Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 5113-D-2011
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA INCORPORAR EL "ACUERDO PARA LA IMPLEMENTACION DE ELEMENTOS DE SEGURIDAD EN LOS VEHICULOS 0 KILOMETRO", LA OBLIGATORIEDAD DE LA LUZ TRASERA ROJA ANTINIEBLA, LOS AIRBAGS CORTINA LATERALES, FRENOS A DISCO EN LAS CUATRO RUEDAS, Y LA PROHIBICION DE LAS TAPAS DECORATIVAS EN LAS RUEDAS.
Fecha: 17/10/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 154
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo que arbitre los medios necesarios para incorporar en el "Acuerdo para la implementación de elementos de seguridad en los vehículos 0 km." que se comercialicen en Argentina; la obligatoriedad de la luz trasera roja antiniebla, los airbags cortina laterales, frenos a disco en las cuatro ruedas, y la prohibición de las tapas decorativas en las ruedas; a implemenarse a partir del año 2014.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El PEN firmó recientemente el "Acuerdo para la implementación de elementos de seguridad en los vehículos 0 km." que se comercialicen en Argentina, con la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), la Asociación de Fabricantes de Automóviles (ADEFA) y la Cámara de Importadores y Distribuidores Oficiales de Automotores (CIDOA), con el objeto de ampliar las medidas de seguridad que serán obligatorias, en el corto y mediano plazo, en todos los autos cero kilómetro que se vendan en el país (fabricación nacional e importación).
El mencionado acuerdo amplia uno anterior: El acuerdo destinado a mejorar la seguridad vial tuvo su primera etapa en noviembre 2009, cuando se fijó un cronograma para la incorporación obligatoria de doble bolsa de aire (conductor y acompañante); sistema antibloque de frenos (ABS) y apoya-cabezas laterales, que para 2014 deberán tenerlos el 100% de los vehículos 0km.
En octubre del año pasado, en tanto, se había firmado la segunda etapa, que incluyó los apoyacabezas centrales (obligatorio a los 24 meses desde su efectiva aplicación en Europa), el dispositivo de alerta acústica de cinturón de seguridad (a partir de 2014 para nuevos modelos y del 2015 para todos los 0km) y el encendido automático de luces (a partir de 2014 para nuevos modelos)
La tercera etapa del acuerdo incorpora elementos de seguridad destinados al transporte de infantes, ya que obliga que todos los modelos que se vendan en el país -tanto nacionales como importados- tengan, a partir del 1° de enero de 2013, un sistema de anclaje rígido o, en su defecto, cinturón de seguridad de 3 puntos en todas las plazas traseras contiguas a las puertas. Para 2016, los nuevos modelos deben tener en al menos una plaza trasera el sistema de anclaje rígido y para 2018 esa obligación regirá para todos los modelos.
Además, antes del 1° de enero de 2013 deberá estar en vigencia la normativa nacional para homologar las sillas para niños que se comercialicen en el país, a través del correspondiente Certificado de Homologación de Autopartes de Seguridad (CHAS), y a partir del primer día de 2016, las sillas deberán estar homologadas para ser utilizadas mediante el sistema de anclaje rígido.
Por otra parte, todos los vehículos "0 Km" deberán incorporar el ensayo de impacto frontal: esta medida comenzará a regir en 2014 para los nuevos modelos y en 2016 para todos los modelos que se comercialicen en Argentina. Asimismo, deberán tener el ensayo de impacto trasero obligatorio dos años después de que se comience a aplicar en Europa.
Creemos que ampliar las medidas de seguridad obligatorias en los autos que ingresaran al parque automotor es una medida muy acertada. Pero creemos también que a las medidas ya citadas debemos agregar:
- La obligatoriedad de la luz trasera roja antiniebla: La luz trasera roja antiniebla es una luz que sirve para hacer más fácilmente visible el vehículo, visto desde atrás, en caso de niebla densa. A nuestro juicio es fundamental teniendo en cuenta las características climáticas de algunas regiones de nuetro país. La luz roja trasera antiniebla sólo debe ser utilizada cuando la visual no sea clara, por niebla densa, lluvia intensa, nevada intensa o nubes densas de polvo o de humo. Por el contrario, debe prohibirse su uso cuando la niebla no es densa, la nevada o la lluvia no son intensas, ni las nubes de polvo o humo no son densas.
-Airbags cortina laterales: el air bag cortina es incluso más importante que los air bags frontales, dado que si se utiliza el cinturón de seguridad los air bags frontales no son imprescindibles, pero ante un impacto lateral los ocupantes del vehículo no tienen protección alguna frente al golpe de la cabeza contra el vidrio de la puerta.
-Frenos a disco en las cuatro ruedas: según los expertos, lo aconsejable es que las cuatro ruedas frenen parejo, cosa que es imposible de lograr cuando se combina frenos a disco con frenos a tambor y cinta, ya que los segundos son menos eficientes. Ambos sistemas se desgantan en tiempos distintos y este tipo de vehículo termina funcionando sólo con freno de dos ruedas.
- Prohibición de tapas decorativas en las ruedas: las tapas decorativas afectan la seguridad porque cuando se balancea una rueda se lo hace sin las tapas, y finalmente el trabajo resulta inútil. El correcto balanceado de ruedas es muy importante sobre todo cuando se transita a alta velocidad, y la rueda desbalanceada produce fatiga en los materiales de la suspensión, que se traducirá en roturas, desgaste prematuro de amortiguadores y malformaciones en el neumático, que a su vez ocasionará un frenado menos eficiente.
La Seguridad Vial se entiende como el conjunto de acciones y mecanismos que garantizan el buen funcionamiento de la circulación del tránsito, mediante la utilización de conocimientos (leyes, reglamento y disposiciones) y normas de conducta, bien sea como Peatón, Pasajero o Conductor, a fin de usar correctamente la vía pública previniendo los accidentes de tránsito.
Las causas que provocan los accidentes de tránsito han sido analizadas y separadas en tres grandes grupos que conforman los vértices del llamado Triángulo Accidentológico o Trilogía Vial. Estos son el factor humano, el factor vehículo y el factor ambiental. Los tres factores concurren necesariamente, motivan y caracterizan el problema.
Factor Humano: Se considera factor humano a la persona como peatón, pasajero, ciclista y conductor, destacando su comportamiento en la vía pública y las condiciones psicofísicas y técnicas que hacen apto al conductor.
Factor Vehicular: Este factor está integrado por el móvil que circula por la vía pública, vehículo automotor o tracción a sangre. El vehículo debe contar con una serie de requisitos de seguridad activa y pasiva para poder circular en perfectas condiciones de estado por la vía pública.
Factor Ambiental: Este factor está integrado por el camino, su estructura vial, el señalamiento de tránsito vertical, luminoso y horizontal; el mismo debe estar en perfectas condiciones para ser circulado con todo tipo de vehículos.
La mayoría de las líneas de acción en material de seguridad vial apuntan al control social, en el sentido de la implementación de medidas correctivas y represivas para evitar la sensación de impunidad en calles y carreteras, ante la pobre conducta vial de los usuarios. Pero poco se hace respecto a los otros dos componentes de la Seguridad Vial: vehículo y carretera, donde se necesitan políticas de seguridad vial fundadas en conocimientos y en valoraciones técnicas sobre sus consecuencias, o sea, mejoras funcionales en los elementos objetivos y sostenibles: los vehículos y las infraestructuras. Este proyecto hace foco en uno de los elementos de la trilogía de la seguridad vial: los vehículos.
Sr. Presidente, estamos convencidos de que la seguridad vial no puede ser la variable de ajuste: decimos esto porque muchos vehículos importados ingresan al país con menores implementos o accesorios de seguridad que los que el mismo modelo o su equivalente posee cuando se comercializa en EEUU o en Europa. ¿Por qué aceptar que ingrese al país mercadería de menor calidad a la que esa misma firma entrega en otros países con normas más exigentes?, máxime cuando mucha veces el valor del vehículo es muy superior en nuestro país que lo que se paga en otras partes del mundo.
Sucede también que algunas empresas ofrecen implementos de seguridad como accesorios de venta por separado, como si fuesen accesorios de lujo. Corresponde dar tiempo cuando lo que hay que adaptar es la tecnología, pero cuando esa tecnología existe y está disponible, y los elementos de seguridad se sacan para abaratar el producto, estamos permitiendo que se lucre con la vida de los ciudadanos.
Por todo lo expuesto, y entendiendo que las medidas propuestas permiten elevar los estandares de seguridad de los vehículos que transitan por nuestro país, solicitamos a nuestros pares que nos acompañen con la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BARRIOS, MIGUEL ANGEL SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
ITURRASPE, NORA GRACIELA BUENOS AIRES UNIDAD POPULAR
LINARES, MARIA VIRGINIA BUENOS AIRES GEN
VIALE, LISANDRO ALFREDO ENTRE RIOS PARTIDO SOCIALISTA
FEIN, MONICA HAYDE SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
INDUSTRIA (Primera Competencia)