PROYECTO DE TP
Expediente 5182-D-2008
Sumario: PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL PARA EL EJERCICIO 2008, MODIFICACION DE PARTIDAS PARA PAGAR LA DEUDA CON EL CLUB DE PARIS, DEROGACION DEL DECRETO 1472/2008.
Fecha: 18/09/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 125
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTICULO 1º.- Déjase sin efecto
el Decreto Nº 1472/2008.
ARTICULO 2º.- Instase al Poder
Ejecutivo Nacional a enviar los proyectos de ley correspondientes, a los
efectos de la consideración por el Congreso Nacional de los temas
contemplados por el Decreto Nº 1472/2008.
ARTICULO 3º.- De forma.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Poder Ejecutivo ha dictado el
Decreto Nº 1472/2008, que es uno de los llamados "decretos de necesidad y
urgencia" (DNU) por la terminología utilizada por el artículo 99 inciso 3º de la
Constitución Nacional.
Dicho inciso constitucional
dispone que "el Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de
nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo". Sin
embargo, el DNU de referencia ha procedido a modificar ni más ni menos que
la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina (para pagar
deudas con los países integrantes del grupo informal denominado "Club de
Paris"), lo que es una señal absolutamente grave para todos los agentes
económicos del mundo, ya que afecta de modo brutal la independencia que
debe tener la autoridad monetaria.
Esto implica un daño
permanente a la imagen de seriedad de nuestro país en el mundo, que nos
afectará muy negativamente en el largo plazo. Si el Poder Ejecutivo puede
cambiar a su antojo la ley orgánica del Banco Central -que establece la
autonomía de esa entidad del Poder Ejecutivo y limita su capacidad de
prestarle dinero-, para meter la mano en su caja, sencillamente la Argentina
se transforma de ahora y para siempre en un país absolutamente imprevisible
y carente de seriedad.
El tema es especialmente grave,
pues no se trata de normas ordinarias de "carácter legislativo", sino normas
que específicamente la Constitución pone bajo la responsabilidad del
Congreso, cuando establece en el inciso 6º del artículo 75 que "corresponde
al Congreso establecer y reglamentar un banco federal con facultad de emitir
moneda" y en el inciso 11 del mismo artículo cuando lo faculta a "hacer sellar
moneda, fijar su valor y el de las extranjeras", funciones ambas del Banco
Central.
Por si fuera poco, existen en el
Congreso proyectos para permitir el pago al llamado Club de Paris, como uno
presentado por el Bloque PRO, que perfectamente podrían ser considerados
por la Cámara y resguardarían la independencia del Banco Central y el
prestigio de largo plazo de la Argentina.
Si hace años que
no se paga la deuda del llamado Club de Paris, está claro además de que no
hay en el caso ninguna "necesidad y urgencia". El inciso 3º del artículo 99 de
la Constitución establece que "solamente cuando circunstancias excepcionales
hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta
Constitución para la sanción de las leyes, podrá dictar (el Poder Ejecutivo)
decretos por razones de necesidad y urgencia". Claramente, con absoluta
certeza, no es el caso que estamos considerando.
Otro tanto puede decirse de la
disposición de gastos no previstos en el presupuesto nacional, por sobre el
límite total de gastos autorizados, por la bonita suma de $ 36 mil millones.
Esta ampliación presupuestaria era absolutamente previsible -ya desde las
discusiones presupuestarias del año pasado- y se vio como inevitable cuando
se sobreejecutaron partidas utilizando superpoderes. Ello quita toda urgencia
al tratamiento del asunto, por lo que corresponde dejar sin efecto el decreto
también en este aspecto.
Sin duda no es bueno que un
Poder Ejecutivo cualquiera, se gaste doce mil millones de dólares a sola firma
y de un solo saque, pues eso afecta seriamente la calidad institucional. No
está demás que el Poder Ejecutivo recuerde que el inciso 8º del artículo 75
de la Constitución, pone en cabeza del Congreso el "fijar anualmente el
presupuesto general de gastos de la administración nacional".
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PINEDO, FEDERICO | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER ADHERENTE DEL DIPUTADO GALVALISI (A SUS ANTECEDENTES) | 03/12/2008 | |
Diputados | SOLICITUD DE SER ADHERENTE DE LA DIPUTADA HOTTON (A SUS ANTECEDENTES) | 03/12/2008 |