PROYECTO DE TP
Expediente 5158-D-2010
Sumario: FORESTACION, REVEGETACION Y ADECUACION ECOLOGICA EN LAS ZONAS DE LAS RUTAS NACIONALES.
Fecha: 14/07/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 96
El Senado y Cámara de Diputados...
Forestación, revegetación y adecuación
ecológica en las zonas de las rutas
nacionales
Artículo
1º.- Se establece un plan de forestación, revegetación y
adecuación ecológica de las zonas de camino de las rutas
nacionales y otras propiedades del Estado Nacional que
quedaron como sobrantes sin destino y canteras viales en desuso;
como también otros pasivos ambientales y espacios que
podrían recibir el mismo tratamiento.
Artículo
2º.- La adecuación ecológica comprenderá a todas las
actividades implicadas en el manejo de los recursos naturales
tendientes a lograr un ecosistema equilibrado, que se llegó a
turbar por las acciones del hombre a lo largo del tiempo; e
incluirá:
a) La
generación de masas boscosas predominantemente nativas
(forestación);
b) la
revegetación con componentes de diferentes estratos y
fisonomías;
c) la
protección de relictos bióticos y abióticos como patrimonio
socio-ambiental;
d) la
priorización del uso de especies autóctonas y minimización de
las exóticas invasoras declaradas o potenciales.
Artículo
3º.- Se propenderá alcanzar los objetivos de un desarrollo
sustentable cumplimentando los compromisos asumidos por
la República Argentina en los tratados y acuerdos
internacionales ambientales.
Artículo
4º.- La Dirección Nacional de Vialidad, será la responsable de
proyectar, coordinar, y llevar a cabo las distintas actividades
tendientes a lograr la adecuación ecológica en el plazo
previsto por la presente.
Artículo
5º.- En el supuesto de las rutas, autovías o autopistas que se
encontraren concesionadas las actividades tendientes a la
forestación, revegetación y protección de relictos vegetales
autóctonos y adecuación ecológica, serán realizadas por la
Dirección Nacional de Vialidad y el concesionario respectivo,
debiendo ser supervisado por Vialidad Nacional.
Artículo
6º.- La forestación, revegetación, protección de relictos y
todas las tareas y funciones que tengan incidencia en el logro
de una adecuación ecológica de todas las rutas nacionales y
predios de la DNV existente en el territorio, tendrán como
finalidad:
a) Evitar
que se inicien y/o agraven los focos de erosión localizados
dentro de las áreas que abarca la presente Ley.
b) Proteger,
prevenir -a las localidades próximas a las rutas- de la erosión
provocada por el viento y el agua, a través de la forestación y
mejoramiento de las condiciones ambientales del suelo.
c) Generar
ambientes propicios para el desarrollo de corredores
biológicos para la unión de parches y relictos segmentados y
para la disminución del efecto borde de los fragmentos
boscosos.
d) Proveer
los servicios ambientales que aseguren protección contra los
procesos erosivos, fomentando la biodiversidad, mejorando el
paisaje, incrementando la seguridad vial y propendiendo a
una adecuada información ambiental.
e)
Salvaguardar los relictos geológicos, ambientales y
antropológicos, entendidos como patrimonio socio-ambiental,
propendiendo a su protección, estudio y valoración por parte
de los usuarios y la comunidad en general.
f)
Concientizar a la población respecto de la importancia
del recurso forestal como indicador de calidad de vida y de
preservación de la cobertura del suelo como herramienta de
la lucha contra la desertificación;
g) Colaborar
activamente en la mitigación de la contaminación del aire y la
disminución de los gases invernadero generados por el uso de
las rutas y otras acciones asociadas a la Dirección Nacional de
Vialidad.
Artículo
7º.- La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la
Nación, Universidades Nacionales, el Instituto Nacional de
Tecnología Agropecuaria -INTA- y el Servicio Geológico
Minero Argentino -SEGEMAR- colaborarán con la Dirección
Nacional de Vialidad en la elaboración de los estudios y
proyectos pertinentes.
Artículo
8º.- Toda obra vial referida a construcción, pavimentación,
repavimentación u obras de conservación en la zona de
camino, deberá contar con un Plan de Adecuación Ecológica
que quedara establecido en la reglamentación de la ley.
Artículo
9º.- Toda obra de adecuación ecológica se efectuará,
prioritariamente, con mano de obra local, de manera que
signifique un incremento en los puestos de empleo a lo largo
de todo el país.
Artículo
10º.- El Presupuesto de la Nación afectará las partidas
necesarias a los efectos del cumplimiento de la presente ley,
la que deberá estar reglamentada en el tiempo mínimo
posible.-
Artículo
11º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Vengo ante
V. H. a solicitar la aprobación del proyecto de ley que,
contemplando aspectos referidos a la problemática ambiental,
pretende legislar sobre la conveniencia de forestar, reforestar
y aplicar la adecuación ecológica en las rutas de la Nación.
La
pérdida del hábitat natural por disturbio antrópico es una
problemática ambiental que ha ganado importancia a nivel
mundial en los últimos años, y como consecuencia han
surgido investigaciones y prácticas para mitigar los daños
ambientales y restaurar los ambientes afectados. La
construcción de caminos es una acción que genera un
desequilibrio en los ecosistemas, y si bien la Dirección
Nacional de Vialidad (D.N.V.) históricamente manifestó su
interés por la cuestión, en la actualidad se considera
imprescindible la incorporación de proyectos acordes a las
actuales demandas ambientales, económicas, sociales y
viales.
Con este
proyecto se establecerá un plan de forestación, revegetación
y adecuación ecológica que generará numerosos beneficios en
distintos aspectos, entre los que se encuentran:
Ambientales:
- Mitigación de los
impactos ambientales negativos derivados de la construcción
de rutas nacionales (remoción de árboles, movimiento de
suelo, alteración del paisaje, discontinuidad del ecosistema,
contaminación de los recursos naturales, etc.).
- Mitigación de los
impactos ambientales negativos generado por: a) el uso de
las rutas nacionales (modificación del uso del suelo,
contaminación sonora y atmosférica producida por los
vehículos, etc.); b) por terceros en áreas próximas a la red
vial (generando barreras físicas, visuales y biológicas que
separan el área del camino de las zonas con actividades, tales
como: agricultura, industria, etc.).
- Captura de dióxido
de carbono del aire.
- Lograr rutas
"limpias" en el marco del "desarrollo sustentable".
Viales:
- Prevención de la
somnolencia del usuario al interrumpir la monotonía
visual.
- Provisión de guiado
visual.
- Protección contra el
encandilamiento mediante la forestación del cantero central
en autopistas.
- Provisión de áreas de
descanso y protección de las inclemencias
meteorológicas.
- Apreciación de un
paisaje más amigable y relajado.
- Disminución del
costo de mantenimiento de las rutas por obstrucción de
alcantarillas, corte de pasto, corrección de cárcavas y sitios
erosionados.
- Disminución de los
problemas de drenaje hidráulicos (profundización y alteración
de las pendientes longitudinales de las cunetas,
consecuencias producidas al colmatar los cauces, etc.).
- Mejora de la
estabilidad de los taludes.
Sociales:
- Fomento de la
valoración del entorno y de la educación ambiental.
- Generación de
empleo directo e indirecto en las tareas de plantación y de
mantenimiento.
- Fomento de las
economías regionales.
- Articulación de las
capacidades instaladas en cada región mediante la gestión de
proyectos integradores.
Institucionales:
- Mejora de la imagen
pública de D.N.V.
- Puesta en valor de
los espacios territoriales públicos subutilizados.
- Instalación del
estado como cogenerador de servicios ambientales.
Por otro lado,
las actividades viales involucran tareas que implican
modificaciones en el medio físico, químico y biológico,
alterando el funcionamiento de los ecosistemas y la
disposición de los recursos. Para la obtención de materiales
destinado a la construcción de obras viales, la Dirección
Nacional de Vialidad precisa explotar canteras de áridos.
Hasta hace algunos años las tareas de mitigación de los
impactos ambientales producidos por la actividad extractiva
no eran prácticas habituales y las canteras eran abandonadas.
Actualmente las
canteras abandonadas se encuentran en situaciones diversas,
la mayoría profundizando el impacto negativo generado.
Algunas se han empleado como sitios de disposición de
basura a cielo abierto, provocando focos infecciosos, de
proliferación de vectores, y de contaminación de diversa
índole. Otras almacenan agua como consecuencia de la
explotación por debajo del nivel freático o por la variación
posterior del mismo, formándose represas o pequeños
embalses, facilitando la contaminación de la capa freática y
provocando salinización del suelo circundante y de la propia
capa.
Por todas estas
razones resulta indispensable poner en práctica medidas
correctoras para restaurar los daños ocasionados.
Antecedentes de forestación, efectuada por la
Dirección Nacional de Vialidad.
1936-1950: se
instrumentó el Primer Plan Forestal de DNV. Se plantaron
25.000 árboles por año.
1941-1950: La
DNV anunció el "mes del árbol vial", entre el 11 de agosto y el
11 de septiembre de cada año. Se plantaron 500.000 árboles
por provincia por año.
1993: se
formuló el primer marco legal propio de la DNV en materia
específicamente ambiental, el Manual de Gestión Ambiental
de Obras Viales.
1996: se creó la
Unidad ambiental de la Repartición integrada por la División
Gestión Ambiental, que funciona en la Casa Central.
2002: se
crearon y se dieron funciones a los Centros de Gestión
Ambiental.
2005: La Nación
adhirió al protocolo de Kyoto (Ley Nº 25.438).
2006: en la
autopista Rosario- Córdoba, en el tramo que une la ruta
provincial E59 con Ballesteros, se incluyeron -como medidas
de mitigación de impactos ambientales negativos- las
forestaciones compensatorias, promoviendo la plantación de
especies autóctonas (22.000 plantas en 26 hectáreas) y se
expropiaron 42 ha de masa boscosa nativa para su
preservación.2007: se aprobó la versión actualizada del
Manual de Evaluación y Gestión Ambiental de Obras Viales
(MEGA II).
2008: El día 10
de junio se licitó el Plan Forestal de la Autopista Rosario-
Córdoba, que incluye la forestación de 311 Km., desde la
ciudad de Carcarañá (Pcia. de Santa Fe) hasta la ciudad de
Pilar (Pcia. de Córdoba.
Por lo expuesto
y por los fundamentos que se podría ampliar de considerarse
necesario en el debate, solicito a la probación del presente
proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BEDANO, NORA ESTHER | CORDOBA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
TRANSPORTES (Primera Competencia) |
AGRICULTURA Y GANADERIA |
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | RESOLUCION DE PRESIDENCIA - AMPLIACION DE GIRO A LA COMISION DE RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO. | 13/10/2010 | |
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 6061-D-12 |