PROYECTO DE TP
Expediente 5166-D-2012
Sumario: RECONOCIMIENTO COMO SIMBOLO PATRIO HISTORICO A LA LLAMADA "BANDERA NACIONAL DE LA LIBERTAD CIVIL", CREADA POR EL GENERAL MANUEL BELGRANO.
Fecha: 02/08/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 94
El Senado y Cámara de Diputados...
Art. 1º.- Reconocer como símbolo patrio histórico, a
la llamada "Bandera Nacional de la Libertad Civil"; creada por el General Manuel Belgrano, hecha
bendecir y entregada por él al Cabildo de Jujuy, el 25 de mayo de 1813, como testimonio de
reconocimiento por los valores y sacrificios comprometidos por la población jujeña en la lucha por la
emancipación.
Art. 2º.- Ajustar a la imagen, proporciones y colores
que constan en los anexos Uno y Dos, respectivamente. El escudo ocupará 8/10 del alto del paño;
se bordará o imprimirá, solo en el anverso.
Art. 3º.- Las dimensiones; confección textil; mástil y
demás accesorios, de la "Bandera Nacional de la Libertad Civil" se ajustarán a las disposiciones que
rigen para la Enseña Nacional.
Art. 4º.-. Su moharra; asta; pie; corbata; tahalí y
bandas de los escoltas, serán de igual forma, dimensiones y características a las previstas para la
Bandera Nacional.
Art. 5º.- Todos los habitantes de la Nación y sus
instituciones, como herederos de las tradiciones y derechos del pueblo que protagonizó la
emancipación, tienen la facultad de emplear la "Bandera de la libertad civil" dentro del territorio
nacional, a condición de que se exhiba siempre en forma conjunta con la enseña patria.
Art. 6º.- La Bandera Nacional tiene precedencia
protocolar sobre la "Bandera Nacional de la Libertad Civil" que, a su vez, prevalece sobre las
banderas provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art 7°.- Puede emplearse en cualquier
circunstancia; particularmente el 23 de agosto, en recordación del inicio del Éxodo Jujeño así como
el 25 de mayo, aniversario de su presentación al pueblo y respectiva bendición.
Art. 8º.- La Nación argentina reconoce con gratitud
los esfuerzos del pueblo de la provincia de Jujuy, que cumplió cabalmente con el legado
belgraniano, preservando hasta la actualidad la bandera que el general Manuel Belgrano le confió en
la histórica jornada del 25 de mayo de 1813.
Art. 9º.- Un modelo patrón de la enseña se
preservará en el Archivo General de la Nación.
Art. 10º.- De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En el marco de la conmemoración del Bicentenario del
Éxodo Jujeño ocurrido el 23 de agosto de 1812, y de los diferentes bicentenarios de nuestro país:
primer izamiento de nuestra Bandera, la creación de la escarapela, el Éxodo Jujeño y la batalla de
Tucumán; asimismo y con el propósito de contribuir a la consolidación y fortalecimiento de la
simbología patria, el presente proyecto de ley se eleva a efectos de reconocer como enseña
histórica nacional a la Bandera de la Libertad Civil que el General Belgrano legó al pueblo de Jujuy
en reconocimiento a los esfuerzos realizados en la lucha contra las invasiones realistas y en defensa
de la emancipación nacional.
Este proyecto cuenta con el apoyo del
Gobernador de la provincia de Jujuy, Dr. Eduardo Fellner, de legisladores nacionales y provinciales
de distintos bloques, de los Institutos Balgranianos del país y en particular el Instituto Belgraniano de
la provincia de Jujuy presidido por el Arquitecto Luis Grenni, también apoyan el proyecto los
descendientes directos del Prócer, entre ellos Manuel Belgrano Lastra y se tuvo en cuenta para su
elaboración las investigaciones historiográficas realizadas y la bibliografía publicada con referencia a
la temática del Éxodo Jujeño y otras vinculadas a la Bandera de la Libertad Civil. Particularmente fue
consultada la obra de Miguel Carrillo Bascary, presidente del Instituto Balgraniano de Rosario. Así
mismo se tuvo en tomo la investigación recientemente publicada por pedido del gobierno de la
provincia de Jujuy realizada por la Dra. Viviana Conti, Investigadora de la Facultad de Humanidades
y Ciencias Sociales - Universidad Nacional de Jujuy.
La Bandera de la Libertad Civil es un paño
blanco con el escudo de la soberana asamblea general. Fue bendecida y jurada por Manuel
Belgrano en el año 1812 y entregada al Cabildo de Jujuy en 1813.
La figura de uno de los padres de la
Patria, Manuel Belgrano se destaca cabalmente en nuestra historia ya que supo capitalizar las
fuerzas sociales de su generación y contribuyó a formar nuestro orgullo de llamarnos argentinos. Su
persona es un ejemplo superlativo de civismo, coherencia y de entrega en pro de los intereses
nacionales.
Este héroe como ningún otro supo defender en
su ápoca lo que a la luz de la jurisprudencia contemporánea denominaríamos derechos humanos
porque la creación de una bandera que distinga las fuerzas del país creciente está vinculada a la
devolución de la dignidad de sus habitantes y la libertad de su pueblo.
La Bandera de la Libertad Civil equivale al
concepto de Estado de Derecho porque resulta de la vigencia de la igualdad cívica y del respeto por
los Derechos Humanos, orientándose hacia la consolidación colectiva del bien común. Es la
superación del régimen de dominación española.
La dimensión que adquirió
la bandera de Belgrano es considerada por algunos historiadores como la protobandera del estado
nacional constituido tal como se reflejaba en el escudo adoptado por la asamblea constituyente del
año XIII. Miguel Carrillo Bascary expresa textualmente: "La originalidad del lábaro Jujeño está en
que se ejecutó por orden directa de Manuel Belgrano quien era capitán general de todo el norte, por
ello se le reconoce preeminencia, además se le asigno expresamente su carácter de bandera
Nacional, protocolizando el adjetivo en un acta capitular, lo que le confirió certeza jurídica y
publicidad de acto de gobierno."
En este contexto se inscribe la presente
iniciativa que promueve la sanción de una ley que reconozca como bandera histórica a la "Enseña
Nacional de la Libertad Civil" que el General Belgrano legó al pueblo de Jujuy el 25 de mayo de
1813.
Este símbolo es depositario de un enorme
contenido en riqueza identitaria y amerita que acompañe en su ondear sobre los cielos de la Patria a
la Bandera celeste y blanca de nuestra nacionalidad.
Sabemos que en 1812 Belgrano recibió en
Jujuy un ejército deshecho por las derrotas que lo habían precedido. El sólido avance realista
amenazaba arrasar aún con estos restos y abrir las provincias interiores al paso vencedor de la
reacción colonialista, que aspiraba aplastar en sangre a la Revolución y al gobierno formado en
Buenos Aires.
Belgrano no tenía opciones cuando recibió del
Gobierno la perentoria orden de intentar preservar las fuerzas bajo su mando retrocediendo para
intentar hacerse fuerte en Córdoba.
Fue entonces cuando mandó despoblar el
territorio jujeño, arrasar cuanto podía servir al invasor. No importaron los intereses personales. La
orden fue terminante, sin exclusiones. A su proclama las plazas vacantes en sus regimientos se
cubrieron con los hijos de esa tierra mártir. Los paisanos formaron, una vez más, en sus
escuadrones milicianos. Los jóvenes citadinos, muchos casi niños, se enlistaron en el cuerpo de los
"Decididos". Las mujeres sumaron su sacrificio de mil maneras. Los pueblos originarios también
dieron lo suyo, eran parte misma de las milicias y de aquella sufrida población. Surgió así un
verdadero pueblo en armas. Y el verdadero pacto de Belgrano con ese pueblo.
El Prócer facilitó al Cabildo la enseña del
Ejército, bendecida y jurada el año anterior, pero también sumó un gesto de enorme trascendencia
que doscientos años más tarde sirve de fundamento a esta presentación: mandó confeccionar otra
bandera, enteramente blanca, con el sello de la Asamblea Constituyente pintado en su raso,
anticipándose a la vocación independentista que conllevaba aquella gran corporación cívica reunida
en Buenos Aires.
Era su forma de reconocer los ingentes
esfuerzos realizados por Jujuy en las luchas por la libertad y, en especial el heroísmo que
caracterizó al Éxodo de meses antes. El propio Belgrano lo explicitó (1) diciendo que entregó ese
lábaro para que se:
"conservara el honor y el valor que
habían manifestado los dignos hijos de esta ciudad (Jujuy) y su jurisdicción que habían servido en mi
compañía en las acciones de 24 de septiembre (Tucumán) y 20 de febrero (Salta)"
Se trató de una nueva bandera surgida de su
fértil inspiración, para nada incompatible con la blanca y celeste que hiciera bendecir un año antes y
que empleaba su Ejército. Como lo señala Francisco Pico, teniente gobernador de Jujuy (2) , la misma
estuvo:
"librada a la expectación pública todo
el día en la galería del Cabildo, vítores y aclamaciones solo han resonado en este pueblo, en vista
de tan majestuoso respetable acto, la alegría y contento se veía renacer en los semblantes de estos
beneméritos vecinos recordando en unión el memorable día de nuestra libertad política"
Así se selló el ya entrañable vínculo entre
Belgrano y Jujuy, lazo que se agiganta con la marcha de la Historia hasta llegar al presente.
Nuestro país inició en Mayo de 2010 la celebración
de diferentes bicentenarios representativos de la construcción de nuestro estado nacional, por ello,
con justo criterio historicista y en un gesto patriótico de reconocimiento este proyecto resume y
encarna la trascendencia y la simbología de la Bandera Nacional de la Libertad Civil como símbolo
patrio histórico con reconocimiento nacional. De este modo puede acompañar las distintas
ceremonias de nuestra patria juntamente con nuestra Bandera Nacional.
Por lo expuesto solicito a mis pares me acompañen
en este proyecto de ley.
ANEXO
Anexo Uno: Representación patrón de la "Bandera histórica nacional de la libertad civil"
A) Modelo a
color:
Ilustrado porr Francisco Gregoric
B) Modelo esquematizado:
Ilustrado por Francisco Gregoric
C) Detalle del escudo a
color:
Ilustrado por Francisco
Gregoric
Anexo Dos: Determinación
técnica de los colores
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BERNAL, MARIA EUGENIA | JUJUY | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia) |
CULTURA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
09/05/2013 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |