PROYECTO DE TP
Expediente 5228-D-2010
Sumario: CREACION EN EL AMBITO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA COMISION ASESORA PARA LA ADECUACION DE LA LEGISLACION NACIONAL A LA CONVENCION DE LA ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS (ONU), SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Fecha: 15/07/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 97
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Artículo 1º.- Créase la Comisión
Asesora para la Adecuación de la Legislación Nacional a la Convención ONU sobre
los Derechos de las Personas con Discapacidad, en el ámbito de la Honorable
Cámara de Diputados de la Nación.
Articulo 2º.- Tal Comisión contará con
tres (3) Legisladores, elegidos por el cuerpo, y diez asesores permanentes. Su
función será la de revisar la Legislación Nacional vigente a los efectos de su
adaptación, en letra y en espíritu, a la Convención ONU sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad, ratificada por ley Nº 26.378.
Artículo 3º.- En un plazo máximo de
180 días, la referida Comisión procederá al relevamiento del plexo normativo
aplicable y propondrá, en un documento único, las modificaciones necesarias a los
efectos de adaptar la legislación vigente al mentado instrumento internacional,
incorporado a la legislación interna en virtud de la citada ley. Tal instrumento será
girado a la Comisión de Discapacidad de ésta Honorable Cámara, para su
conocimiento y consideración.
Artículo 4º.- La Secretaría
Parlamentaria, por conducto de la Dirección de Información parlamentaría,
prestará plena colaboración al relevamiento.
Artículo 5º.- Invitase a la Comisión
Nacional de Discapacidad (CONADIS), y organismos similares de las Provincias y la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a designar un (1) representante por cada
jurisdicción, a los efectos de aportar una mirada local al trabajo de la Comisión
Asesora.
Artículo 6º.- De forma
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La reciente incorporación a nuestra
legislación interna de la Convención ONU sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad obliga a nuestro país a la adecuación de su marco normativo interno
a ese moderno y novel instrumento.
Por ejemplo, cabe destacar que la
definición de discapacidad de la Ley Nº 22.431: "Se considera discapacitada a toda
persona que padezca una alteración funcional permanente o prolongada, física o
mental, que en relación a su edad y medio social implique desventajas
considerables para su integración familiar, social, educacional o laboral", difiere
con aquella de la convención, que "Las personas con discapacidad incluyen a
aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a
largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su
participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las
demás.".
El Artículo segundo de la convención,
asimismo, define en particular las discapacidades con un alcance distinto, y
aparentemente más amplio, del que ha tenido la legislación local, cuya norma
principal, la ya citada Ley Nº 22.431, fue sancionada hace casi tres décadas.
La adaptación de la legislación de
fondo local a estos nuevos parámetros permitirá avanzar en la integración y
asistencia a personas con discapacidad conforme los standards internacionales que
la República ha decidido adoptar, y evitará cualquier duda o conflicto aparente que
exista entre la nueva norma y el sistema vigente.
Entendemos, asimismo, como
fundamental la participación de la CONADIS y organismos similares, por la
proximidad con la problemática tratada.
Por último, estimamos el plazo fijado
como suficiente para atender a la envergadura del trabajo propuesto.
Por las razones expresadas,
propiciamos la sanción del presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MICHETTI, MARTA GABRIELA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
GAMBARO, NATALIA | BUENOS AIRES | PERONISMO FEDERAL |
TRIACA, ALBERTO JORGE | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
GIUDICI, SILVANA MYRIAM | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
MARTINEZ, SOLEDAD | BUENOS AIRES | PRO |
FERRARI, GUSTAVO ALFREDO HORACIO | BUENOS AIRES | PERONISMO FEDERAL |
DE NARVAEZ, FRANCISCO | BUENOS AIRES | PERONISMO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia) |
DISCAPACIDAD |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 129 (2011), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 | 16/03/2011 | |
Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 130 (2012), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 | 21/03/2012 | |
Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 131 (2013), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 |