PROYECTO DE TP
Expediente 5218-D-2011
Sumario: COMISION NACIONAL ASESORA EN LACTANCIA MATERNA: CREACION EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION.
Fecha: 27/10/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 161
El Senado y Cámara de Diputados...
Art. 1°.- Creación.
Crease la Comisión Nacional Asesora en Lactancia Materna, como
continuadora de la Comisión Asesora en Lactancia Materna,
constituida por la Resolución 347/93 de la ex Secretaría de Salud
del Ministerio de Salud y Acción Social, actual Ministerio de
Salud.
Art. 2°.- Funciones. La
Comisión Nacional Asesora en Lactancia Materna tiene las
siguientes funciones:
a) Difundir y
promover los beneficios, para el niño y para la Madre, de la
lactancia materna exclusiva;
b) Asesorar en los
lineamientos de pautas normativas referidas al desarrollo de las
acciones de promoción y mantenimiento de la lactancia
materna;
c) Proponer
lineamientos para capacitar a los equipos de salud y, en particular,
al personal de las maternidades, para que orienten adecuadamente
a embarazadas y puérperas respecto de la lactancia materna;
d) Difundir e
implementar la estrategias "Hospital Amigo de la Madre y el Niño" y
"Centro de Salud de la Madre y el Niño" y las que en el futuro se
establezcan;
e) Compatibilizar
acciones intra y extrasectoriales que privilegien los beneficios de la
lactancia materna en el desarrollo integral del ser humano;
f) Coordinar
acciones en el marco de su competencia con los organismos de
similar naturaleza de las jurisdicciones; y
g) Ejercer la
representación nacional ante las organizaciones de similar
naturaleza, creadas o a crearse, en el ámbito internacional
h) Impulsar
procedimientos de recopilación de estadísticas e investigación
Art. 3°.- Integración. La
Comisión Nacional Asesora de Lactancia Materna está integrada
por:
a) Un presidente,
un vicepresidente, un secretario y un coordinador de organismos
jurisdiccionales de similar naturaleza, designados por el Ministerio
de Salud;
b) Representantes
titulares y alternos por cada una de las siguientes asociaciones u
organismos: Organización Panamericana de la Salud, Unicef, Cruz
Roja Argentina, Sociedad Argentina de Pediatría, Sociedad
Argentina de Perinatología, Federación Argentina de Sociedades de
Ginecología y Obstetricia, Academia Nacional de Medicina y la
Sociedad de Obstetricia y Ginecología de Buenos Aires; y
c) Representantes
titulares y alternos por cada una de las Asociaciones de Fomento de
la Lactancia Materna de reconocida trayectoria.
Art. 4°.- Desempeño "ad
honorem". Los integrantes de la Comisión Nacional Asesora de
Lactancia Materna desempeñan sus funciones "ad honorem".
Art. 5°.- Reglamentación.
El Poder Ejecutivo debe reglamentar la presente ley dentro del
plazo de sesenta (60) días desde su promulgación.
Art. 6°. - Comuníquese
al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Ponemos a
consideración este proyecto de ley de creación de la Comisión
Nacional de Lactancia Materna, ratificando de este modo a la
existente Comisión de Asesora de Lactancia Materna creada por la
resolución 347/93, dictada por la extinta Secretaría de Salud del que
fuera en ese momento el Ministerio de Salud y Acción Social.
La resolución
347/93 constituyó la Comisión Asesora de Lactancia Materna en el
ámbito de la ex Secretaría de Salud del ex Ministerio de Salud y
Acción Social con el fin de llevar a cabo compromisos asumidos por
el país en la Cumbre Mundial de la Madre y el Niño celebrada en
nueva York, Estados Unidos, el 30 de noviembre de 1990. Por otra
parte esos compromisos estaban expresados en el "Compromiso
Nacional a favor de la Madre y el Niño" que procuraba como meta,
que el sesenta por ciento (60 %) de los niños fueran amamantados
en forma exclusiva hasta el cuarto mes de vida.
Ha transcurrido tiempo
desde de aquellos hitos que llevaron a crear la Comisión y también
desde ese momento, las acciones en pos de la concientización de
la lactancia materna, se han multiplicado hasta nuestros días.
El espíritu que
animaba a promover ese organismo a principios de los años 90, se
mantiene intacto, aunque la problemática de su competencia se ha
desarrollado y ampliado a nivel nacional e internacional, superando
los objetivos que originalmente se proponían. Por esto creemos que
la Comisión debe jerarquizarse con una ley que establezca sus
funciones, su integración y su personería internacional, es decir a
las funciones
que tenía, se le deben
incorporar las nuevas, las generadas por el paso del tiempo.
Por otra parte,
consideramos que se debe mantener la competencia que ejerce el
Ministerio de Salud como continuador del Ministerio de Salud y
Acción Social, y dentro de su estructura, a la Secretaría de
Promoción y Programas Sanitarios, de la que a su vez dependen la
Subsecretaría de Salud Comunitaria y la Dirección Nacional de
Maternidad e Infancia - que es el organismo que provee más
integrantes de la administración a la actual Comisión -.
La Comisión Asesora
en Lactancia Materna viene llevando a cabo su actividad formativa,
preventiva y de asesoramiento propiamente dicho, desde hace
muchos años. Este accionar se ha ido desarrollando positiva y
eficazmente, tanto desde su aplicación integral al campo de la
lactancia materna, como a lo relacionado con el apoyo a la
embarazada y a la madre puérpera, la nutrición infantil y a la
capacitación de los equipos de salud, entre otros temas.
Es por la propia
jerarquía que el organismo ha alcanzado en el ejercicio de su
competencia, que nos permitimos impulsar su institucionalización en
una ley; una ley no es solamente una norma que promueve la
continuación de un organismo existente con un carácter de
permanencia en el tiempo, sino que además significa la
consolidación e impulso para todo el país, de una política pública
fundamental como es la prevención de la salud de las futuras
generaciones.
Por otra parte,
creemos que las funciones que la resolución 347/93 estableció,
deben ser complementadas con las que refieren a difusión,
capacitación, intervención en las estrategias vigentes y en la
compatibilización intra y extra sectorial.
No menos importancia
tiene la representación nacional que la Comisión pueda ejercer a
nivel internacional, con organismos pares de otros países. En este
sentido consideramos como antecedente de esta función, la
análoga que se ha promovido respecto del Consejo Federal de
Adultos Mayores, aprobado por el Honorable Senado de la Nación
en el año 2008 y con despacho favorable de las Comisiones de
Tercera Edad y Salud y Acción Social de la H. Cámara de
Diputados, en el año 2010 (Expediente 1224-S-2008).
Párrafo
aparte merece la integración, en la que se han mantenido los
cargos de la actual comisión en la presidencia y vicepresidencia,
pero se ha incorporado una secretaría y una coordinación con
organismos de la misma naturaleza que se integren en las
jurisdicciones, ya que para éste último caso, creemos que esta
función es de fundamental importancia en la concreción de políticas
integradas a mediano y largo plazo, las que impulsadas desde la
Comisión Asesora en el marco de su competencia por un
funcionario específico, tendrán el impulso y la relevancia que
merecen.
Por otra parte y a fin
de generar políticas a mediano y largo plazo eficientes y eficaces,
entendemos que hace falta un claro diagnóstico y análisis a partir
de datos estadísticos e investigación, por lo que se agregó una
función significativa, como es la de impulsar procedimientos de
recopilación de estadísticas e investigación a fin de diseñar,
implementar, difundir y promover estrategias sobre lactancia
materna.
Señor Presidente, la
temática de la lactancia materna nos preocupa especialmente, por
lo que venimos impulsado desde hace años proyectos que
contemplan la protección, la promoción y la concientización pública
de la lactancia materna y de las prácticas óptimas de nutrición
segura para lactantes y niños pequeños (671-D-09) y la ampliación
de la licencia por maternidad, el tiempo de amamantamiento y otras
cuestiones conexas (2258-D-09).
En este caso, esa
preocupación se manifiesta en el impulso de políticas de
promoción, protección y concientización de la lactancia materna, por
medio del establecimiento de la Comisión Nacional Asesora de
Lactancia Materna como continuadora de la Comisión Asesora de
Lactancia Materna, por lo que por las consideraciones expuestas,
solicitamos el acompañamiento de nuestros pares en este proyecto
de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
TORFE, MONICA LILIANA | SALTA | RENOVADOR DE SALTA |
VILARIÑO, JOSE ANTONIO | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MORANTE, ANTONIO ARNALDO MARIA | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |