PROYECTO DE TP
Expediente 5156-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL "PLAN NACIONAL DE PREVENCION Y CONTROL DEL DENGUE Y LA FIEBRE AMARILLA".
Fecha: 22/10/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 143
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Ministerio de Salud de la Nación
para que en relación al "Plan Nacional de Prevención y Control del Dengue y la Fiebre
Amarilla" informe:
1. Para que informe respecto a la
compra de Vacunas para la Fiebre Amarilla:
a- Cuál fue la fecha de la última
compra y recepción.
b- Para cuándo está prevista la
próxima. En caso de haberse realizado, cuando llegarán éstas a las provincias.
2. Cuál es el criterio de distribución,
fecha y cantidad de dosis en que las diferentes jurisdicciones recibieron el último
envío.
3. Enuncie las acciones que el
mencionado Plan Nacional tiene previsto desarrollar en materia de inmunización para
evitar la falta de vacuna en el período de mayor demanda y estrategias de atención y
vigilancia entomológica y epidemiológica.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Esta vacuna fue introducida en 1935. Desde
1969, la OMS recomienda la cepa 17D. Estudios realizados en Brasil y Colombia, en
más de un millón de vacunados, demostraron la efectividad de esta vacuna y la
persistencia de la inmunidad por largo tiempo.
Actualmente se indica la vacunación para
aquéllos viajeros o turistas que crucen hacia Brasil por Bernardo de Irigoyen en
Misiones y por Paso de los Libres en Corrientes. Población de provincias limítrofes con
áreas de riesgo: en la actualidad existe en nuestro país, un programa de vacunación
antiamarílica en las provincias de Misiones, Corrientes, Entre Ríos, Salta, Jujuy,
Formosa y Chaco, por la proximidad con Brasil, en donde existen áreas de
epizotia.
La resolución 857/2007 del Ministerio de
Salud de la Nación, establece la obligatoriedad de aplicar la vacuna antiamarílica a
toda persona a partir del año de edad que habite en "áreas de alto riesgo para fiebre
amarilla", es decir, áreas de nuestro país que sean limítrofes con Brasil y Bolivia,
países con zonas endémicas. También establece la aplicación de la vacuna a los
viajeros que ingresan o salen de zonas endémicas o epidémicas.
Los ministros de Salud de todo el país
aprobaron el día 7 de agosto de 2009 en el marco de una reunión del COFESA
(Consejo Federal de Salud) por unanimidad el "Plan Nacional de Prevención y Control
del Dengue y la Fiebre Amarilla". Se trata de una estrategia unificada para reducir el
riesgo de propagación de brotes, garantizar la detección precoz de todos los casos de
dengue y orientar las acciones de control de forma anticipada.
Sin embargo existen faltas de dosis de
vacunas en varias jurisdicciones del país, hecho que se agrava anualmente al llegar la
temporada por la gran cantidad de personas que cruzan las fronteras dirigiéndose a
zonas afectadas o de riesgo.
Por todo lo expuesto es que solicito a mis
pares me acompañen en el tratamiento y aprobación de este pedido de informes.
Firmante | Distrito | Bloque |
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FEIN, MONICA HAYDE | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |