PROYECTO DE TP
Expediente 5178-D-2011
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LA APARICION DE UN FUERTE BROTE DE LA PLAGA ANTHONOMUS GRANDIS BOHEMAN DENOMINADA "PICUDO DEL ALGODONERO".
Fecha: 20/10/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 157
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Su preocupación por la
aparición de un fuerte brote de la plaga Anthonomus grandis
Boheman, comúnmente denominada "Picudo del Algodonero",
solicitando que se extremen las medidas para el control y
erradicación de la misma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El SENASA mediante la
Resolución 717/2011l, declaró la Emergencia Fitosanitaria en todo el
Territorio Nacional, respecto de la plaga de cultivos de algodón
denominada Picudo Algodonero.
Por ello se deben adoptar y/o fortalecer las tareas de control,
prevención y vigilancia, para lo cual se faculta a la Dirección Nacional
de Protección Vegetal del Senasa para implementar las acciones de
emergencia.
Se faculta al personal del Senasa afectado a las tareas de control,
prevención y vigilancia correspondientes, a tomar todas las medidas
tendientes al control y/o contención de la plaga, que se consideren
más adecuadas. Las medidas deben establecerse en función de las
situaciones detectadas y con la debida justificación técnica. Los
propietarios, poseedores o tenedores de los predios deben ser
notificados sobre las medidas fitosanitarias a ser implementadas.
También se faculta a las dependencias pertinentes del Senasa a
adoptar las medidas técnico-administrativas extraordinarias de
acuerdo al Estado de Emergencia y se autoriza a contratar locaciones
de obra, servicios no personales y/o terceros, comprar equipamiento
y efectuar todo gasto necesario para hacer frente a dichas tareas, las
que deben realizarse conforme la evaluación de situación de
emergencia existente o que pudiera producirse.
Los propietarios,
arrendatarios o tenedores de los establecimientos deben permitir el
ingreso a los agentes oficiales para realizar, supervisar o fiscalizar las
actividades de vigilancia, control y otras medidas fitosanitarias que se
establezcan.
Ell Picudo del
Algodonero (Anthonomus grandis Boheman) es una plaga que puede
ocasionar daños muy severos en las zonas afectadas para la
producción de algodón en el país.
Las principales áreas
algodoneras cuentan con una fuerte presión de la plaga, y no se
diferencian zonas en base al estatus de la misma sino un gran área
roja que involucra la región que comprende noreste de la Provincia de
Santiago del Estero toda la Provincia del Chaco, gran parte de la zona
algodonera de las Provincias de Santa Fe y Formosa, explica la
Resolución en sus considerandos.
Agrega que el Registro de Capturas de Ejemplares del Picudo del
Algodonero indica que se han detectado capturas en zonas no
afectadas hasta el dictado de la Resolución Senasa.
Pone de relieve que resulta necesario proteger las áreas productoras
del cultivo de algodón colindantes a las provincias afectadas tales
como los Departamentos Sauce y Esquina de la Provincia de
Corrientes, y La Paz y José Feliciano de la Provincia de Entre Ríos.
Rresulta necesario proteger la áreas productoras del cultivo de
algodón libre de la plaga, a saber las Provincias de Salta, Córdoba,
Entre Ríos, Catamarca, La Rioja y San Luis y todas aquellas nuevas
zonas en donde se inicie o se realice la actividad productiva
algodonera.
La situación actual de la plaga, agrega el texto difundido por SENASA,
y la detección de nuevos focos en zonas no afectadas con
anterioridad, demuestra el comportamiento fluctuante de la misma
que viene acompañado por la variación constante de la superficie de
siembra y de los cambios climáticos que determinan su dispersión
hacia zonas no contempladas hasta el momento, implica la necesidad
de modificar el estatus sanitario de las zonas afectadas en forma
dinámica y oportuna.
Es por ello, y dada la
gravedad de la situación , es que se solicita, Sr. Presidente, la
aprobación del presente Proyecto
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MARTINEZ, JULIO CESAR | LA RIOJA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |