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PROYECTO DE TP


Expediente 5119-D-2011
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LOS MOTIVOS POR LOS CUALES HAY LEYES SANCIONADAS DESDE EL REGRESO DE LA DEMOCRACIA, QUE NO HAN SIDO REGLAMENTADAS.
Fecha: 17/10/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 154
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo para que a través de los organismos que corresponda se sirva informar los motivos por los cuales hay leyes sancionadas desde el regreso a la democracia, que no son aplicadas debido a que no han sido reglamentadas:
1.- ¿Se ha realizado un relevamiento de la cantidad de leyes sin reglamentar, teniendo en cuenta
a) a que temática se refieren
b) desde cuando están sancionadas
2.- ¿Se ha realizado una investigación de cuales fueron las razones por las cuales no se han reglamentado? En caso afirmativo indique los motivos. En caso negativo explique las razones.
3.- ¿Se realizo un relevamiento detallando en cada ley que no se reglamento, que plazo fijo el Poder Ejecutivo para hacerlo¿ En caso afirmativo que resultados arrojo. En caso negativo explique los motivos.
4.-¿ Se han establecido sanciones ante este incumplimiento? En caso afirmativo, indique cuales.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Las preguntas efectuadas tienen su fundamento en el hecho que actualmente hay una cantidad de leyes sancionadas desde el regreso a la democracia que no son aplicadas debido a que no han sido reglamentadas, o que requieren de ella para evitar distintas interpretaciones o vacíos legales.
Para el Constitucionalista Dr. Daniel Sabsay la no reglamentación de las leyes es un "subterfugio que el Poder Ejecutivo encuentra para no cumplir con lo que el legislativo ordena".
Para el Dr. Sabsay la falta de sanción de un nuevo esquema de Coparticipación Federal de Impuestos es otra falta reglamentaria, en este caso de la Constitución Nacional.
Este es uno de los casos mas patentes de falta de reglamentación de una ley que le posibilita al Poder Ejecutivo distribuir los recursos a su gusto.
La reglamentación parcial también genera trastornos, como en el caso de "la ley federal de pesca" sancionada en 1998, lo cual afecta el establecimiento de las cuotas de captura de especies.
Se debe destacar, que esta falta genera inconvenientes graves en la aplicación de planes de prevención, como en el caso de la ley de lucha contra el alcoholismo y la ley de obesidad.
Como los casos referidos precedentemente, hay muchos mas demostrando una falta grave que debe ser corregida inmediatamente.
Uno de ellos es la Ley de obesidad .
La obesidad se ha convertido en una enfermedad epidémica en todo el mundo
La Organización Mundial de la Salud (OMS) la define justamente como "la enfermedad epidémica no transmisible más grande del mundo", con consecuencias que pueden llegar a ser "catastróficas" y que "profundizarán las inequidades sociales".
Sin embargo, en la Argentina, a pesar de que ya han transcurrido tres años de la sanción de la ley de obesidad, ésta todavía no ha sido reglamentada.
El panorama local para la prevención y el tratamiento de esta enfermedad se presenta así bastante desequilibrado. Al crecimiento de la inactividad física entre adultos y también entre niños y adolescentes, el conocido sedentarismo, se corresponde en estos últimos con una baja ingesta de frutas y verduras, lo que da como resultado mayor sobrepeso y hasta obesidad en los menores, que presentan incluso índices altos de colesterol y de glucemia, impensables en otras épocas en esas franjas etarias.
La ley de obesidad sancionada por el Congreso argentino reconoce la gravedad de la enfermedad y dispone que debe ser cubierta por el plan médico obligatorio (PMO) por obras sociales y prepagas, lo que implica la cobertura de tratamientos ambulatorios y quirúrgicos. Pero al no haberse reglamentado, esa aplicación es parcial, y se cumple a medias o directamente no se cumple.
Ante esta demora, algunas provincias han tratado de enfrentar el problema con una legislación propia, como es el caso de Mendoza, cuya ley es de 2007. En ella se determina que es el Estado el que debe hacerse cargo de la promoción, prevención, asistencia y rehabilitación de pacientes con esta enfermedad, para lo cual se creó una estructura de asistencia, la Red Hospitalaria de Obesidad provincial, que ya brindó atención a 1000 pacientes.
La misma situación crítica se repite en el resto de las provincias; en algunas, como Santa Cruz, el índice de sobrepeso en la población es incluso superior al nacional, y en Santa Fe y en Córdoba empieza a crecer el índice de sobrepeso infantil de una manera alarmante.
En la ciudad de Buenos Aires, debido a los problemas detectados en numerosos alumnos, primarios y secundarios, de sobrepeso y obesidad, el año pasado, y con el acuerdo de los distintos bloques partidarios, la Legislatura aprobó una ley según la cual, dentro de los colegios porteños, públicos o privados, los alimentos y bebidas que se expendan en quioscos, cantinas o bufetes deberán ser saludables y variados.
Por más efectivas que sean las medidas que llevan adelante algunos gobiernos provinciales, su alcance será siempre parcial, ya que no responde a una política sanitaria para todo el país. Lo paradójico es que la Argentina sí cuenta con una ley nacional de obesidad, por otra parte, ampliamente inclusiva: en su artículo 2 especifica que alcanza no sólo a la obesidad sino también a trastornos alimentarios como la bulimia y la anorexia nerviosa.
No se trata entonces de exigir que se reglamente la ley, como corresponde, sino que definitivamente se implementen políticas sanitarias coordinadas entre los ministerios de Salud, de Desarrollo Social y de Educación para que la salud de los argentinos sea un tema prioritario desde el Estado y, también, desde la sociedad misma que, como todavía no ha comprendido el valor de cuidarse, no reclama..
Así como esta ley existen otras, mas y es lo que me lleva a la realización del presente pedido de informes.
Por todo lo expuesto es que vengo a solicitar de mis pares la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS PERONISMO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia)