PROYECTO DE TP
Expediente 5115-D-2014
Sumario: FONDO ESPECIAL DE REPARACION HISTORICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES CON DESTINO A LA SEGURIDAD E INFRAESTRUCTURA: ACTUALIZACION. MODIFICACION DE LAS LEYES 20628 Y 24621.
Fecha: 30/06/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 76
El Senado y Cámara de Diputados...
LEY DE ACTUALIZACIÓN DEL FONDO
ESPECIAL DE REPARACION HISTORICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES CON
DESTINO A LA SEGURIDAD E INFRAESTRUCTURA
ARTÍCULO 1º - Modificase el inciso b.
del artículo 104 de Ley de Impuesto a las Ganancias, Ley 20.628, (T. O. Decreto
649/97), quedando exceptuados de lo establecido en el inciso g) del artículo 9 de
la ley N 23.548, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"B) El diez por ciento (10%), a la
Provincia de Buenos Aires, hasta un monto de pesos doce mil millones anuales,
proporcionados mensualmente, el que será incorporado a su coparticipación para
los fines que se indican en los incisos siguientes:
B) 1) El cincuenta por ciento (50%)
del mencionado monto se destinará a la Provincia de Buenos Aires con afectación
específica a Seguridad Ciudadana e Infraestructura social básica, hidráulica y vial,
aplicables a favor de los veinticuatro Municipios del Conurbano.
B) 2) El cincuenta por ciento (50%)
del mencionado monto se destinará a los veinticuatro Municipios del Conurbano
Bonaerense con afectación específica a Seguridad ciudadana local e Infraestructura
social básica, hidráulica y vial.
B) 3) Los Municipios del Conurbano
Bonaerense ceden solidariamente el cinco por ciento (5%) en forma automática y
acumulativa a los Municipios del interior de la Provincia de Buenos Aires para la
creación de un Fondo Solidario para Emergencias Climatológicas y Seguridad
Ciudadana local.
Los importes correspondientes
deberán ser girados en forma directa y automática".-
ARTICULO 2° - Derogase el inciso b)
del artículo 1° de la Ley 24.621.-
ARTÍCULO 3 - La presente ley tiene
por objeto eliminar el tope que limita la asignación de fondos a la Provincia de
Buenos Aires, estableciendo un nuevo piso de pesos once mil doscientos ochenta
($11.280.000) sin que esto afecte las partidas asignadas al resto de las provincias
por igual concepto. El monto fijo establecido en el presente artículo se actualizará
anualmente a partir del ejercicio siguiente al de entrada en vigencia de la presente
ley, en proporción al incremento de la recaudación registrado en el ejercicio
inmediato anterior.
Se faculta al Poder Ejecutivo para que
por intermedio del Jefe de Gabinete de Ministros, proceda a la reasignación de
partidas producto de los excedentes fiscales, a los efectos de cubrir el monto base
asignado a la Provincia de Buenos Aires.-
ARTICULO 4º.- El Poder Ejecutivo
deberá convocar en sede del Honorable Senado de la Nación en un plazo no mayor
a ciento (100) días contados a partir de la sanción de la presente ley a las
jurisdicciones provinciales y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para iniciar la
discusión y confección del proyecto de ley de Coparticipación Federal de Impuestos
al que se refiere la Cláusula Sexta de las Disposiciones Transitorias de la
Constitución Nacional.-
ARTICULO 5° - De forma.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
a.- Aspectos Institucionales
El presente proyecto de Ley de
Reparación Económica de la Provincia de Buenos Aires pretende reintegrar los
fondos necesarios aplicables a una adecuada seguridad ciudadana, infraestructura
social básica, hidráulica y vial y un fondo solidario para emergencias climáticas y
seguridad ciudadana local que les aseguren una mejora en nivel de vida a sus
habitantes. Se motiva en sólidas razones históricas de justicia social y por una
debida responsabilidad institucional del Estado Nacional.
La restitución consiste en restablecer
de ahora en más la transferencia presupuestaria del 10% de la recaudación del
Impuesto a las Ganancias. Ello equivale a valores del presente año 2014 una suma
del orden de los 183.600 millones de pesos. La misma se distribuirá en un 50% a
favor de la Provincia y un 50 % para los Municipios del Conurbano, de los cuales
ceden un 5% para la constitución de un Fondo Solidario de Emergencia
Climatológica a favor de los Municipios del Interior provincial.
En este contexto es de vital
importancia para la Provincia de Buenos Aires una discusión integral del régimen
de coparticipación federal. El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires reivindica el
carácter redistributivo que implica la coparticipación en un país que requiere
subsanar profundas e históricas asimetrías en el desarrollo regional.
Pero esta distribución no puede llegar
al punto de condicionar estructuralmente a quienes ceden solidariamente recursos
a favor de otras provincias, como lo padece la Provincia de Buenos Aires. Nuestra
posición no es contra nadie; sino que es favor de las necesidades del pueblo de
Provincia de Buenos Aires.
En la última reforma de la
coparticipación federal que data de enero de 1988 la Provincia de Buenos Aires
cedió 6,5% de coparticipación. En efecto, por la Ley 20.221 (1973) la Provincia de
Buenos Aires recibía 28,5% de coparticipación, pasando a recibir por la Ley 23.548
(1988) un 22%.
Desde esa época en que la Provincia
de Buenos Aires perdió 6,5% de fondos coparticipables la provincia empezó a
incurrir en un déficit estructural y crónico en materia de financiamiento que se
extiende hasta el presente.
Para paliar dicha situación en 1992 se
creó el Fondo de Recuperación Histórica del Conurbano Bonaerense (Ley 24.073)
que tuvo por objetivo reconocer y compensar a la provincia por las pérdidas
sufridas. La Provincia de Buenos Aires recibiría a partir de la creación del Fondo el
equivalente al 10% del impuesto a las ganancias (art. 40). De esta modo se
elevaba el índice de coparticipación de la provincia a un 25%, es decir, 3% más
que los asignados 1988.
A pesar de no haberse alcanzado los
índices históricos que le correspondían a la provincia en enero de 1996, por la Ley
24.621 se determinó el congelamiento de la coparticipación de la Provincia de
Buenos Aires en el Fondo de Recuperación Histórica del Conurbano
Bonaerense.
Este congelamiento se fijó en un
monto fijo de 650 millones de pesos que nunca más se volvió a actualizar y hoy
representa una cifra irrisoria para la provincia.
Esto además generó una nueva
asimetría en la distribución de la coparticipación federal atento a que el excedente
generado por el 10% del Impuesto a las ganancias, se distribuyo al resto de las
Provincias produciéndose un retroceso de la Provincia de Buenos Aires en relación
las demás. Este congelamiento implicó que la provincia pasara a recibir en la
actualidad un 0,3%, del 10% que tenía originalmente.
Por aplicación del tope de 650
millones se produce un efecto paradojal, ya que la creación del fondo tenía por
objeto favorecer a la Provincia de Buenos Aires con un ingreso extra destinado a
ser utilizado en ayuda y desarrollo social, pero debido al congelamiento de este
monto y su no actualización se produjo el siguiente efecto. El monto de lo
recaudado por el Impuesto a las Ganancias fue creciendo, y el monto remanente
que quedaba como residuo de la diferencia entre la cifra de 650 millones de pesos
y el monto total del 10% del Impuesto a las Ganancias (monto a repartir entre el
resto de las provincias) no dejo de crecer, hasta el punto que participar de ese
"excedente" es mucho más beneficiosos que ser titular del "fondo de conurbano".
Veamos representado en números
correspondientes al año 2013 cuando lo recaudado en ese ejercicio por el
Impuesto a las Ganancias fue de 183.600 millones de pesos. De ese monto
tomamos el 10%, es decir 18.360 millones de pesos. A ese monto se le sacan 650
millones de pesos para el Fondo del Conurbano y, entonces, quedan para repartir
entre las provincias un total de 17.710 millones de pesos. Aquí vemos claramente
la desnaturalización que implico establecer el tope mencionado.
Así nuevamente del 25% del total de
transferencia generada por la coparticipación federal se retrocedió al 20,8% que
percibe en la actualidad. El 20,8% que percibe la Provincia de Buenos Aires no
guarda proporcionalidad ni justicia en relación al 38% que origina la provincia en
materia de recaudación de impuestos que se lleva la Nación.
Es decir que del 38% de impuestos
nacionales que ingresa a las arcas de la Nación sólo recibimos el 20,8% de
recursos coparticipables. Esta paradoja se complementa con que la Provincia de
Buenos Aires genera la mayor proporción de la riqueza del país, con un 35% del
PBI, habitan en ella el 40% de la población total del país, y tiene un 40% de los
habitantes más pobres de la Argentina.
Hace tiempo que se viene hablando
de la necesidad de acordar un gran "pacto fiscal" aun pendiente que significa
cumplir con lo dispuesto por nuestra Constitución Nacional, que en su artículo 75
establece que corresponde al Congreso Nacional aprobar una ley convenio, sobre
la base de acuerdos entre la Nación y las provincias, que asegure "a las provincias
la automaticidad en las remesas de los impuestos coparticipados". Además, la
Constitución indica que ésta distribución deberá ser equitativa, solidaria y procurar
la "igualdad de oportunidades en todo el territorio nacional". Cumplir este preciso
mandato constitucional exige un gran esfuerzo de concertación, es decir un
acuerdo fundacional que involucre a todas las provincias y a la Nación; no
exageramos si decimos que este acuerdo fiscal es la "madre de todos los pactos
sociales o políticos" que se pueden plantear en nuestro país.
Como señalamos, la Constitución
Nacional de 1994 estableció en su artículo 75 que corresponde al Congreso
Nacional aprobar una ley que asegure a las provincias "la automaticidad en las
remesas de los impuestos coparticipados. Este importante mandato constitucional
está aun incumplido y así se puede explicar la actual concentración de los recursos
en manos del Tesoro Nacional en desmedro de la totalidad de las provincias.
Destaquemos que hoy se transfiere automáticamente a favor de las provincias
apenas el 27% de la recaudación nacional, o sea el valor más bajo de los últimos
cincuenta años (a los efectos comparativos la Ley 23.548 de 1.988 establecía que
el 57,66% iría a las provincias).
Esta exagerada concentración unitaria
de la recaudación tributaria perjudica obviamente a todas las provincias, pero
particularmente a Buenos Aires que ha sido tradicionalmente percibida como una
provincia "rica". Esta percepción que pudo tener anclaje a principios de siglo, hace
muchas décadas que dejo de ser así. Como señalamos, desde entonces la realidad
se ha modificado negativamente para Buenos Aires, que hoy aloja en el conurbano
10 millones de habitantes con dramáticos cuadros de miseria y marginación social.
Esta provincia alberga casi el 40 por ciento de la población y de la pobreza total
del país, registra elevados índices de inseguridad y de carencia de servicios básicos
como agua potable y cloacas; además, como dijimos, aporta más del 35 % del PBI
nacional. Sin embargo, apenas recibe el 20,8 % de los menguados fondos
coparticipados; la inequidad que perjudica a Buenos Aires es evidente cuando se
observa que la coparticipación per cápita de los bonaerenses es apenas la mitad de
la coparticipación per cápita de Santa Fé y Córdoba ó la cuarta parte del promedio
correspondiente al resto de las provincias. Esta notoria desigualdad obliga a
Buenos Aires a maximizar su presión tributaria; los bonaerenses pagan impuestos
provinciales para cubrir casi la mitad del presupuesto de su provincia, mientras que
el promedio del resto de las provincias indica una contribución de apenas el 15 por
ciento a sus gastos propios.
Tomemos una Política de Estado
(seguridad) concreta para verificar esta realidad. La verdad es que la Provincia de
Buenos Aires no tiene adecuada protección policial, apenas 3 policías cada 1000
habitantes. Señalemos que la ciudad de Buenos Aires cuenta con 5 policías cada
1000 habitantes, es decir casi 60 por ciento más, (esta comparación es válida
también para las cifras promedio del resto de las provincias). Qué tiene que ver
esto con la inequidad en la distribución de los fondos federales? En la provincia de
Buenos Aires vive casi el 40 por ciento de la población total del país, sin embargo
apenas cuenta con algo más del 20 por ciento del total de efectivos policiales del
país afectados a la protección territorial. No es ninguna coincidencia casual que
esta menguada participación en los efectivos policiales sea prácticamente la misma
que la participación de Buenos Aires en la coparticipación. Por esta razón debemos
ser realistas y reconocer que el déficit de seguridad bonaerense difícilmente será
superado sin un adecuado régimen de distribución automática de recursos
fiscales.
b.- Seguridad ciudadana
Comunal
Tomemos en consideración la
Seguridad Ciudadana Comunal como una Política de Estado indelegable
institucionalmente y que está al tope del reclamo de la gente.
La reforma apunta a recrear el
concepto de la Policía tal como hoy la conocemos. Se trata de generar una
alternativa que complete y complemente lo que hoy existe. El futuro es hacia las
fuerzas de seguridad locales y a cargo de los Municipios.
Lo cierto es que hoy la Provincia de
Buenos Aires no tiene adecuada protección policial, apenas 3 policías cada 1000
habitantes. Señalemos que la ciudad de Buenos Aires cuenta con 5 policías cada
1000 habitantes, es decir casi 60 por ciento más, (esta comparación es válida
también para las cifras promedio del resto de las provincias). Obviamente no se
trata sólo de un tratamiento de análisis cuantitativo (presupuestario) sino
cualitativa (conceptual).
¿Qué tiene que ver esto con la
inequidad en la distribución de los fondos federales? En la provincia de Buenos
Aires vive casi el 40 por ciento de la población total del país, sin embargo apenas
cuenta con algo más del 20 por ciento del total de efectivos policiales del país
afectados a la protección territorial. No es ninguna coincidencia casual que esta
menguada participación en los efectivos policiales sea prácticamente la misma que
la participación de Buenos Aires en la coparticipación.
Por esta razón debemos ser realistas
y reconocer que el déficit de seguridad bonaerense y esta situación difícilmente
será superado sin un adecuado cambio de paradigma.
No se trata solo de un mero cambio
en base a incremento de recursos presupuestarios. Eso sería limitarse a un criterio
de mínima y algo más de lo mismo. La idea que proponemos es superadora ya que
incluye un nuevo enfoque integral de la seguridad.
Es que el aumento sustancial de
recursos estará dirigido a solventar la constitución de las Patrullas Urbanas con
dependencia orgánica y funcional a cargo de los Municipios sobre la base de los
siguientes objetivos.
Formación y Perfeccionamiento del
Personal Municipal
Reclutamiento y selección de nuevos
efectivos policiales con criterios de transparencia, calidad y eficiencia.
Formación de ingreso para los
miembros de las fuerzas municipales en Programas de Tecnicatura en Seguridad
ciudadana.
Formación especializada en
Prevención y control de los factores de riesgo para la seguridad.
Perfeccionamiento profesional en
áreas como Resolución de Conflictos, Relaciones con la Comunidad, Monitoreo y
Sistemas de Información.
Creación de Institutos Universitarios
para la formación de las fuerzas policiales en las áreas descritas.
Equipamiento y Logística
Creación de Centros de Monitoreo
para el manejo de cámaras de videovigilancia y desarrollo de sistemas de
información.
Creación de Centros de Atención
Inmediata con una distribución barrial, los cuales se coordinarán con el Centro de
Monitoreo Municipal y funcionarán las 24 horas, los 365 días del año.
Creación de una línea de Emergencia
telefónica para recepcionar y diligenciar los requerimientos solicitados por la
ciudadanía, dando intervención a los organismos jurisdiccionales que
correspondan.
Adquisición, mantenimiento y
permanente actualización de equipamiento moderno en materia de control y
seguridad.
Compra de una flota de vehículos
para patrullaje en las calles.
Creación del sistema de Monitoreo de
Comunicaciones y Desplazamientos Operativos de Emergencias que permita el
control de las comunicaciones entre los centros de atención inmediata de cada
barrio, y el análisis y desplazamiento de las unidades policiales en los casos de
haber sido necesario la intervención de alguna patrulla.
Implementación de programas de
prevención y atención de catástrofes y accidentes, en coordinación con otros
organismos nacionales, provinciales y municipales.
Implementación de un Plan de
Vigilancia por cuadrantes que incorpore los procesos y mecanismos requeridos
para organizar el trabajo policial de una manera efectiva, con diagnósticos locales,
tablas de acciones ajustadas a las problemáticas identificadas, monitoreo y
seguimiento permanente y evaluación externa.
Seguridad Comunitaria
Desarrollo de Programas de
acercamiento a la comunidad que permitan establecer vínculos de confianza y
solidaridad entre la ciudadanía y la policía comunal para la prevención del
delito.
Creación de ámbitos comunitarios
para la propuesta, implementación y evaluación de programas de prevención en
seguridad asi como mecanismos de consulta ciudadana sobre los problemas de
criminalidad y temor prioritarios.
Implementación de un Protocolo para
la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Futbol, que reglamente las funciones,
acciones y estrategias que deberá adoptar la policía comunal para garantizar la
realización del espectáculo en condiciones adecuadas y prevenir hechos de
violencia e inseguridad.
Implementación de programas de
recuperación del espacio público que a partir del trabajo de la policía con la
comunidad incidan en la reducción de delitos y en la sensación de
inseguridad.
En síntesis, habrá más fondos
dirigidos a un fin distinto por el cambio de paradigma hacia una seguridad de
proximidad a cargo del poder local con el debido financiamiento.
c.- Infraestructura Hidráulica
El trágico temporal ocurrido en la
Ciudad de La Plata a puesto en evidencia una vez más la fragilidad del sistema
hídrico actual en el Conurbano Bonaerense (Gran Buenos Aires y Gran La Plata) o
el AMBA. Denominamos AMBA al Área Metropolitana de Buenos Aires que se
encuentra localizada en la margen occidental del Rio de la Plata.
Desde su centro inicial, que es hoy la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), se fue extendiendo con el transcurso
del tiempo, y sin solución de continuidad, por la Provincia de Buenos Aires (que la
rodea) siguiendo las líneas de comunicación ferroviaria y vial, hacia el interior y a
lo largo de la costa del río. Su territorio es una planicie ondulada cruzada por
numerosos cursos de agua que se dirigen al Rio de la Plata.
Como es un área en expansión, hay
diferentes maneras de considerar su límites, pero la más utilizada de sus
denominaciones es la de Área Gran Buenos Aires (AGBA) que incluye a la ciudad
original y a 24 jurisdicciones municipales con una superficie total de 2590 km2 y
una población según censo 2010 de casi 12.800.000 habitantes, representativa del
32% de la población total de la Argentina.
Volviendo al tema meteorológico esta
nueva tormenta de las denominadas convectivas, se desata ayudada por las
térmicas, corriente ascendente de aire caliente generada por el conglomerado
urbano y su proximidad con el Río de La Plata. Las lluvias torrenciales se desatan
en forma aleatoria con mayor o menor intensidad en cualquier sector del
conurbano.
Los registros pluviométricos, cantidad
de lluvia caída en el día, se realizan desde el año 1908 y han evidenciado un
aumento de las recurrencias de estos eventos extremos, también, de la misma
manera que ha aumentado la impermeabilización de las cuencas por el avance de
la urbanización.
Esta situación abarca desde la cuenca
del Arroyo el Pinazo, en Escobar, al norte del conurbano hasta el Arroyo
Maldonado al sur, Berisso y La Plata, incluyendo la cuenca de los ríos Reconquista
y Matanza - Riachuelo.
Un simple recorrido con las nuevas
herramientas de internet permite observar a través de una pantalla imágenes
fotográficas actualizadas del AMBA y ver como los arroyos, los cuerpos receptores
de las aguas de lluvia, encargados de desaguar las mismas en el Río de la Plata,
son mínimos hilitos serpenteantes que han visto su capacidad de evacuación,
limpieza, mantenimiento y ensanche invadidos y reducidos por todo tipo de
edificaciones.
De la misma manera se observa la
falta de obras de desagües pluviales o la insuficiencia de ellas. Estas obras
hidráulicas de infraestructura urbana son las más caras, una cuadra de un pluvial
es más cara que un pavimento, que una red de cloaca, de agua o eléctrica, con el
agravante de que se usa solo cuando llueve, con lo cual al momento de invertir
muchas veces pasan a ser la última prioridad.
Pasando al ámbito legal la
responsabilidad del sistema hídrico según Ley 10.106/83 y ley 12.257/77 recae en
la provincia de Buenos Aires a través de la Dirección Provincial de Hidráulica (hoy
la DiPSOH). También existe la Ley 6253/61 de Conservación de los Desagües
Naturales que prevé franjas libres de ancho mínimo 30 metros a cada lado de
arroyos con cuencas menores de 4.500 hectáreas y de 50 metros para cuencas de
mayor tamaño.
Volviendo al tema meteorológico esta
nueva tormenta de las denominadas convectivas, se desata ayudada por las
térmicas, corriente ascendente de aire caliente generada por el conglomerado
urbano y su proximidad con el Río de La Plata. Las lluvias torrenciales se desatan
en forma aleatoria con mayor o menor intensidad en cualquier sector del
conurbano.
Los registros pluviométricos, cantidad
de lluvia caída en el día, se realizan desde el año 1908 y han evidenciado un
aumento de las recurrencias de estos eventos extremos, también, de la misma
manera que ha aumentado la impermeabilización de las cuencas por el avance de
la urbanización.
Esta situación abarca desde la cuenca
del Arroyo el Pinazo, en Escobar, al norte del conurbano hasta el Arroyo
Maldonado al sur, Berisso y La Plata, incluyendo la cuenca de los ríos Reconquista
y Matanza - Riachuelo.
Un simple recorrido con las nuevas
herramientas de internet permite observar a través de una pantalla imágenes
fotográficas actualizadas del AMBA y ver como los arroyos, los cuerpos receptores
de las aguas de lluvia, encargados de desaguar las mismas en el Río de la Plata,
son mínimos hilitos serpenteantes que han visto su capacidad de evacuación,
limpieza, mantenimiento y ensanche invadidos y reducidos por todo tipo de
edificaciones.
De la misma manera se observa la
falta de obras de desagües pluviales o la insuficiencia de ellas. Estas obras
hidráulicas de infraestructura urbana son las más caras, una cuadra de un pluvial
es más cara que un pavimento, que una red de cloaca, de agua o eléctrica, con el
agravante de que se usa solo cuando llueve, con lo cual al momento de invertir
muchas veces pasan a ser la última prioridad.
Pasando al ámbito legal la
responsabilidad del sistema hídrico según Ley 10.106/83 y ley 12.257/77 recae en
la provincia de Buenos Aires a través de la Dirección Provincial de Hidráulica (hoy
la DiPSOH). También existe la Ley 6253/61 de Conservación de los Desagües
Naturales que prevé franjas libres de ancho mínimo 30 metros a cada lado de
arroyos con cuencas menores de 4.500 hectáreas y de 50 metros para cuencas de
mayor tamaño.
Pero la ambición y picardía
inmobiliaria por un lado, la pobreza habitacional en otros, el desconocimiento, la
desidia estatal nos ha llevado a esta realidad de riesgo.
Antes de la Ley 8912 de
ordenamiento de uso del suelo del año 1977 cualquiera loteaba un campo solo
abriendo las calles y poniendo unos banderines rojos y luego el estado bobo tenía
que venir y hacer la inversión en luz, pavimentos, agua, cloaca y desagües
pluviales, salvo que los vecinos hayan financiado alguno de los servicios.
A partir de esta ley se obligó al
desarrollista o inversionista a ejecutar las obras de infraestructura del
emprendimiento con lo cual aumentó el costo de los lotes volcándose esta
actividad a niveles sociales medios y altos, generándose en consecuencia para las
clases bajas la imposibilidad de acceder a un lote a bajo costo motivando por
necesidad las usurpaciones de tierras, toma de terrenos fiscales y ocupación de
márgenes de reserva de los arroyos.
Este proceso de degradación hídrico y
ambiental, creo, que con la tragedia del último temporal que afecto, reitero en
forma azarosa, a localidades de La Plata y barrios de la CABA nos obliga a la
necesidad urgente de fijar una política hídrica en el ámbito del AMBA.
Los Intendentes son los receptores
naturales del conflicto por acción u omisión, esto amerita tomar urgentes medidas
desde lo político, para que haya un verdadero y sostenido plan de obras
hidráulicas para cada cuenca hídrica del conurbano y un organismo ejecutor con
representación científica y social e independiente de los cambios políticos que
garantice a la comunidad la continuidad de las obras.
El síntoma ya está y es notorio, el
diagnostico evidente, de ahora en más hay que plantear la cura, sabiendo que va a
ser un proceso lento de años pero fijándose en forma prioritaria un plano de riesgo
hídrico para cada cuenca, una recopilación de toda la infraestructura existente, de
estudios y proyectos, de obras a corto plazo abocadas al mantenimiento, limpieza,
liberación de márgenes asociados a planes de viviendas, a la sistematización de las
obras de arte, los puentes y alcantarillas ubicadas sobre los cursos de agua con
capacidad suficiente para permitir el paso de grandes crecidas, a la aplicación de
las leyes vigentes para ejercer el poder de policía sin dejar de lado además los
aspectos ambiéntales tendientes a recrear el aspecto paisajístico, recreativo, de
espacio verde de un arroyo, permitiendo de esta manera un control directos sobre
los vuelcos de líquidos y sólidos que atentan sobre la calidad del agua.
Ejercer una política clara de mantener
los arroyos a cielo abierto, evitando cercenar su capacidad de conducción con esos
costosos entubamientos que impiden además el control de vuelcos y dificultan su
limpieza.
Una política clara de liberación de las
márgenes de los arroyos, erradicando viviendas en riesgo hídrico que además
impiden mejorar las condiciones de evacuación de crecidas y todo tipo de
edificación existente.
La creación de planes hidráulicos para
cada cuenca y la garantía de financiamiento sostenido para las obras hidráulicas
necesarias que garanticen un ordenamiento del escurrimiento y evacuación de las
aguas de lluvia
Dado el tiempo que demandara
ejecutar las obras y acciones para revertir esta situación surge además la
necesidad de crear redes de alerta temprana y su respectivo comité de crisis, para
cada cuenca - localidad, con información meteorológica precisa, con registros de
lluvia en tiempo real, con lectura de nivel de arroyos en tiempo real, de manera de
que superados mínimos valores se activen las respectivas alarmas para que actúen
coordinadamente áreas en defensa civil, bomberos, tránsito, desarrollo social,
operativas, de salud, seguridad. etc.
Una adecuada comunicación con las
poblaciones de riesgo para que sepan cómo actuar en caso de inundación. Todos
los errores cometidos en la última tragedia, de alerta, de comunicación, de
coordinación tienen que ser debidamente estudiados para que no se repitan y den
tranquilidad al vecino.
d.- Fondo Solidario para Emergencias
por Desastres Climáticos
En la Provincia se requiere trabajar
intensamente en la planificación y gestión de los recursos hídricos, aplicando
medidas y herramientas con continuidad en el tiempo, con el objeto de asegurar
su aprovechamiento integral, potenciar vastas zonas productivas, evitar el grave
riesgo social que generan los desbordes hídricos, mejorar la calidad de vida de los
bonaerenses, las condiciones ambientales y la salubridad colectiva.
De la experiencia acumulada emerge
con claridad que la problemática de la Provincia en materia hídrica tiene
características disímiles según el área donde se la identifique, resultando en
consecuencia fundamental avanzar en su solución mediante una adecuada
planificación.
Efectivamente, el Área Metropolitana
o Conurbano Bonaerense se encuentra dividido en las cuencas Río Luján, Río
Reconquista, Matanza - Riachuelo y Río de la Plata, donde las precipitaciones
intensas y las sudestadas originan serias dificultades, con áreas inundadas en las
cuencas y efectos negativos en zonas muy urbanizadas, situación agravada por la
presencia en la zona de áreas industrializadas y grandes conglomerados
urbanos.
Un Plan que es integral al desarrollar
una serie de estrategias, conformadas por medidas estructurales: Obras, y no
estructurales: Programas; con el fin de prevenir impactos negativos y mejorar el
uso y la disponibilidad del agua. Considera tanto aspectos relacionados con la
cantidad (ej. excesos y falta de agua) como con la calidad (ej. problemas de
contaminación) del agua, que afectan al bienestar de todos los vecinos del
Conurbano.
A fin de solucionar la situación
general descripta, se deberán concretar las necesarias obras de infraestructura
hidráulica con el propósito de ampliar la actual capacidad de los cauces, permitir
un mejor escurrimiento de las aguas, efectuar limpiezas de sus lechos e iniciar
acciones para su descontaminación.
En ese sentido se deben realizar
todas aquellas obras de adecuación de canales aliviadores para conferir mayor
capacidad de transporte, canalizaciones en ríos, arroyos y obras de drenaje
superficial, puentes, estaciones de bombeo y reutilización de áreas
recuperadas.
Que no obstante ello, además se
impone impulsar nuevas acciones destinadas a neutralizar la problemática
existente, a cuyo fin corresponde en esta instancia financiar adecuadamente una
matriz de integración en la preservación, recuperación e inversión de obra nueva
en Infraestructura Hidráulica a cargo del Estado Provincial y de los Municipios del
Conurbano Bonaerense.
El comportamiento hidráulico del
Conurbano está sometido a los aportes de sus cuatro cuencas (Luján, Reconquista,
Matanza-Riachuelo y Río de la Plata). Entendiendo como cuenca aquella depresión
del terreno Que no obstante ello, además se impone impulsar nuevas acciones
destinadas a neutralizar la problemática existente, a cuyo fin corresponde en esta
instancia financiar adecuadamente una matriz de integración en la preservación,
recuperación e inversión de obra nueva en Infraestructura Hidráulica a cargo del
Estado Provincial y de los Municipios del Conurbano Bonaerense.
El comportamiento hidráulico del
Conurbano está sometido a los aportes de sus cuatro cuencas (Luján, Reconquista,
Matanza-Riachuelo y Río de la Plata). Entendiendo como cuenca aquella depresión
del terreno en donde las aguas caídas fluyen hacia un cauce común formando un
río.
El problema hidráulico representa uno
de los obstáculos más importantes para el desarrollo de las condiciones de
competitividad y puesta en valor de diversas zonas anegables en el Conurbano,
afectando la vida cotidiana de los habitantes, y las actividades económica,
productiva, social y educativa.
Con el objetivo de disminuir
sustancialmente las consecuencias del actual sistema hidráulico, se debe contar
con el necesario financiamiento para adecuar la Infraestructura Hidráulica
existente a la modificación del régimen de lluvias y a otras alteraciones
meteorológicas y urbanas que experimentó el Conurbano en los últimos años:
- Las inundaciones y las sequías.
- Las amenazas a la sustentabilidad
de los usos del agua derivadas de la contaminación y de la sobre explotación.
- La degradación de los recursos hídricos que tienen valor económico, social o
ambiental.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GIUSTOZZI, RUBEN DARIO | BUENOS AIRES | FRENTE RENOVADOR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |