PROYECTO DE TP
Expediente 5142-D-2008
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL PROGRAMA NACIONAL DE SALUD SEXUAL Y PROCREACION RESPONSABLE.
Fecha: 17/09/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 124
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional
para que, a través del Ministerio de Salud de la Nación, informe sobre distintos
aspectos referidos al Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación
Responsable, a saber:
1. Cuáles fueron los alcances de
la implementación y funcionamiento del Programa Nacional de Salud Sexual y
Procreación Responsable creado por la Ley Nacional Nº 25.673.
2. Si efectivamente se está
realizando la entrega gratuita de todos los métodos anticonceptivos previstos en el
referido Programa en todos los Centros de Atención Primaria y hospitales públicos
de la Nación, a solicitud de las/los usuarias/os y con asesoramiento o consejería
especializada. De no ser así, especifique cuáles son las medidas que
se han tomado y se están tomando con el fin de efectivizar la entrega en todo el
país.
3. Detalle provisión de insumos
de salud sexual y reproductiva que distribuye el Programa actualmente, indicando
fecha de entrega, cantidad y jurisdicción afectada.
4. Especifique si se ha
promovido el conocimiento y la divulgación masiva de las características del
Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable a través de
campañas de difusión y educación dirigidas a la población en general, tal como
plantea la Ley 25.673 en su artículo 8º. De ser así, detalle características generales
de las campañas realizadas, adjuntando una muestra de las mismas.
5. Con qué presupuesto
permanente se cuenta para la implementación del referido Programa. Detalle
montos discriminados por provincia.
6. Especifique si se ha
capacitado a los equipos de salud mediante la articulación con el Programa de
Médicos Comunitarios. De ser así, detalle evaluación y conclusiones de la
capacitación y de la articulación con el mencionado Programa.
7. Cualquier otra información
que sirva al presente.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Ley Nº 25.673,
sancionada en el mes de octubre del año 2002, crea en su artículo 1º el Programa
Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, el cual comenzó a ser
implementado por el Ministerio de Salud de la Nación a partir del año 2003.
Como objetivos el referido Programa
plantea: alcanzar para la población el nivel más elevado de salud sexual y
procreación responsable con el fin de poder adoptar decisiones libres de
discriminación, coacciones o violencia; disminuir la morbimortalidad materno-
infantil; prevenir embarazos no deseados; promover la salud sexual de los
adolescentes; contribuir a la prevención y detección precoz de enfermedades de
transmisión sexual, de vih/sida y patologías genital y mamarias; garantizar a la
población el acceso a la información, orientación, métodos y prestaciones de
servicios referidos a la salud sexual y procreación responsable; y potenciar la
participación femenina en la toma de decisiones relativas a su salud sexual y
procreación responsable.
La distribución
gratuita de los anticonceptivos es responsabilidad del Programa Nacional de Salud
Sexual y Procreación Responsable del Ministerio de Salud de la Nación. La Ley
25.673 en su artículo 6º inciso b) así lo plantea: "... A demanda de los beneficiarios
y sobre la base de estudios previos, prescribir y suministrar los métodos y
elementos anticonceptivos que deberán ser de carácter reversible, no abortivos y
transitorios, respetando los criterios o convicciones de los destinatarios, salvo
contraindicación médica específica y previa información brindada sobre las
ventajas y desventajas de los métodos naturales y aquellos aprobados por la
ANMAT."
El Programa de Salud Sexual y
Procreación Responsable reconoce que el Derecho a la Salud comprende la salud
sexual y que ésta incluye la posibilidad de desarrollar una vida sexual gratificante y
sin coerción, así como prevenir embarazos no deseados. La salud sexual se basa
en la autonomía de las personas para elegir individual y libremente, de acuerdo a
sus convicciones y a partir de la información y el asesoramiento, un método
anticonceptivo adecuado, reversible, no abortivo y transitorio, para poder definir la
posibilidad de tener hijos, cuántos hijos tener, cuándo tenerlos, y el intervalo entre
ellos.
La implementación del Programa
prevé la entrega de insumos a las provincias para su distribución gratuita en los
centros de atención primaria y hospitales públicos. Los insumos de salud sexual
que debe distribuir el Programa son preservativos, anticonceptivos inyectables,
hormonales para lactancia, hormonales combinados, anticonceptivos hormonales
de emergencia y dispositivos intrauterinos (DIU). Asimismo brinda asistencia
técnica y apoyo a las autoridades provinciales para la implementación de los
programas locales en todas las provincias. En la provincia de Buenos Aires, por
tomar un ejemplo, fue sancionada en el año 2003 la Ley 13.066, a través de la
cual se creó el Programa Provincial de Salud Reproductiva y Procreación
Responsable que garantiza las políticas orientadas a la promoción y desarrollo de
la salud reproductiva y la procreación responsable.
La aprobación del Programa Nacional
de Salud Sexual y Procreación Responsable constituye sin duda una de las más
importantes políticas actuales de salud, pero a pocos años de su implementación
nos encontramos con deficiencias en su funcionamiento que no son menores.
Desde principios del corriente año el Ministerio de Salud de la Nación no está
entregando efectivamente, tal como plantea el citado Programa, los
anticonceptivos orales de distribución gratuita ni tampoco aquellos que suelen
recetarse en el puerperio, los denominados anticonceptivos de lactancia. El
Ministerio de Salud explica dicha situación a partir del hecho de que la licitación
que debía hacerse en el mes de Septiembre del año 2007 fue realizada recién en el
mes de Marzo de este año, razón por la cual no fueron enviados con regularidad
los anticonceptivos a las provincias. Argumentan asimismo que, por los tiempos de
la administración pública y de los procesos de las licitaciones, las partidas de la
Nación no llegaron y los stocks con los que se contaba se agotaron. Desde el
mismo Ministerio de Salud argumentan una falla administrativa del anterior
Ministro de Salud, Ginés González García, que no previó dicha licitación.
Frente a esta situación debemos ser
claros: no podemos permitir que un Programa de Salud se vea interrumpido por un
desprolijo cambio de gestión. La realidad es que hoy en día aproximadamente un
millón de mujeres de bajos recursos no reciben sus anticonceptivos de distribución
gratuita y no tienen otra manera de acceder a los mismos. Son mujeres que
dependen de los servicios de salud públicos y de las obras sociales para planificar
el futuro de sus familias, y dependen de la correcta ejecución del Programa
Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable para ejercer su derecho a
decidir si tener hijos o no.
Resulta necesaria una pronta
normalización definitiva de la entrega, ya que estamos hablando de un tema muy
sensible como es la planificación familiar y el hecho de evitar embarazos no
deseados. Es preocupante y grave la situación de discontinuidad en la entrega de
información y métodos anticonceptivos en los hospitales públicos y salas de
primeros auxilios ya que esta situación empuja a numerosas mujeres con
embarazos no deseados a practicarse abortos clandestinos poniendo en peligro su
vida y su salud. Debemos recordar que en Argentina se realiza medio millón de
abortos por año en condiciones clandestinas e inseguras. Las mujeres con recursos
pueden acudir a médicos privados. El resto debe recurrir a 'carniceros' o
aficionados, o lo hacen ellas mismas. Ochenta mil mujeres al año concurren a los
hospitales públicos para recibir atención médica por complicaciones de abortos.
Muchas de ellas quedan con secuelas físicas y psicológicas y alrededor de 100
pierden la vida, siendo ésta la primer causa de mortalidad materna. Aún cuando
muchos de estos embarazos sí ameritan un aborto legal, a las mujeres les es
negado porque intervienen funcionarios, médicos y/o sacerdotes que se oponen a
este procedimiento, los requisitos son innecesariamente exigentes o las mujeres no
quieren exponerse a la vergüenza pública que implica reportar una violación.
La situación es crítica. Según datos
suministrados por el Consorcio Nacional de Derechos Reproductivos y Sexuales
(CONDERS), organismo encargado de monitorear las acciones que prevé la Ley
Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, nos encontramos frente a la
ausencia de prácticamente todos los anticonceptivos en las provincias del país. El
Ministerio de Salud no decide una partida presupuestaria permanente para la
provisión de los mismos, lo cual nos plantea dos alternativas -no excluyentes- al
momento de analizar la situación: o estamos ante a un problema de imprevisión
muy importante, o el Ministerio de Salud no está priorizando la correcta aplicación
del Programa.
Debemos señalar que el estado de
salud de una población es uno de los principales indicadores del grado de
desarrollo de un país. Es fundamental ofrecer a toda la población el acceso a la
información y consejería en materia de sexualidad y el uso de métodos
anticonceptivos, así como la prevención, diagnóstico y tratamiento de las
infecciones de transmisión sexual, incluyendo el vih/sida. En los estratos más
vulnerables de la sociedad numerosas mujeres y hombres ignoran la forma de
utilización de los métodos anticonceptivos más eficaces y adecuados y/o se
encuentran imposibilitados económicamente de acceder a ellos.
Como ya fue señalado anteriormente,
hay un incumplimiento de lo establecido en los objetivos generales del Programa
de Salud Sexual y Procreación Responsable, y el hecho de que no se ejecute
correctamente puede provocar graves problemas como los embarazos no deseados
y un incremento de los abortos en condiciones inseguras, lo cual aumenta la tasa
de mortalidad materna por causas totalmente evitables.
El Estado es el garante de los
derechos. En el campo de la salud sexual y reproductiva, el respeto y el cuidado
deben ser máximos porque están implicados derechos fundamentales como son,
entre otros, el derecho a la integridad corporal, a la intimidad, a condiciones de
igualdad y equidad para el ejercicio de opciones libres de discriminación, a una
vida libre de violencia y coacción sexual y con derecho a la privacidad. Entre estos
derechos humanos básicos se encuentra el derecho a elegir si tener hijos o no,
cuántos, cuándo y el intervalo entre ellos. Éstos se denominan "derechos
reproductivos" e implican tener acceso a las condiciones y medios para ejercerlos,
es decir, acceso a servicios de salud, provisión de métodos anticonceptivos,
consejería para tomar las propias decisiones, y una atención cuidadosa que nos
considere sujetos de derecho. Adolescentes y niños tienen derecho a ser
informados sobre su sexualidad de la manera más amplia posible. Son derechos
personalísimos, que tienen que ver con la libertad, con la integridad personal y el
plan de vida.
Teniendo en cuenta, que el derecho
a la salud sexual y reproductiva es un derecho humano básico de mujeres y
hombres, y que como tales deben ser respetados y promovidos, resulta
fundamental la correcta implementación del Programa de Salud Sexual y
Procreación Responsable por parte del Ministerio de Salud de la Nación.
Pretendemos, con este pedido de
informes, contar con los elementos necesarios que nos permitan analizar el
funcionamiento del referido Programa, solicitando información sobre diferentes
aspectos que debieran ser corregidos a los fines de garantizar la correcta
implementación del mismo, o eventualmente poner de manifiesto la falta de
recursos para revertir esa situación en una nueva asignación de aquellos.
Por todo lo expuesto anteriormente,
es que solicita a los Sres. Diputados me acompañen en la sanción del presente
Proyecto de Resolución.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
CARCA, ELISA BEATRIZ | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 2193/2009 | CON MODIFICACIONES; CON 1 DISIDENCIA PARCIAL Y 1 DISIDENCIA TOTAL; LA COMISION HA TENIDO A LA VISTA LOS EXPEDIENTES 4837-D-08, 4926-D-08 Y 5142-D-08 | 11/11/2009 |