PROYECTO DE TP
Expediente 5189-D-2011
Sumario: LEY ORGANICA DE LA POLICIA FEDERAL ARGENTINA - DECRETO - LEY 333/58: MODIFICACION DEL ARTICULO 20, SOBRE OBLIGACION DE INFORMAR A LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS, DE LAS ESTADISTICAS CRIMINALES, LINEAMIENTOS Y PLANIFICACION DEL ACCIONAR DE LA FUERZA.
Fecha: 20/10/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 157
El Senado y Cámara de Diputados...
MODIFICACIÓN DEL
DECRETO-LEY 333/58
LEY ORGANICA DE LA
POLICÍA FEDERAL ARGENTINA
Artículo 1º: Sustitúyase el artículo
20 del Decreto Ley Nº 333 del 14 de enero de 1958 y sus modificatorias, el que
quedará redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 20. - Es
misión del Jefe de la Policía Federal: Conducir operativa y administrativamente la
institución y ejercer el contralor e inspección de todas sus dependencias y de su
funcionamiento, asumir su representación externa; proponer los retiros del personal
policial comprendido en los escalafones mencionados en los Anexos correspondientes a
la Ley 21.965 Ley para el personal de la Policía Federal Argentina y su reglamentación
Decreto 1.866/83, elevando las resoluciones al Poder Ejecutivo Nacional para su
aprobación; proponer al Poder Ejecutivo Nacional la reglamentación de esta ley; dictar
la reglamentación de los servicios internos y su organización a nivel de
Superintendencia e informar una vez al año a la Honorable Cámara de
Diputados de la Nación sobre las estadísticas criminales, los lineamientos y la
planificación del accionar de la fuerza a su cargo.
Artículo 2º: El Poder Ejecutivo
Nacional reglamentará la Presente Ley dentro de los 90 días de su promulgación.
Artículo 3º: Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Se somete a vuestra
consideración el proyecto de ley que se adjunta para su sanción, a través del cual se
propicia adicionar a las misiones del jefe de la Policía Federal la informar una vez al
año a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación sobre las estadísticas
criminales, los lineamientos y la planificación del accionar de la fuerza a su
cargo.
El artículo 1º de nuestra
Constitución establece que "La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma
representativa republicana federal..." en tal sentido la división de poderes y su control
recíproco adquiere en nuestro país una relevancia imprescindible y fundamental.
En relación a lo antes mencionado, y
teniendo en consideración la coyuntura que en materia de seguridad vive nuestro país,
es necesario que todas las herramientas con las que cuenta el Estado se alineen en
función de un objetivo que es común para todos los ciudadanos: disminuir los índices
de criminalidad.
Del tal modo es que consideramos que si
bien el Poder Ejecutivo debe establecer las políticas a llevar a cabo, es necesario el
férreo control por parte del Poder Legislativo en dichas políticas. Teniendo en cuenta
dicha consideración, el presente proyecto pretende que la Cámara de Diputados
conozca de forma detallada las estadísticas criminales, los lineamientos y la
planificación del accionar de la Policía Federal con el fin de contar con información de
calidad y actualizada sobre la situación criminal y policial relacionada con dicha
fuerza.
Por otro lado, si bien el ex Ministerio de
Justicia, Seguridad y Derechos Humanos publica anualmente las estadísticas en
materia de criminalidad a nivel municipal, provincial y nacional, la última divulgación
fue del año 2008 con un retraso de más de un año y medio, lo que dificulta la
comprensión del fenómeno delictivo en nuestro país y en consecuencia, de ser
necesarias medidas legislativas, estas llegaran indefectiblemente tarde.
En busca de dar respuestas eficientes,
eficaces y proactivas a uno de los problemas que más aqueja a los argentinos es que
consideramos necesario que el Poder Legislativo este informado de primera fuente
sobre la situación en la que se encuentra la Policía Federal.
Por lo expuesto y en virtud de la
relevancia del tema en tratamiento, solicito a los miembros de ésta H. Cámara
acompañen con su voto afirmativo la presente iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DE NARVAEZ, FRANCISCO | BUENOS AIRES | PERONISMO FEDERAL |
GAMBARO, NATALIA | BUENOS AIRES | PERONISMO FEDERAL |
FERRARI, GUSTAVO ALFREDO HORACIO | BUENOS AIRES | PERONISMO FEDERAL |
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