las profundas transformaciones que ha generado el desarrollo de la tecnología de la información y las comunicaciones en la estructura económica y, en particular, en la operativa del sistema bancario. En relación a este último punto, es importante señalar que estos cambios han impulsado tanto la reducción de costos de numerosas operaciones bancarias como la posibilidad de realización de un sinnúmero de operaciones que no habrían podido ser realizadas sin la utilización de esta tecnología, abriendo de este modo un palpable "vacío legal" en lo que hace a su regulación.
Estas combinaciones de elementos (nuevas regulaciones e infraestructura tecnológica e informática) hacen que hoy en día, la imposibilidad por parte del trabajador de realizar desde cualquier sucursal bancaria diversos trámites -como el retirar el monto total de su cuenta, tramitar la tarjeta de débito o cerrar la cuenta- resulte llamativo y hasta cierto punto inexplicable. Esta imposibilidad es un claro perjuicio para el trabajador, pues representa en la mayoría de los casos un costo "indirecto" -en tanto debe trasladarse hasta la sucursal correspondiente, que puede encontrarse a largas distancias de su domicilio o en tanto debe someterse a prolongados tiempos de espera que se reducirían en casos de poder realizarse en cualquier sucursal-, mientras que la posibilidad de realizar los trámites desde cualquier sucursal generaría un mínimo impacto en las entidades bancarias.
En definitiva, este proyecto de ley tiene como objetivo seguir avanzando en ampliar los derechos del trabajador en relación a las facilidades en la gestión y en la reducción de costos de su "cuenta sueldo". Debemos encargarnos de cubrir los vacío legales y hacer fáctico la facilitación de la utilización de las cuentas sueldo, creando leyes tendientes a conseguirlos, que deben plasmarse en la realidad de los ciudadanos.
Por lo expuesto, Señor Presidente, solicito a mis pares la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ALONSO, MARIA LUZ LA PAMPA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
FERNANDEZ SAGASTI, ANABEL MENDOZA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
PIETRAGALLA CORTI, HORACIO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
DE PEDRO, EDUARDO ENRIQUE BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
LARROQUE, ANDRES CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MENDOZA, MAYRA SOLEDAD BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SANTILLAN, WALTER MARCELO TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CLERI, MARCOS SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
FINANZAS
Giro a comisiones en Senado
Comisión
ECONOMIA NACIONAL E INVERSION
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
25/09/2013 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones
19/11/2013 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones
19/11/2013 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2747/2013 ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION 27/11/2013
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados MOCION APARTAMIENTO DEL REGLAMENTO (AFIRMATIVA) 27/11/2013
Diputados MOCION SOBRE TABLAS (AFIRMATIVA) 27/11/2013
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION 27/11/2013 MEDIA SANCION
Diputados INSERCION DE LA DIPUTADA ALONSO M.L. 27/11/2013
Senado PASA A SENADO -