PROYECTO DE TP
Expediente 5119-D-2011
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LOS MOTIVOS POR LOS CUALES HAY LEYES SANCIONADAS DESDE EL REGRESO DE LA DEMOCRACIA, QUE NO HAN SIDO REGLAMENTADAS.
Fecha: 17/10/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 154
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder
Ejecutivo para que a través de los organismos que corresponda se
sirva informar los motivos por los cuales hay leyes sancionadas
desde el regreso a la democracia, que no son aplicadas debido a
que no han sido reglamentadas:
1.- ¿Se ha realizado un
relevamiento de la cantidad de leyes sin reglamentar, teniendo en
cuenta
a) a que temática se
refieren
b) desde cuando están
sancionadas
2.- ¿Se ha realizado
una investigación de cuales fueron las razones por las cuales no se
han reglamentado? En caso afirmativo indique los motivos. En caso
negativo explique las razones.
3.- ¿Se realizo un
relevamiento detallando en cada ley que no se reglamento, que
plazo fijo el Poder Ejecutivo para hacerlo¿ En caso afirmativo que
resultados arrojo. En caso negativo explique los motivos.
4.-¿ Se han establecido
sanciones ante este incumplimiento? En caso afirmativo, indique
cuales.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Las preguntas
efectuadas tienen su fundamento en el hecho que actualmente hay
una cantidad de leyes sancionadas desde el regreso a la democracia
que no son aplicadas debido a que no han sido reglamentadas, o
que requieren de ella para evitar distintas interpretaciones o vacíos
legales.
Para el
Constitucionalista Dr. Daniel Sabsay la no reglamentación de las
leyes es un "subterfugio que el Poder Ejecutivo encuentra para no
cumplir con lo que el legislativo ordena".
Para el Dr. Sabsay la
falta de sanción de un nuevo esquema de Coparticipación Federal
de Impuestos es otra falta reglamentaria, en este caso de la
Constitución Nacional.
Este es uno de los
casos mas patentes de falta de reglamentación de una ley que le
posibilita al Poder Ejecutivo distribuir los recursos a su gusto.
La reglamentación
parcial también genera trastornos, como en el caso de "la ley
federal de pesca" sancionada en 1998, lo cual afecta el
establecimiento de las cuotas de captura de especies.
Se debe destacar, que
esta falta genera inconvenientes graves en la aplicación de planes
de prevención, como en el caso de la ley de lucha contra el
alcoholismo y la ley de obesidad.
Como los casos
referidos precedentemente, hay muchos mas demostrando una falta
grave que debe ser corregida inmediatamente.
Uno de ellos es la Ley
de obesidad .
La obesidad se ha
convertido en una enfermedad epidémica en todo el mundo
La Organización
Mundial de la Salud (OMS) la define justamente como "la
enfermedad epidémica no transmisible más grande del mundo", con
consecuencias que pueden llegar a ser "catastróficas" y que
"profundizarán las inequidades sociales".
Sin embargo, en la
Argentina, a pesar de que ya han transcurrido tres años de la
sanción de la ley de obesidad, ésta todavía no ha sido
reglamentada.
El panorama local para
la prevención y el tratamiento de esta enfermedad se presenta así
bastante desequilibrado. Al crecimiento de la inactividad física entre
adultos y también entre niños y adolescentes, el conocido
sedentarismo, se corresponde en estos últimos con una baja ingesta
de frutas y verduras, lo que da como resultado mayor sobrepeso y
hasta obesidad en los menores, que presentan incluso índices altos
de colesterol y de glucemia, impensables en otras épocas en esas
franjas etarias.
La ley de obesidad
sancionada por el Congreso argentino reconoce la gravedad de la
enfermedad y dispone que debe ser cubierta por el plan médico
obligatorio (PMO) por obras sociales y prepagas, lo que implica la
cobertura de tratamientos ambulatorios y quirúrgicos. Pero al no
haberse reglamentado, esa aplicación es parcial, y se cumple a
medias o directamente no se cumple.
Ante esta demora,
algunas provincias han tratado de enfrentar el problema con una
legislación propia, como es el caso de Mendoza, cuya ley es de
2007. En ella se determina que es el Estado el que debe hacerse
cargo de la promoción, prevención, asistencia y rehabilitación de
pacientes con esta enfermedad, para lo cual se creó una estructura
de asistencia, la Red Hospitalaria de Obesidad provincial, que ya
brindó atención a 1000 pacientes.
La misma situación
crítica se repite en el resto de las provincias; en algunas, como
Santa Cruz, el índice de sobrepeso en la población es incluso
superior al nacional, y en Santa Fe y en Córdoba empieza a crecer el
índice de sobrepeso infantil de una manera alarmante.
En la ciudad de Buenos
Aires, debido a los problemas detectados en numerosos alumnos,
primarios y secundarios, de sobrepeso y obesidad, el año pasado, y
con el acuerdo de los distintos bloques partidarios, la Legislatura
aprobó una ley según la cual, dentro de los colegios porteños,
públicos o privados, los alimentos y bebidas que se expendan en
quioscos, cantinas o bufetes deberán ser saludables y
variados.
Por más efectivas que
sean las medidas que llevan adelante algunos gobiernos
provinciales, su alcance será siempre parcial, ya que no responde a
una política sanitaria para todo el país. Lo paradójico es que la
Argentina sí cuenta con una ley nacional de obesidad, por otra
parte, ampliamente inclusiva: en su artículo 2 especifica que alcanza
no sólo a la obesidad sino también a trastornos alimentarios como la
bulimia y la anorexia nerviosa.
No se trata entonces
de exigir que se reglamente la ley, como corresponde, sino que
definitivamente se implementen políticas sanitarias coordinadas
entre los ministerios de Salud, de Desarrollo Social y de Educación
para que la salud de los argentinos sea un tema prioritario desde el
Estado y, también, desde la sociedad misma que, como todavía no
ha comprendido el valor de cuidarse, no reclama..
Así como esta ley
existen otras, mas y es lo que me lleva a la realización del presente
pedido de informes.
Por todo lo expuesto es
que vengo a solicitar de mis pares la aprobación del presente
proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BIANCHI, IVANA MARIA | SAN LUIS | PERONISMO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia) |