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PROYECTO DE TP


Expediente 5155-D-2010
Sumario: PARQUES NACIONALES - LEY 22351 -. INCORPORACION DEL ARTICULO 25 BIS, SOBRE ESTABLECIMIENTO DE UNA REGALIA DEL DIEZ POR CIENTO (10%) DE LO PRODUCIDO POR CADA PARQUE, DESTINADO AL DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA DE LAS ZONAS ALEDAÑAS AL PARQUE.
Fecha: 14/07/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 96
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTÍCULO 1°.- Incorporase a Ley 22.351 el siguiente artículo:
"Artículo 25º bis.- Establécese una regalía del diez por ciento (10%) de lo producido por cada Parque Nacional. Dicho monto será percibido en forma directa por la jurisdicción del Estado Provincial en la cual se ubique el mismo, y destinado al desarrollo de la infraestructura turística de las zonas aledañas a dicho parque."
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Nuestro país cuenta con un importante sistema de parques nacionales, los primeros de los cuáles fueron el Nahuel Huapi y el Iguazú, ambos creados en 1934, y los últimos los de San Guillermo (1998), el Copo (2000) y El Leoncito (2002), el Parque Nacional Monte León (2004) y el Parque Nacional Campos del Tuyú (creado por Ley 26.499 del 13 de Mayo de 2009).
Los 29 parques nacionales actuales cubren una superficie aproximada de 3.590.000 has. que son cuidados por alrededor de 200 guardaparques, y administrados por la Administración de Parques Nacionales, regulada por Ley 22.351 de 1980, que tiene su sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La gestión de la APN está descentralizada y se encuentra en la órbita de la ex Secretaría de Turismo de la Nación, hoy Ministerio de Industria y Turismo.
Los parques nacionales, monumentos naturales o reservas nacionales, de la Argentina, según el Art. 25 de la Ley 22.351, generan recursos que son integrados totalmente a un Fondo de Fomento de Parques Nacionales, y de los cuales las provincias donde se encuentran establecidos los mismos, no tienen ninguna participación.
En el caso de los parques El Palmar, Talampaya, Arrayanes, Nahuel Huapi, Lago Puelo, Los Alerces, Los Glaciares, Tierra del Fuego, Sierra de las Quijadas, Lanín e Iguazú, se cobra un derecho de acceso que varía, de acuerdo a categoría y parque, entre los $ 4.- y los $ 60.- por persona.
En muchos casos, el acceso a los mismos y la infraestructura que los rodea es deficiente e impide el total aprovechamiento del potencial turístico de los mismos. De allí que revestiría una gran importancia que la provincia en donde se encuentre el parque o reserva nacional, participe activamente incentivando a los sectores de la producción y del turismo a mejorar la promoción y el funcionamiento de estos lugares que en todos los caso podrían ser más visitados, creando el ambiente adecuado para que el turismo pueda disfrutar plenamente y llevarse una buena imagen de los mismos.
El turismo constituye la principal actividad económica en los parques nacionales de los países en desarrollo. Los ingresos económicos derivados del turismo deberían contribuir substancialmente a financiar programas de conservación y al mantenimiento de las instalaciones y desarrollo de los servicios básicos para el turista. Pero además, dichos ingresos también deberán contribuir a mejorar las condiciones de acceso del turismo a los parques, creando y fomentando la infraestructura necesaria.
A su vez, existen pequeñas empresas vinculadas al turismo -artesanía, hotelería, gastronomía, etc.-, que deberían tener mayor apoyo para brindar al turismo todos los servicios necesarios alrededor de cada parque nacional.
Argentina se encuentra entre los países que poseen menor porcentaje de su superficie destinada a Áreas Naturales Protegidas (alrededor de un 1% de su territorio nacional), comparándola con los países desarrollados y con países de América Latina. A pesar de ello, la imagen promocionada por la ex Secretaría de Turismo en el exterior es "naturaleza" y "cultura", en base a los atractivos naturales que en su mayoría se concentran en los Parques Nacionales, los que constituyen uno de los principales destinos turísticos de Argentina.
La propuesta consiste, entonces, en establecer una regalía del 10%, sobre lo producido por cada parque nacional, monto que será percibido en forma directa por la jurisdicción del Estado Provincial en la cual se ubique el parque. La Administración de Parques Nacionales será la encargada de transferir directamente el valor de la regalía a la respectiva jurisdicción provincial y velar para que dichos recursos se inviertan en el mejoramiento de la infraestructura turística que rodee a cada parque.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen este proyecto de ley cuyo objetivo es fortalecer y potenciar el funcionamiento de los Parques Nacionales.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MARTINEZ, JULIO CESAR LA RIOJA UCR
SEREBRINSKY, GUSTAVO EDUARDO BUENOS AIRES UCR
ALVAREZ, ELSA MARIA SANTA CRUZ UCR
KENNY, EDUARDO ENRIQUE FEDERICO LA PAMPA UCR
COSTA, EDUARDO RAUL SANTA CRUZ UCR
CHEMES, JORGE OMAR ENTRE RIOS UCR
MARTINEZ ODDONE, HERIBERTO AGUSTIN CORDOBA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia)
TURISMO
PRESUPUESTO Y HACIENDA