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PROYECTO DE TP


Expediente 5135-D-2015
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LA REGLAMENTACION DE LA LEY 26928 DE CREACION DEL SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL PARA PERSONAS TRASPLANTADAS.
Fecha: 21/09/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 126
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional, a los efectos de solicitarle que, a través de los organismos que corresponda proceda a la reglamentación de la Ley Nº 26.928 de la Creación del Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas, sancionada en diciembre de 2013.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Ley Nº 26.928 de la creación del Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas, fue aprobada en el mes de diciembre del año 2013 y promulgada en enero del 2014.
Esta ley implicó un avance muy importante ya que crea un régimen de protección integral para las personas que hayan recibido un trasplante y que estén inscriptos en el Registro Nacional de Procuración y Trasplante, o se encuentren en lista de espera para trasplantes del Sistema Nacional de Procuración y Trasplante de la República Argentina (SINTRA) que tengan residencia permanente en el país. La iniciativa incluye, entre otros puntos fundamentales, la cobertura del 100% de los medicamentos, beneficios en materia de seguridad social e inserción laboral para los trasplantados y las personas que figuran en la lista de espera del Instituto Nacional Central Único de Ablación e Implante (Incucai).
Sin embargo, a dos años de su sanción y a pesar de lo que indica el Art. 14°, aún la norma no ha sido reglamentada postergando el inicio de un programa nacional dirigido a miles de personas que precisan de dicha protección integral estableciéndola como un derecho.
En el 2014, el Incucai informaba en su página web: "...Argentina sigue a la vanguardia entre los países de la región en lo que hace a la generación de donantes y trasplante de órganos por millón de habitantes, liderando las estadísticas en trasplantes cardíacos, pancreáticos e intestinales. Así se desprende de un reporte completo de los datos de donación y trasplante de órganos en América y en el mundo durante el año 2013, que acaba de ser divulgado por el Consejo de Europa junto a la Organización Nacional de Trasplante (ONT) de España, una de las más prestigiosas instituciones del mundo en la materia...."
En este sentido y debido al aumento de trasplantes (en el 2012 se alcanzó una tasa de 15,7 donantes por millón de habitantes, es decir un trasplante cada seis horas) que se realizan en el país, la aplicación de esta norma resulta fundamental. Las personas que reciben trasplantes o están en lista de espera requieren cuidados específicos y protección por parte del Estado en relación a la conservación del empleo, licencias especiales que le permitan realizarse los estudios, rehabilitaciones y tratamientos inherentes a la recuperación, etc. En este punto, resulta fundamental la asignación que establece el Art. 11°, el cual establece "una asignación mensual no contributiva equivalente a la pensión por invalidez para las personas comprendidas en situación de desempleo forzoso y que no cuenten con ningún otro beneficio de carácter previsional".
La demanda de la reglamentación de la ley en cuestión atraviesa a todo el territorio nacional ya que son cientas las personas que requieren de estos derechos. Tal es así, que a través de Change.org también se esta acompañando esta solicitud con más de 20.000 firmas.
Por todo lo expuesto anteriormente, es que solicito a las Sras. Diputadas y los Sres. Diputados me acompañen en la sanción del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LINARES, MARIA VIRGINIA BUENOS AIRES GEN
CARRIZO, ANA CARLA CIUDAD de BUENOS AIRES SUMA + UNEN
DUCLOS, OMAR ARNALDO BUENOS AIRES GEN
ZABALZA, JUAN CARLOS SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
BINNER, HERMES JUAN SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO BINNER (A SUS ANTECEDENTES)