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PROYECTO DE TP


Expediente 5119-D-2014
Sumario: HOTEL BAUEN: SE DECLARA DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACION EL INMUEBLE Y TODAS SUS INSTALACIONES.
Fecha: 01/07/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 77
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTÍCULO 1°.- Declárense de utilidad pública y sujetos a expropiación, los inmuebles y todas las instalaciones que componen el edificio del Hotel Bauen, ubicados en Avenida Callao 346, 350 y 360 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, identificados según mensura bajo la siguiente nomenclatura catastral: Circunscripción 11, Sección 9, Manzana 77, Parcela 27 b; Unidades Funcionales singulares 1 primer subsuelo y PB. 2, 3,4,5; Planta Baja 6 Piso 1, 7,8 Piso 2, 9,10,11,12,13,14,15,16,17,18,19,20,21,22, 23, 24 Piso 4 25, 26, 27, 28, 29 30 31, 32, 33,34,35,36,37,38,39,40 Piso 5, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56 Piso 6, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71,72 Piso 7, 73,74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88 Piso 8, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 103, 104 Piso 9, 105, 106, 107, 108, 109, 110, 111, 112, 113, 114, 115, 116, 117, 118, 119, 120 Piso 10, 121, 122, 123, 124, 125, 126, 127, 128, 129, 130, 131, 132, 133, 134, 135, 136 Piso 11, 137, 138, 139, 140, 141, 142, 143, 144, 145, 146, 147, 148, 149 Piso 12, 150, 151, 152, 153, 154, 155, 156, 157, 158, 159, 160, 161, 162, 163 Piso 13, 164, 165, 166, 167, 168, 169, 170, 171, 172, 173, 174, 175, 176, 177 Piso 14, 178, 179, 180, 181, 182, 183, 184, 185, 186, 187, 188, 189, 190, 191 Piso 15, 192, 193, 194, 195, 196, 197, 198, 199, 200, 201, 202, 203, 204, 205 Piso 16, 206, 207, 208, 209, 210, 211, 212, 213, 214, 215, 216, 217, 218, 219 Piso 17, 220, 221, 222 Piso 18 y unidad funcional complementaria I piso 1, inscriptos en la Matrícula FR 11- 2610.
ARTICULO 2°.- Declárense de utilidad pública y sujetos a expropiación los bienes muebles e intangibles, incluidas marcas y patentes, que tengan relación con la explotación turística, social y comunitaria que se desarrolla en el inmueble descripto en el artículo 1°, con exclusión de aquellos que hubieran sido adquiridos a título gratuito u oneroso por la Cooperativa de Trabajo Buenos Aires Una Empresa Nacional Ltda. Titular de la matrícula Nº 25801 emitida por el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES).
ARTÍCULO 3°.- A los fines de la indemnización correspondiente, el valor de los bienes a expropiar, será fijado conforme las disposiciones de la ley 21.499, de Régimen de Expropiaciones, por el Tribunal de Tasaciones de la Nación. La valuación se establecerá en base al estado general de los bienes expropiados por la presente ley al 20 de marzo del 2003.
ARTÍCULO 4°.- La suma que eventualmente deba abonarse en cumplimiento del proceso expropiatorio será pagada -hasta el monto correspondiente si excediera el de la tasación-, con la deuda que el titular de los bienes sujetos a expropiación registre con el Estado Nacional por créditos que contrajo con el ex Banco Nacional de Desarrollo (BANADE) y ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), así como con cualquier otra deuda que tuviera con el Estado Nacional, sus dependencias, reparticiones y entidades autárquicas y descentralizadas.
ARTÍCULO 5°.- Autorícese al Poder Ejecutivo, en virtud de los artículos precedentes, a realizar las acciones necesarias para que los bienes expropiados sean utilizados para el funcionamiento del emprendimiento productivo que lleva adelante la Cooperativa de Trabajo Buenos Aires Una Empresa Nacional Ltda. Estas acciones podrán incluir la concesión o venta de los bienes a la cooperativa, la explotación conjunta u otra modalidad que el Poder Ejecutivo designe.
ARTICULO 6º.-La resolución que adopte del Poder Ejecutivo en virtud del artículo 5º de la presente ley de ninguna manera podrá implicar el cese de actividad de alguno de los miembros actuales de la Cooperativa de Trabajo Buenos Aires Una Empresa Nacional Ltda.
ARTÍCULO 7º.- Los miembros de la Cooperativa de Trabajo Buenos Aires una Empresa Nacional Limitada que continúen la explotación del servicio de acuerdo a los artículos precedentes, deberán destinar y crear espacios de promoción cultural y realizar actividades educativas y artísticas.
ARTÍCULO 8º.- El Poder Ejecutivo dispondrá en forma inmediata las partidas necesarias para el pago de la indemnización a través de los procedimientos previstos en la normativa vigente.
ARTÍCULO 9º.- Autorícese al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General de la Administración Nacional del ejercicio vigente, las adecuaciones presupuestarias que resulten para el cumplimiento de la presente ley.
ARTÍCULO 10°.- Facúltese al Poder Ejecutivo para designar la autoridad de aplicación de la presente ley.
ARTÍCULO 11º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de Ley tiene como objetivo final la declaración de utilidad pública y expropiación de los inmuebles y todas las instalaciones que componen el edificio del Hotel Bauen, ubicados en avenida Callao 346, 350 y 360 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Un breve repaso de la historia del hotel Bauen resulta sorprendente por su estrecho vínculo con los sucesos más trágicos que atravesaron la historia argentina de los últimos 40 años: la última dictadura cívico-militar, llevada adelante con la participación y colaboración de diversos sectores empresarios, y la crisis económica de 2001, que en parte fue consecuencia de las políticas económicas llevadas adelante durante la dictadura y que vieron su continuidad en la década de los 90.
El Hotel Bauen se construyó y funcionó en sus orígenes gracias a un crédito blando otorgado por el ex Banco Nacional de Desarrollo (BA.NA.DE.) a la firma Bauen S.A.C.I.C. (presidida por Marcelo Iurcovich), en el marco de la dictadura militar en 1978. El objetivo era colaborar con el plan para mejorar la deteriorada imagen de la dictadura cuya principal acción fue la organización del mundial de fútbol de ese año.
En 1997 el grupo vendió el hotel a una empresa de capitales chilenos a un valor sospechosamente bajo. Finalmente, el vaciamiento y mala administración del hotel condujo a su cierre en diciembre del año 2001.
Cabe destacar que existe una deuda jamás saldada de BAUEN SAIC con el ex - BA.NA.DE. El Estado Nacional tiene sentencia favorable para cobrar la suma actualizada de $10.081.420, sentencia que fue apelada en la Corte Suprema. Por otra parte, este monto también es cuestionable si se tiene en cuenta que el préstamo original era por 8 millones de dólares y que prácticamente no se realizó ningún pago.
El 21 de marzo de 2003, un grupo de los trabajadores del hotel decidió recuperar la empresa. Estos trabajadores se organizaron y formaron la Cooperativa de Trabajo Buenos Aires una Empresa Nacional Limitada. En la actualidad, esos 30 asociados originarios se han cuadruplicado, ya que se generaron 130 nuevos puestos de trabajo en el transcurso de estos 11 años.
Los trabajadores, que encontraron el hotel vaciado y en paupérrimas condiciones, han hecho importantes inversiones en la infraestructura del mismo. Esto se tradujo en una renovación total de las instalaciones, con una inversión certificada por más $ 5.000.000, que permitió recuperar el hotel para su puesta en funcionamiento. Esto, además, hizo que en la actualidad el retiro de los asociados de la cooperativa se equipare al ingreso de los trabajadores del sector.
En sus instalaciones se prestan servicios orientados al mundo cooperativo y a todo tipo de actividades culturales y sociales, a precio justo o incluso cedidos gratuitamente.
La labor de estos trabajadores no solo les permitió recuperar su fuente de trabajo, sino que transformó al Hotel Bauen en un emprendimiento generador de empleo, donde prevalecen fuertes lazos de cooperación, fraternidad y compañerismo, lo que terminó convirtiéndolo en un emblema de la economía solidaria.
La experiencia de la Cooperativa B.A.U.E.N constituye una emprendimiento autosustentable, con proyección auspiciosa, de gran valor social y cultural. La recuperación de las fuentes de trabajo por parte de los trabajadores requiere de una legislación que acompañe este proyecto legítimo de la economía cooperativa y solidaria.
Por otra parte, es innegable que existe una cuenta pendiente referida a investigar los lazos entre la familia Iurcovich y la última dictadura cívico-militar. Del mismo modo, también resulta necesario indagar el vínculo existente entre esta familia, la deuda no saldada al día de hoy con el ex - BANADE y la empresa actual que realiza el reclamo por su titularidad.
Es por todo lo expuesto que solicito el acompañamiento de las Sras. y Sres. Diputadas y Diputados en la sanción del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RECALDE, HECTOR PEDRO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GAILLARD, ANA CAROLINA ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
LEGISLACION GENERAL
ASUNTOS COOPERATIVOS, MUTUALES Y DE ORG.NO GUBERNAMENTALES
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Giro a comisiones en Senado
Comisión
ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y MUNICIPALES
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
25/11/2015 DICTAMEN Aprobados con modificaciones unificados Dictamen de Mayoría y Dictamen de Minoría
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Dictamen Sin Nro. /2015 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0364-D-2014, 2354-D-2014, 2406-D-2014, 5119-D-2014, 0092-CD-2015 y 9101-D-2014 26/11/2015
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA GAILLARD (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados CITACION SESION ESPECIAL CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0364-D-2014, 2354-D-2014, 2406-D-2014, 5119-D-2014, 0092-CD-2015 y 9101-D-2014 26/11/2015
Diputados MOCION SOBRE TABLAS (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0364-D-2014, 2354-D-2014, 2406-D-2014, 5119-D-2014, 0092-CD-2015 y 9101-D-2014 26/11/2015
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0364-D-2014, 2354-D-2014, 2406-D-2014, 5119-D-2014, 0092-CD-2015 y 9101-D-2014 26/11/2015 MEDIA SANCION
Diputados INSERCION DE LOS DIPUTADOS LOPEZ Y SANTILLAN CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0364-D-2014, 2354-D-2014, 2406-D-2014, 5119-D-2014, 0092-CD-2015 y 9101-D-2014 26/11/2015
Diputados INSERCION DE LOS DIPUTADOS DEL CAÑO Y BREGMAN SOBRE SENTIDO DE SU VOTO CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0364-D-2014, 2354-D-2014, 2406-D-2014, 5119-D-2014, 0092-CD-2015 y 9101-D-2014 26/11/2015
Diputados INSERCION DEL DIPUTADO LOPEZ SOBRE SENTIDO DE SU VOTO CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0364-D-2014, 2354-D-2014, 2406-D-2014, 5119-D-2014, 0092-CD-2015 y 9101-D-2014 26/11/2015
Senado PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0364-D-2014, 2354-D-2014, 2406-D-2014, 5119-D-2014, 0092-CD-2015 y 9101-D-2014
Senado MOCION DE PREFERENCIA CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0364-D-2014, 2354-D-2014, 2406-D-2014, 5119-D-2014, 0092-CD-2015 y 9101-D-2014 16/11/2016
Senado MOCION SOBRE TABLAS (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0364-D-2014, 2354-D-2014, 2406-D-2014, 5119-D-2014, 0092-CD-2015 y 9101-D-2014 30/11/2016
Senado CONSIDERACION Y SANCION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0364-D-2014, 2354-D-2014, 2406-D-2014, 5119-D-2014, 0092-CD-2015 y 9101-D-2014 30/11/2016 SANCIONADO
Diputados COMUNICACION DEL DECRETO 1302/16 DEL 27/12/2016 DE VETO TOTAL CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0364-D-2014, 2354-D-2014, 2406-D-2014, 5119-D-2014, 0092-CD-2015 y 9101-D-2014