PROYECTO DE TP
Expediente 5142-D-2013
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA GARANTIZAR LA PLENA COBERTURA DE LA MODALIDAD EDUCATIVA INTERCULTURAL BILINGÜE EN TODO EL PAIS DONDE EXISTA UNA POBLACION INDIGENA.
Fecha: 04/07/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 83
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que a
través del Ministerio de Educación de la Nacion en acuerdo con el Consejo Federal de
Educación que disponga las medidas necesarias a fin de garantizar la plena cobertura de la
modalidad educativa intercultural bilingüe en todas las regiones del país donde exista
población indígena, tal como lo establece la Ley Nacional de Educación 26.206, en lo
referido al respeto y promoción de los derechos a la educación de los pueblos
originarios.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Ley Nacional de Educación Nº 26.206, en
sucesivos artículos referidos a derechos universales tanto como a derechos particulares de
los pueblos originarios de nuestro país, se expresa de manera clara y explícita respecto de la
importancia de su reconocimiento, promoción y garantía así como respecto de la
responsabilidad del Estado en la implementación y seguimiento de los instrumentos que
garanticen su cumplimiento.
A fin de avanzar en esta
dirección, se ha creado la modalidad intercultural bilingüe, con cobertura de los niveles
inicial, primario y secundario; y luego (Resolución Ministerial 1119 del 12 de Agosto del
2010) se ha facultado al Consejo Educativo Autónomo de Pueblos Indígenas (CEAPI), para
asesorar al Ministerio de Educación de la Nación y al Consejo Federal Educativo en la
planificación y gestión de dicha modalidad, que fue definida como "la modalidad del
Sistema Educativo de los Niveles Inicial, Primaria y Secundaria que garantiza el derecho
constitucional de los pueblos indígenas, conforme al artículo 75, inciso 17 de la
Constitución Nacional, a recibir una educación que contribuya a preservar y fortalecer sus
pautas culturales, su lengua, su cosmovisión e identidad étnica; a desempeñarse
activamente en un mundo multicultural y a mejorar su calidad de vida".
Todos estos esfuerzos resultan sin embargo
insuficientes para remontar el atraso histórico que el Estado desde su constitución como tal
tiene en materia de educación con las diversas comunidades asentadas en nuestro territorio.
En el documento "Educación
Intercultural Bilingüe en Argentina - Sistematización de experiencias" elaborado por el
Ministerio de la Nación de Educación, Ciencia y Técnica en 2004, sobre experiencias en
esta modalidad, se remarca que las principales dificultades están vinculadas, de acuerdo a
los docentes "...a la falta de un cuerpo normativo claro sobre la forma de implementar
proyectos de educación intercultural y bilingüe. (...) el desarrollo de las experiencias
depende de la "voluntad" de los actores involucrados y su profundización y continuidad se
ve limitada por la actitud resistente de colegas y autoridades". Frente a ello, el ministerio
hace una salvedad afirmando que "en muchos casos la normativa existe y lo que falta es
difundirla, conocerla y, fundamentalmente, aplicarla. También reconoce que "otra
cuestión problemática es la de la relación con las familias y el grado de protagonismo de
las comunidades. Distintas experiencias avanzan en la búsqueda de estrategias con vistas a
"acercar" las familias y la escuela. Es importante partir de una visión amplia de la
participación, donde la misma no se plantee como la respuesta a un proyecto
unidireccional de la escuela".
Nueve años después, diversos investigadores
y centros académicos dan cuenta de la persistencia de estas deficiencias:
"...cuando todos los países
latinoamericanos con una realidad sociocultural semejante han avanzado largamente en el
reconocimiento del derecho de los pueblos indígenas con el sostenimiento de su lengua y
su cultura, Argentina apenas ha comenzado a transitar ese camino (de práctica real) más
allá de la letra de la ley que está, pero no se cumple" (Zaffaroni y Guaymas; 2011).
"Las cifras reflejan
dramáticamente la ausencia de inversión suficiente, sostenida y sistemática para atender
las necesidades educativas del conjunto de los pueblos indígenas. Pero también remiten a
lo que los estudios pedagógicos deben plantearse y replantearse, a los interrogantes sobre
propuestas curriculares, formatos escolares, formación docente. Todo conduce a destacar
la urgencia de ocuparse de lo no resuelto" (Aída Poggi; 2012).
En efecto, la propuesta
educativa bilingüe que se lleva a cabo en muchas de las comunidades indígenas es
restringida. De acuerdo al relevamiento y análisis de casos realizado por el colectivo
Rescolodo en el noroeste argentino, "durante una primera etapa de alfabetización se
desarrollan los dos primeros años de escolaridad en idioma originario que, junto a la
adquisición oral del castellano como segunda lengua, permiten la alfabetización en
español, idioma que a partir de ese momento es el único vehículo para la educación
formal. (...) La llamada Educación Intercultural Bilingüe (EIB) busca el mantenimiento y
desarrollo de la lengua originaria junto a la adquisición del castellano, en un marco
complejo donde prevalece la cultura occidental." Y si bien en algunas provincias (como
Chaco y Formosa) se han producido materiales específicos, "aún no se problematiza o
reflexiona sobre la naturaleza de los contenidos en un contexto intercultural" (Zaffaroni y
Guaymás, op. Cit.).
Adriana Zaffaroni, directora del Centro de
Investigación de Lenguas Indígenas de la Universidad Nacional de Salta, afirma que si bien
existen más de 100 auxiliares (intérpretes) trabajando en la actualidad, se necesitarían 400
para recuperar el idioma. Esta afirmación da cuenta de la escasez de maestros auxiliares
bilingües en el nivel primario y de su ausencia en el nivel secundario; así mismo menciona
que el informe nacional de la Red de Comunidades Rurales sobre Educación y Desarrollo
Comunitario Rural de 2008/9 develó que en el 86% de las escuelas con alumnos de
comunidades aborígenes no había docentes formados en educación intercultural bilingüe.
En el mismo sentido, frente a la reiteración de actos represivos por parte de las policías
provinciales del noroeste argentino como primera respuesta a las demandas de las
comunidades, el Presidente del Instituto Provincial de Pueblos Indígenas de Salta (Ippis)
Indalecio Calermo, expresó su preocupación por las deficiencias en el cumplimiento de
leyes internacionales referidas a los derechos a la educación de los pueblos originarios y de
la propia Ley Nacional de Educación, que en muchos de sus párrafos reconoce y reivindica
los derechos de estos pueblos (en los incisos c, d y ñ del artículo 11 del capítulo II, "fines y
objetivos de la política educativa nacional", del Título I sobre Disposiciones Generales; en
el artículo 16, del capítulo I "Disposiciones generales" y en los artículos 52, 53 y 54 del
Capítulo XI "Educación Intercultural Bilingüe", ambos del Título II "El sistema educativo
nacional"; en los artículos 79 y 80 del Título V "Políticas de Promoción de la Igualdad
Educativa"; el artículo 84 y el 86 del capítulo I "Disposiciones generales" del Titulo VI
"Calidad de la Educación"; los incisos a y b del artículo 121 del capítulo IV "las
autoridades educativas de las provincias y la ciudad autónoma de Buenos Aires"; los
incisos a, b, d y f del artículo 126 del capítulo VI "derechos y deberes de los/las
alumnos/as"; el inciso c del artículo 128 del capítulo VII "derechos y deberes de los padres,
madres, tutores/as"; todos bajo el Título X "Gobierno y Administración"; y los incisos d y e
del artículo 130 del Título XI "Cumplimiento de los objetivos de la ley").
A pesar de las deficiencias que alejan la
realidad concreta de los objetivos planteados en la letra de nuestras leyes, los pueblos
indígenas de nuestro país han ido construyendo caminos que dan pruebas de sus
capacidades para ser protagonistas de las transformaciones que demandan en el sistema
educativo. Basta recorrer su larga historia de resistencia y persistencia para acordar en que
pueden y deben tener un lugar central en la profundización del alcance de la modalidad
educativa intercultural bilingüe. Cada vez son más los líderes que dan cuenta de esta
posibilidad. Corresponde a las instituciones del Estado Nacional tanto como a las de las
distintas jurisdicciones respaldar esta decisión, que no es otra que la de sumar sus esfuerzos
y sus perspectivas al sentir, al pensar y al hacer de la Patria grande, plurinacional y
multilingüe que Latinoamérica aspira construir.
Es deuda del Estado Nacional reconocer de
hecho y de derecho este recorrido cultural, aportando los recursos que sean necesarios para
que la realidad concreta y cotidiana de estas comunidades en materia educativa, de cuenta
de los derechos y principios que en la Ley se manfiestan.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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EDUCACION (Primera Competencia) |
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
24/09/2013 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |