PROYECTO DE TP
Expediente 5163-D-2013
Sumario: EDUCACION NACIONAL (LEY 26206): MODIFICACION DEL ARTICULO 92, INCORPORANDO LA TEMATICA DE LA TRATA DE PERSONAS COMO CONTENIDO CURRICULAR.
Fecha: 05/07/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 84
El Senado y Cámara de Diputados...
INCORPORAR LA TRATA DE
PERSONAS COMO CONTENIDO.
Artículo 1°.- Incorpórase como
inciso g) del artículo 92 de la Ley N° 26.206, de Educación Nacional, el
siguiente texto:
g) Los contenidos que contribuyan
a prevenir y erradicar la Trata de Personas.
Artículo 2°.- El Ministerio de
Educación de la Nación definirá, en el seno del Consejo Federal de Educación, y
con la asistencia consultiva de la Oficina de Rescate y Acompañamiento a
Personas Damnificadas por el Delito de Trata de Personas, los lineamientos
curriculares básicos en la materia.
Artículo 3°.- El Instituto Nacional
de Formación Docente desarrollará planes, programas y materiales para la
formación docente inicial y continua en concordancia con lo establecido en la
presente ley.
Artículo 4°.- De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Trata de Personas es un
fenómeno complejo que debe abordarse de manera interdisciplinaria, sistémica,
con un enfoque global, holístico. Y exige enfrentar el tema desde una
perspectiva de Derechos Humanos, teniendo en cuenta la dignidad humana, la
defensa de la vida y la libertad.
Este delito incluye aspectos
relacionados con la violación de los derechos humanos, la pobreza, la
inequidad, la injusticia, la desigualdad de oportunidades dentro de cada país y
entre los distintos países, las desigualdades por razones de sexo o de edad, las
políticas de migraciones y la lucha contra el crimen organizado.
La Trata de Personas es el tercer
negocio ilícito más grande en el mundo, después del tráfico de armas y de
drogas. Hay una combinación de mafia, poder, redes y crimen, sumado a la
vulnerabilidad de sus víctimas y la complicidad de las fuerzas de seguridad.
La Argentina es un país de origen,
tránsito y destino de varones y mujeres de distintas edades que son engañados
con falsas promesas de trabajo o secuestrados y luego son explotados sexual o
laboralmente. Si bien se registra trata internacional, especialmente desde
Paraguay, Bolivia y República Dominicana, hay un predominio de la trata
interna y todas las provincias del país están implicadas en estos procesos.
Por las dimensiones que está
tomando en nuestro país es urgente consensuar y aplicar una política nacional
que considere la protección de los derechos humanos de las víctimas y la
efectiva persecución del delito de trata de personas, así como la prevención.
Una Política Nacional Anti-Trata debiera tener estas tres patas: Prevención,
Persecución (a los victimarios) y Protección (de las víctimas).
La ley 26.364 tiene, según nuestro
parecer, algunos conceptos que es necesario modificar para lograr el fin
buscado: erradicar la trata de personas. Por esa razón he presentado
oportunamente el expediente 2735-D-2010. La ley era una necesidad urgente,
pero después de sancionada era necesario mejorarla. Decir que es perfectible
no puede ser una excusa para evitar las modificaciones necesarias.
La Ley N° 26.206, de Educación
Nacional, detalla en su artículo 92 un listado de contenidos curriculares que, por
su importancia, deberán ser comunes a todas las jurisdicciones. Nos parece,
por lo expresado en los primeros párrafos de estos fundamentos, que lo
referente a la Trata de Personas debe formar parte de esos contenidos básicos,
de esos núcleos de aprendizaje prioritario que toda persona que transite por el
Sistema Educativo Argentino no pueden dejar de aprender. Sabemos que las
leyes por sí solas no modifican la realidad pero colaboran en esa dirección.
Operan en lo simbólico y, a la vez, generan cambios en la praxis. Y en este
tema puntual todo lo que se pueda hacer desde la información, difusión,
formación, educación, colabora enormemente en la prevención y erradicación
de este flagelo.
Estos contenidos curriculares serán
trabajados en el seno del Consejo Federal de Educación, impulsados por el
Ministerio de Educación Nacional, y con la asistencia y colaboración de la
Oficina de Rescate y Acompañamiento a Personas Damnificadas por el Delito de
Trata de Personas. Sabiendo que para que esos contenidos lleguen realmente a
los alumnos es indispensable el trabajo docente, establecemos que el Instituto
Nacional de Formación Docente desarrolle planes, programas y materiales para
la formación docente inicial y continua en sintonía con lo que venimos
exponiendo.
Todos estamos de acuerdo en la
urgente necesidad de erradicar este flagelo. Todos propiciamos una política
nacional para prevenir y sancionar la trata de personas, acompañada de la
protección, asistencia y reinserción de las víctimas. En esa dirección he
presentado diversos proyectos al respecto (3666-D-2011, 2735-D-2010, entre
otros). Y esta iniciativa busca ser un paso más en ese camino.
Por todo lo expuesto es que
solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente
proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GUZMAN, OLGA ELIZABETH | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
YAGÜE, LINDA CRISTINA | NEUQUEN | UCR |
GRANADOS, DULCE | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
REGAZZOLI, MARIA CRISTINA | LA PAMPA | PARTIDO JUSTICIALISTA LA PAMPA |
STORANI, MARIA LUISA | BUENOS AIRES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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